El gobernador Raúl Jalil decretó nuevas excepciones para actividades en el marco del Aislamiento Social Preventivo y Obligatorio. Mediante el decreto 1143 del 6 de julio de 2020, el mandatario exceptuó las siguientes actividades:
- Personal afectado a la obra pública
- Atención médica y odontológica programada, de carácter preventivo y seguimiento de enfermedades crónicas, con sistema de turno previo. Laboratorios de análisis clínicos y centros de diagnóstico por imágenes, con sistema de turno previo. Ópticas, con sistema de turno previo.
- Venta de mercadería de comercios minoristas, a través de platafomas electrónicas, venta telefónica y otros mecanismos que no requieran contacto personal con clientes, y únicamente mediante delivery.
- Actividad industrial
- Establecimientos que desarrollen actividades de cobranza de servicios e impuestos y todas aquellas actividades que el Banco Central de la República Argentina disponga como imprescindibles para garantizar el funcionamiento del sistema de pagos.
Actividades ya exceptuadas en el marco del ASPO
- Servicios de comunicación audiovisual, radiales y gráficos;
- Actividad Bancaria con atención al público, exclusivamente con sistema de turnos, servicios de cajeros automáticos, transporte de caudales;
- Actividades vinculadas con la producción, distribución y comercialización agropecuaria;
- Provisión de garrafas;
- Personas que deban asistir a otras con discapacidad, a familiares que necesiten asistencia, a personas mayores, a niños, niñas y adolescentes;
- Personas afectadas a la realización de servicios funerarios, entierros y cremaciones. En tal marco, no se autorizan actividades que signifiquen reunión de personas.
- Personas afectadas a la atención de comedores escolares, comunitarios y merenderos;
- Actividades de telecomunicaciones, internet fija y móvil y servicios digitales;
- Mantenimiento de los servicios básicos (agua, electricidad, gas, comunicaciones, etc.) y atención de emergencias;
- Servicios postales, distribución de paquetería y transporte de mercaderías;
- Veterinarias;
- Ferreterías;
- Delivery de alimentos; medicamentos; productos de higiene; de limpieza y otros insumos de necesidad; repuestos, partes y piezas de vehículos;
- Servicios de lavandería;
- Servicios esenciales de mantenimiento, vigilancia, limpieza y guardia;
- Actividad minera;
- Actividad registral, con sistema de turnos y guardias mínimas. Oficinas de rentas de la Provincia y de los Municipios, con sistemas de turnos y guardias mínimas;
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- Administración Nacional de la Seguridad Social (ANSES).