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Rechazan la provincialización de rutas nacionales y denuncian inconstitucionalidad

El Comité Nacional de Defensa del Usuario Vial cuestionó con dureza el Decreto 253/72026 que habilita transferencias de rutas y peajes directos. Sostiene que la medida viola la Constitución, afecta el federalismo y pone en riesgo la seguridad vial y la competitividad.

26 Abril de 2026 14.41

El reciente Decreto 253/72026 del Poder Ejecutivo Nacional, publicado en el Boletín Oficial, desató un fuerte rechazo por parte del Comité Nacional de Defensa del Usuario Vial (CONADUV), que calificó la iniciativa como "ilegal, inconstitucional e inoportuna". La norma dispone la provincialización de rutas nacionales y habilita su financiamiento mediante el sistema de peaje directo con cobro en ruta, una decisión que, según la entidad, carece de los requisitos básicos exigidos por la Constitución Nacional Argentina.

Desde el organismo advierten que el decreto no cuenta con una ley formal que lo respalde, tal como establece el Artículo 75 de la Constitución Nacional, y que además no prevé transferencia presupuestaria, otro requisito esencial. En ese sentido, sostienen que la medida viola los principios de legalidad, razonabilidad y federalismo, pilares del sistema institucional argentino.

El planteo no se limita a una cuestión normativa. Para el CONADUV, resulta "inconcebible" que el Estado Nacional abandone su obligación de garantizar la transitabilidad de la Red Vial Nacional, especialmente en un contexto donde —según denuncian— los recursos provenientes del Impuesto a los Combustibles son mal administrados y desviados a otros fines.

Legalidad tributaria en debate

Uno de los ejes centrales del cuestionamiento radica en la violación del principio de legalidad tributaria. El CONADUV recuerda que la Constitución otorga al Congreso la potestad exclusiva de establecer contribuciones, respaldada por una doctrina constante de la Corte Suprema: "No hay tributo sin ley", recordaron al tiempo que apuntaron que el principio de legalidad es de cumplimiento estricto

En ese marco, el decreto impone una carga económica obligatoria y que carece de una ley formal que la respalde. Por lo tanto, concluyen que la medida resulta inconstitucional.

Peaje: ¿tasa legítima o impuesto encubierto?

El organismo también pone en duda la naturaleza del peaje como herramienta de financiamiento. Si bien la jurisprudencia admite su aplicación como tasa, establece condiciones claras tales como la prestación efectiva del servicio y la proporcionalidad entre el pago y la contraprestación.

En el antecedente Arenera El Libertador SRL c/ Buenos Aires, se determinó que el peaje es válido solo si retribuye un servicio concreto. Asimismo, en Camaronera Patagónica SA c/ Ministerio de Economía, la Corte Suprema reafirmó que el Poder Ejecutivo no puede crear tributos sin ley.

Según el CONADUV, en este caso no existe garantía de contraprestación suficiente y acotan que el peaje se utiliza como mecanismo general de financiamiento. Esto convierte al sistema en un "impuesto encubierto", en abierta contradicción con la Constitución Nacional.

Impacto en el federalismo y la economía

La transferencia de rutas nacionales a las provincias o al sector privado implica, según el análisis, una alteración del sistema federal. Las rutas son bienes del Estado nacional y su cesión:

  • Requiere una ley del Congreso Nacional
  • Debe contemplar recursos específicos

La ausencia de financiamiento adecuado genera una traslación arbitraria de cargas hacia las provincias, debilitando el equilibrio federal. Las consecuencias proyectadas no son menores. El CONADUV advierte que la medida podría afectar:

  • La seguridad vial
  • Las economías regionales
  • La logística productiva
  • El mantenimiento de la red vial

Además, alerta que el sistema de peajes directos provocará una doble imposición, al superponerse con el Impuesto a los Combustibles, sin garantizar mejoras en infraestructura ni en costos de transporte.

Derechos vulnerados y restricciones

La entidad también señala la posible afectación de derechos constitucionales fundamentales, entre ellos el derecho a transitar libremente (Artículo 14) y el derecho de propiedad (Artículo 17). El cobro de peajes sin base legal suficiente ni contraprestación adecuada implica, según la entidad, una restricción ilegítima al libre tránsito.

En ese contexto, remarcan que la implementación de la Red Federal de Concesiones (RFC) y la expansión de peajes sin caminos alternativos libres de pago profundizan el problema. "Con peaje en la Red Vial Nacional y Provincial, y sin caminos alternativos libres de pago, no hay libertad", advierten.

Propuestas y llamado a la acción

Entre las medidas planteadas, se destaca la necesidad de:

  • Recuperar la gestión estatal de las rutas
  • Jerarquizar la Dirección Nacional de Vialidad (DNV)
  • Impulsar un sistema de transporte multimodal (vial, ferroviario y fluvial)
  • Diseñar políticas alejadas de intereses concentrados

Finalmente, el CONADUV exhorta al Gobierno Nacional, gobernadores, legisladores, intendentes y concejales a cumplir con la Constitución Nacional y garantizar el derecho de libre circulación en todo el territorio argentino.

El conflicto, aún en desarrollo, abre un debate de fondo sobre el rol del Estado, la infraestructura estratégica y el modelo de financiamiento vial en Argentina, con implicancias que exceden lo técnico para instalarse en el corazón del sistema institucional y económico del país.