Para Pollicita no hay elementos para acusar a Manuel Adorni de enriquecimiento ilícito
El fiscal federal consideró que no existen elementos suficientes para sostener que el incremento patrimonial del exfuncionario se produjo durante su paso por el Estado. Sin embargo, solicitó que la causa sea remitida a la Justicia Penal Económica para investigar presuntas irregularidades tributarias y fondos que habrían permanecido sin declarar.

El fiscal federal Gerardo Pollicita pidió que la causa contra Manuel Adorni deje de tramitar como un presunto caso de enriquecimiento ilícito y sea enviada a la Justicia Nacional en lo Penal Económico, con el objetivo de investigar una posible evasión tributaria.

Según el dictamen al que accedió Infobae, la prueba reunida hasta el momento no permitió sostener que el incremento patrimonial cuestionado se hubiera originado durante el período en que Adorni se desempeñó en el Estado. La Fiscalía consideró que no pudo descartarse que el capital investigado hubiera sido obtenido antes de su llegada al Poder Ejecutivo.

La decisión, sin embargo, no implica un sobreseimiento. Pollicita sostuvo que, aunque los elementos disponibles no permiten mantener la hipótesis de un enriquecimiento injustificado durante la función pública, persisten indicios de que ingresos, dólares en efectivo y activos virtuales habrían permanecido fuera de las declaraciones fiscales durante años.

El expediente se inició a partir de una denuncia presentada por la diputada Marcela Pagano y deberá ser analizado ahora por el juez de la causa, Ariel Lijo. La investigación examinó el patrimonio del entonces funcionario durante el período comprendido entre el 14 de diciembre de 2023 y el 27 de junio de 2026.

Los gastos relevados y la diferencia patrimonial bajo análisis

Durante la investigación, la Fiscalía detectó erogaciones por USD 402.578,12, de las cuales USD 374.081,66 fueron abonados en efectivo. También identificó una diferencia de $43.068.549 entre los ingresos lícitos comprobados y los gastos, adquisiciones y cancelaciones de pasivos registrados durante el período analizado.

Entre las operaciones relevadas se encontraban pagos por la compra de un lote en el country Indio Cuá, reformas, mobiliario, la escritura de un inmueble ubicado en la calle Miró, viajes, alquileres temporarios, expensas y cuotas escolares. Según el dictamen, una parte de esas transacciones se realizó fuera del sistema bancario o mediante la intervención de terceros.

Ante la intimación patrimonial, Adorni presentó una explicación centrada en una inversión previa en Bitcoin. Su defensa sostuvo que entre 2014 y 2018 operó con ocho direcciones de autocustodia, que las compras de criptomonedas alcanzaron cerca de USD 200.000 y que la posterior liquidación de esos activos produjo USD 591.544,61, suma que habría conservado luego en efectivo.

Pollicita consideró que el descargo no pudo ser refutado con los elementos disponibles. La cuestión jurídica central radica en que la figura de enriquecimiento ilícito exige que el incremento apreciable e injustificado se produzca después de la asunción de un cargo público. En este caso, la defensa ubicó el origen de los fondos varios años antes de diciembre de 2023.

El fiscal remarcó, además, que la investigación no logró vincular el dinero cuestionado con "un acto funcional, una contraprestación o una fuente ilícita asociada a la función".

Las pericias sobre las billeteras de Bitcoin

La Fiscalía dispuso una verificación criptográfica de las ocho direcciones de Bitcoin aportadas por la defensa. El procedimiento determinó que, al momento de la diligencia, las claves privadas estaban bajo control de la defensa de Adorni y que podían utilizarse para producir firmas digitales válidas.

También se comprobó que las direcciones habían tenido actividad entre 2014 y 2018 y que no mantenían saldo. No obstante, el informe técnico de la Policía Federal Argentina advirtió que la cadena de bloques no permite identificar a la persona que controló una billetera en un momento determinado ni precisar desde cuándo tuvo acceso a una clave privada.

La prueba tampoco permitió reconstruir con certeza las contrapartes, el lugar y las condiciones de todas las operaciones. De los 41 movimientos registrados, 17 no habrían tenido contacto con plataformas, mientras que los restantes se vincularían con servicios del exterior cuyos plazos de conservación de datos ya habrían vencido.

Para la Fiscalía, esas limitaciones impiden corroborar de manera definitiva el relato de Adorni, pero tampoco permiten desacreditarlo. El informe sostuvo que la hipótesis de que el actual controlador de las direcciones también las hubiera administrado entre 2014 y 2018 resulta técnicamente consistente.

Los ingresos familiares y la posibilidad de una inversión previa

El dictamen reconstruyó los ingresos formales de Adorni y de su esposa, Bettina Angeletti. De acuerdo con los registros de ANSES y ARCA, las remuneraciones acumuladas del matrimonio, convertidas a dólares al tipo de cambio oficial promedio de cada año, alcanzaron aproximadamente USD 335.000 hasta 2014 y unos USD 493.000 si se considera el período hasta 2018.

A esos datos se sumaron los registros cambiarios, que consignaron compras conjuntas por USD 60.983 entre 2011 y 2014. La cifra asciende a USD 83.472 si se incluye 2015.

La Fiscalía aclaró que esos números no prueban por sí mismos la inversión en criptoactivos ni permiten reconstruir todos los gastos de subsistencia del grupo familiar. Sin embargo, consideró que ubican la compra de Bitcoin dentro de una escala económica posible y evitan calificarla como materialmente inviable.

El documento también menciona una fuente de divisas debidamente documentada durante el período investigado: la venta por USD 50.000 de un inmueble heredado en La Plata.

