Histórico: condenaron a tres años de prisión en suspenso al hombre que cazó un yaguareté
Carlos Chagra reconoció en un juicio abreviado haber perseguido y cazado un yaguareté en Formosa y recibió la pena máxima prevista por la Ley Nacional N° 22.421 de Conservación de la Fauna. Además, el acuerdo contempla el pago de $5 millones, aunque todavía resta definir a qué organismo será destinado el dinero.

Carlos Chagra, el comerciante de 52 años acusado de cazar un yaguareté en Formosa y luego jactarse del hecho en un video, fue condenado este martes a tres años de prisión en suspenso, la pena máxima prevista por la Ley Nacional N° 22.421 de Conservación de la Fauna.

La sentencia fue dictada por el Juzgado Federal N° 2 de Formosa, a cargo de la jueza Belén López Macé, a través de un juicio abreviado acordado entre la Fiscalía, la defensa y las tres querellas que participaron del expediente: la Administración de Parques Nacionales, la Fundación Red Yaguareté y la provincia de Formosa.

El acuerdo alcanzado entre las partes también contempla el pago de $5 millones, aunque todavía debe resolverse a qué organismo será destinado ese dinero. Los fundamentos completos de la sentencia, junto con las reglas de conducta que deberá cumplir el condenado, serán conocidos el próximo 7 de septiembre.

El fallo adquiere una dimensión particular porque Chagra, al ratificar el acuerdo ante la jueza, reconoció la persecución y caza del animal y admitió que el daño producido por la pérdida del ejemplar resulta imposible de reparar económicamente.

Del rechazo inicial al reconocimiento del hecho

El reconocimiento realizado durante el juicio abreviado representó un cambio respecto de la postura que Carlos Chagra había sostenido hasta el debate. Durante el desarrollo de la causa, el comerciante había negado ser la persona que aparecía en las imágenes utilizadas como prueba. También había asegurado que nunca había matado un animal y sostenía que el video que originó la investigación había sido editado.

A esa posición había sumado otra afirmación: que no se encontraba en el país cuando ocurrió la cacería.

Sin embargo, al suscribir el acuerdo y ratificarlo ante la jueza Belén López Macé, Chagra modificó aquella versión. Reconoció la persecución y caza del yaguareté y aceptó además que la pérdida del ejemplar generó un daño que no puede ser reparado económicamente.

La abogada Natalia Cardozo, coordinadora de Asuntos Penales de la Dirección de Asuntos Jurídicos de Parques Nacionales, participó de la audiencia junto con la letrada Mariel Schneider y destacó el resultado. "Es un logro muy importante. También lo es que Chagra haya reconocido el hecho", señaló Cardozo en diálogo con Infobae.

El video que originó la causa

La investigación tuvo entre sus elementos centrales un video en el que se escuchaba a una voz masculina describir la persecución del animal y exhibir posteriormente el ejemplar abatido.

En las imágenes que dieron origen a la causa se escuchaba decir: "Por fin pudimos con los muchachos. Desde las siete de la mañana que lo veníamos persiguiendo. Encontramos la huella. Un macho gi-gan-tes-co. Arriba de los 150 kilos. Mirá lo que es".

El contenido del video había sido utilizado como prueba durante la investigación. Chagra, inicialmente, había cuestionado su valor al sostener que había sido editado y había negado ser quien aparecía en las imágenes.

Con el reconocimiento realizado al suscribir el acuerdo, esa postura quedó modificada y el acusado admitió ante la Justicia haber participado de la persecución y caza del ejemplar.

El hecho ocurrió después de la final del Mundial

La cacería del yaguareté ocurrió el 19 de diciembre de 2022, un día después de la final del Mundial de Qatar en la que la Selección argentina se consagró campeona.

El hecho se produjo en una zona cercana a la ciudad formoseña de Clorinda. La referencia temporal permite ubicar el episodio apenas un día después de aquella final, mientras que la investigación judicial terminó derivando en una sentencia que ahora constituye un nuevo antecedente en materia de conservación de la especie.

El caso llegó a una resolución mediante un juicio abreviado, modalidad que permitió que la Fiscalía, la defensa y las tres querellas acordaran una pena que luego fue ratificada por la jueza federal.

La segunda condena por la caza de un yaguareté

El fallo representa la segunda condena dictada en la Argentina por la caza de un yaguareté, una especie declarada Monumento Natural Nacional y considerada en peligro crítico de extinción.

La importancia del antecedente también se vincula con el resultado general de las investigaciones sobre delitos relacionados con la especie. Según reveló la investigación Los expedientes del yaguareté, la mayoría de las causas por caza o tráfico ilegal de estos animales en el país terminan archivadas. Por eso, la condena contra Chagra adquiere una relevancia particular dentro del registro de causas que sí llegaron a una sentencia.

El primer antecedente se produjo en agosto de 2025, cuando el Juzgado Federal N° 1 de Formosa condenó a cuatro hombres que habían cazado y carneado otro ejemplar en julio de 2024, en la zona de Ibarreta.

En aquel expediente, los acusados fueron identificados inmediatamente después del hecho. Permanecieron procesados desde el comienzo de la investigación y estuvieron prófugos durante parte de la causa. Las penas impuestas en aquella oportunidad fueron diferentes según la situación de cada acusado. Tres recibieron condenas de dos años de prisión efectiva bajo la modalidad domiciliaria, mientras que el cuarto fue condenado a dos años en suspenso.

Un nuevo hito para la conservación

Desde la Administración de Parques Nacionales celebraron la sentencia y la consideraron un nuevo hito para la conservación del yaguareté. Además, destacaron el posible efecto disuasivo que podría tener el fallo.

La valoración realizada desde Parques Nacionales se relaciona tanto con la pena impuesta como con el hecho de que el acusado haya reconocido la caza del animal durante el proceso judicial.

Cardozo resumió esa posición al señalar: "Es importante para todos. Contiene una pena y es un fallo importante". La sentencia establece para Chagra tres años de prisión en suspenso, la máxima pena prevista por la Ley Nacional N° 22.421 de Conservación de la Fauna para este caso. El acuerdo también contempla el pago de $5 millones, aunque aún falta determinar qué organismo recibirá ese dinero.