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ANMAT autorizan la venta libre de otras diez drogas y dejan de tener descuento en farmacias

La Administración Nacional de Medicamentos autorizó el cambio de condición de expendio para diez nuevos grupos de principios activos destinados al tratamiento de afecciones de baja complejidad. La medida amplía el acceso a estos productos, aunque también implica que dejarán de contar con los descuentos de obras sociales y prepagas.

28 Julio de 2026 07.36

El Gobierno nacional autorizó la venta libre de diez nuevos grupos de drogas utilizadas para tratar distintas afecciones de baja complejidad. La medida fue oficializada mediante una disposición de la Administración Nacional de Medicamentos, Alimentos y Tecnología Médica (ANMAT) publicada en el Boletín Oficial, y forma parte del proceso iniciado por el Ministerio de Salud para revisar la condición de expendio de diferentes especialidades medicinales.

Con esta decisión, una nueva serie de medicamentos dejará de requerir receta médica para su compra en farmacias. Al mismo tiempo, esos productos también dejarán de estar alcanzados por los descuentos obligatorios que aplican las obras sociales y las empresas de medicina prepaga sobre los medicamentos expendidos bajo prescripción médica.

Desde el Gobierno señalaron que la medida busca ampliar el acceso a medicamentos de probada seguridad, calidad y eficacia, al tiempo que promueve un uso responsable de estos productos por parte de la población.

Los principios activos alcanzados por la medida

La disposición alcanza a todas las especialidades medicinales inscriptas en el Registro de Especialidades Medicinales (REM) que contengan, en las concentraciones y formas farmacéuticas aprobadas, los siguientes principios activos:

  • Trimebutina maleato.
  • Levocetirizina diclorohidrato.
  • Fexofenadina clorhidrato.
  • Dimenhidrinato.
  • Nafazolina clorhidrato combinada con feniramina maleato.
  • Olopatadina clorhidrato.
  • Carboximetilcisteína.
  • Cloruro de aluminio hexahidratado.
  • Carbonato de calcio combinado con tintura de árnica montana y nitrato de plata.
  • Ivermectina, únicamente en loción tópica al 0,5%.

La ANMAT explicó que todos estos medicamentos cuentan con antecedentes suficientes que permiten garantizar su utilización bajo la modalidad de venta libre.

Los tratamientos comprendidos

Los principios activos incorporados son utilizados para tratar diversas patologías y síntomas frecuentes de baja complejidad. Entre las principales indicaciones se encuentran:

  • Alergias: levocetirizina (como Xyzal) y fexofenadina (como Allegra).
  • Colon irritable y espasmos digestivos: trimebutina (como Debridat).
  • Mareo por viaje: dimenhidrinato (Dramamine).
  • Tos con flema: carboximetilcisteína.
  • Conjuntivitis alérgica: colirios con olopatadina.
  • Ojos rojos por alergia: combinaciones de nafazolina y feniramina.
  • Transpiración excesiva: cloruro de aluminio hexahidratado.
  • Aftas y pequeñas lesiones bucales: preparados con carbonato de calcio, tintura de árnica montana y nitrato de plata.

Además, la disposición incluye la ivermectina en loción tópica al 0,5%, dentro de los productos que podrán comercializarse sin receta.

Los fundamentos de la decisión

La medida quedó plasmada en la Disposición 4714/2026 de la ANMAT y se enmarca dentro de la Resolución 284/2024 del Ministerio de Salud, que había instruido al organismo a revisar la condición de expendio de determinadas especialidades medicinales.

Según explicó la ANMAT, el objetivo consiste en facilitar el acceso a medicamentos que demostraron seguridad, calidad y eficacia, promoviendo además un uso responsable de los mismos.

Para adoptar esta decisión, el organismo analizó distintos antecedentes vinculados con la utilización de estos principios activos tanto en Argentina como en el exterior. Entre los elementos evaluados se encuentran:

  • La información proveniente del Sistema Nacional de Farmacovigilancia.
  • La experiencia acumulada durante su utilización en el país.
  • Los antecedentes de organismos regulatorios internacionales.

En este último punto fueron considerados los criterios aplicados por:

  • FDA de Estados Unidos.
  • Agencia Europea de Medicamentos (EMA).
  • AEMPS de España.
  • ANVISA de Brasil.
  • INVIMA de Colombia.

Según indicó la ANMAT, esos organismos ya autorizaban la venta libre de estos principios activos.

Los requisitos que debieron cumplir los medicamentos

El organismo también detalló cuáles fueron las condiciones exigidas para autorizar el cambio de condición de expendio. Los medicamentos incorporados debieron acreditar:

  • Eficacia y seguridad sostenidas para aliviar síntomas fácilmente reconocibles por los usuarios.
  • Amplio margen terapéutico, de manera que un uso superior al recomendado no implique un riesgo grave para la salud.
  • Al menos cinco años de comercialización bajo receta en Argentina, sin reportes de eventos adversos graves que modificaran la relación entre riesgos y beneficios.

Sobre la base de esos criterios técnicos se resolvió habilitar la venta libre de los nuevos grupos de medicamentos.

Cómo será la implementación

La disposición también establece un esquema de transición para la comercialización de los productos. Los laboratorios podrán continuar vendiendo los lotes liberados antes de la entrada en vigencia de la norma utilizando los envases y prospectos actuales.

En cambio, los lotes liberados posteriormente deberán cumplir nuevas exigencias. Entre ellas figuran:

  • Incorporar la leyenda "Venta Libre" en el envase.
  • Adecuar el diseño de los envases.
  • Incorporar un código QR con el prospecto correspondiente.
  • Adaptar las presentaciones de acuerdo con las dosis y la duración de los tratamientos.
  • Gestionar la actualización de los certificados correspondientes ante la ANMAT.

Una política que comenzó en 2024

La disposición forma parte de un proceso iniciado durante 2024, cuando el Gobierno comenzó a ampliar progresivamente el listado de medicamentos de venta libre. En esa primera etapa dejaron de requerir receta médica:

  • Los inhibidores de la bomba de protones, conocidos como "prazoles".
  • Acetilcisteína.
  • Aciclovir.
  • Amorolfina.
  • Diversas formulaciones dermatológicas.

Posteriormente, desde el 1° de enero de 2025, también pasaron a la categoría de venta libre algunos laxantes elaborados a base de senósidos A y B.

Al igual que ocurre con los medicamentos incorporados ahora, ese cambio tuvo otra consecuencia directa: dejaron de estar alcanzados por los descuentos obligatorios que las obras sociales y las empresas de medicina prepaga aplican a los medicamentos vendidos bajo receta.

El antecedente citado por el Gobierno

Como respaldo de la política aplicada, el Gobierno recordó el comportamiento de los precios registrado luego de la liberación de los llamados "prazoles".

Según informó, entre mayo de 2024 y junio de 2026, esos medicamentos registraron aumentos de entre 30,2% y 40,4%, porcentajes inferiores a la inflación acumulada del 94,7% durante el mismo período.

De acuerdo con la posición oficial, esa evolución permitió ampliar el acceso a esos medicamentos sin que se registraran maniobras especulativas en el mercado.

Con la publicación de esta nueva disposición, el listado de medicamentos de venta libre vuelve a ampliarse e incorpora tratamientos destinados a alergias, trastornos digestivos, mareos, tos con flema, afecciones oftalmológicas, hiperhidrosis, pequeñas lesiones bucales y algunas parasitosis. La medida consolida el proceso iniciado en 2024 para revisar la condición de expendio de distintos medicamentos y redefine las condiciones bajo las cuales estos productos podrán ser adquiridos en las farmacias del país.