La posible evasión tributaria

Aunque la Fiscalía consideró explicado el núcleo patrimonial que había motivado la intimación, detectó posibles irregularidades tributarias. El dictamen señala que la propia defensa admitió que parte de la información incorporada en las declaraciones juradas rectificativas constituía "materia antes no declarada" y que los ahorros familiares se conservaron por fuera del sistema bancario y "del radar de ARCA".

Entre los aspectos que deberán investigarse se encuentran:

Los ingresos profesionales utilizados para financiar las compras de Bitcoin.

La posterior liquidación de los activos digitales.

La tenencia de moneda extranjera no declarada.

Las operaciones con criptoactivos.

Las diferencias entre la información entregada a Binance y la declarada ante organismos públicos.

Los mutuos cuya efectiva entrega de fondos no habría sido acreditada.

El fiscal sostuvo que existen indicadores que podrían exceder una infracción administrativa: la omisión de declarar bienes durante años, el predominio de pagos en efectivo, la intervención de terceros y la exteriorización de fondos una vez iniciada la causa.

Por ese motivo, solicitó que el juzgado declare la incompetencia del fuero criminal y correccional federal y remita el expediente a la Justicia Nacional en lo Penal Económico, que deberá determinar si existió evasión en Ganancias, Bienes Personales u otros tributos nacionales, ejercicio por ejercicio.

Los desarrolladores inmobiliarios y la escribana

Pollicita requirió la extracción de testimonios para que la Justicia Penal Económica analice las conductas de los desarrolladores inmobiliarios Leandro Miano y Pablo Feijoo, así como del contratista Matías Tabar, por operaciones que habrían quedado fuera del control impositivo.

Además, pidió que se envíen actuaciones al Colegio Público de Escribanos de la Ciudad de Buenos Aires, para que evalúe la intervención de la escribana Adriana Mónica Nechevenko en las operaciones examinadas.

El juzgado federal deberá resolver si acepta la declinatoria de competencia y ordena el envío del expediente al fuero penal económico.

Las propiedades que concentraron la investigación

Las adquisiciones que tuvieron mayor relevancia en el expediente fueron una casa en el country Indio Cuá Golf Club, de Exaltación de la Cruz, y un departamento con cochera en la calle Miró al 500, en Caballito.

La casa de Indio Cuá fue escriturada en noviembre de 2024 a nombre de Bettina Angeletti por USD 120.000, más una tasa de ingreso al barrio privado de USD 5.000. Para financiar la operación, el matrimonio tomó un préstamo no bancario de USD 100.000, garantizado con una hipoteca sobre el departamento que poseían en Parque Chacabuco. El resto, USD 20.000, fue informado como un pago en efectivo.

El crédito fue otorgado por dos mujeres policías, Graciela Isabel Molina de Cancio y su hija Victoria Cancio. Según la documentación examinada, Molina aportó USD 85.000 y Cancio otros USD 15.000. El acuerdo preveía la devolución en dos años, con una tasa anual del 11% y cuotas mensuales de entre USD 600 y USD 900 por intereses.

La investigación también puso el foco en las refacciones de la vivienda. El contratista Matías Tabar declaró que cobró USD 245.000 en efectivo, sin facturas. En su descargo, Adorni negó esa cifra y sostuvo que las obras costaron USD 175.000, fondos que atribuyó a ahorros previos.

La segunda operación bajo análisis fue la compra, en noviembre de 2025, del departamento de Caballito por USD 230.000. De ese total, Adorni habría aportado USD 30.000 en efectivo y financiado los USD 200.000 restantes mediante una hipoteca privada con las anteriores propietarias, las jubiladas Beatriz Viegas y Claudia Sbabo. El préstamo se pactó sin intereses y con un plazo de dos años.

Además, el expediente incorporó una deuda vinculada con las reformas del inmueble: Pablo Feijoo, hijo de una de las acreedoras y gestor de la compraventa, declaró haber financiado trabajos por USD 65.000.

Las dos adquisiciones fueron relevantes porque se produjeron mientras Adorni y Angeletti conservaban otros inmuebles en La Plata y Parque Chacabuco. El análisis de los créditos, los pagos en efectivo y el costo de las remodelaciones integró los puntos sobre los que la defensa debió dar explicaciones.

Los consumos con tarjetas de empleados y funcionarios

Otro aspecto bajo análisis fue el uso de tarjetas de crédito de empleados y funcionarios que dependían de Adorni. La Fiscalía le requirió que explicara compras atribuidas a su entorno, entre ellas gastos de blanquería y colchones para la casa de Indio Cuá, además de equipamiento tecnológico y artículos para videojuegos.

En el expediente figuraron consumos por $8.183.303,25 en ropa blanca y otros productos para la vivienda, así como dos proyectores por $1.831.795 cada uno y un monitor por $2.185.000.

La secretaria de la Vocería Presidencial, Gisela Kocsis, declaró que realizó compras a su nombre y que Adorni le reintegraba el dinero en efectivo. La defensa sostuvo que algunas operaciones formaban parte de tareas de asistencia personal y laboral, mientras que otras fueron compras puntuales cuyos importes se devolvieron al llegar los resúmenes.

También afirmó que los colchones y la blanquería fueron abonados en efectivo por Bettina Angeletti. La Fiscalía incluyó estas operaciones entre los 20 puntos que el exjefe de Gabinete debía justificar en el marco de la investigación patrimonial.

La resolución sobre la competencia judicial marcará el próximo paso del expediente. Por ahora, el dictamen de Pollicita busca diferenciar la falta de elementos para sostener un enriquecimiento ilícito durante la función pública de los indicios que, según la Fiscalía, justifican investigar posibles omisiones tributarias y bienes que habrían permanecido sin declarar.