La Administración Nacional de Medicamentos, Alimentos y Tecnología Médica (ANMAT) dispuso la prohibición de venta, distribución y uso de distintos productos comercializados en el país tras detectar una serie de irregularidades que comprometen su trazabilidad, autenticidad y seguridad.
Las medidas fueron oficializadas este jueves 11 de junio de 2026 mediante las Disposiciones 3521, 3522 y 3523, publicadas en el Boletín Oficial. De acuerdo con lo informado por el organismo, las investigaciones realizadas permitieron detectar situaciones que van desde la falsificación de datos sanitarios hasta la ausencia total de registros y de responsables identificables de fabricación.
Las decisiones alcanzan a productos de diferentes rubros, incluyendo artículos de higiene personal, alimentos y productos destinados al mantenimiento y tratamiento de aguas recreativas, sectores especialmente sensibles por su impacto potencial en la salud de la población.
El caso del dentífrico en polvo "CARBON WHITE"
Uno de los expedientes más relevantes corresponde al producto denominado "Dentífrico en polvo con carbón natural - CARBON WHITE".
A través de la Disposición 3522/2026, la ANMAT determinó que el producto exhibía información falsa relacionada con su inscripción sanitaria. Además, la investigación estableció que el artículo imitaba a un producto que sí se encontraba legítimamente registrado.
Las actuaciones desarrolladas por el organismo permitieron comprobar que no fue posible identificar de manera fehaciente al establecimiento responsable de su elaboración. Esta situación resultó determinante para la evaluación sanitaria, ya que impide verificar las condiciones de fabricación y establecer si el producto cumple con los estándares exigidos por la normativa vigente.
Entre las principales irregularidades detectadas se encuentran:
- Información falsa sobre su inscripción sanitaria.
- Imitación de un producto legítimamente registrado.
- Imposibilidad de identificar al establecimiento elaborador.
- Falta de garantías respecto de las condiciones de fabricación.
Frente a este escenario, la ANMAT concluyó que no existen garantías sobre la seguridad, calidad y eficacia del dentífrico, motivo por el cual resolvió prohibir su uso, comercialización y distribución en todo el territorio nacional.
Un aceite de oliva señalado como producto falsificado
La segunda medida alcanzó al producto rotulado como "Aceite de oliva virgen extra, Blend Suave, marca Green Olive".
La Disposición 3521/2026 tuvo origen en una denuncia presentada por la empresa titular de la marca, que alertó sobre la existencia de unidades comercializadas de manera irregular en el mercado.
Tras analizar la situación, la autoridad sanitaria determinó que se trataba de un producto falsificado. Según surge de la resolución oficial, el aceite utilizaba de forma indebida tanto la marca comercial como los registros sanitarios pertenecientes a la firma legítima.
La investigación permitió establecer que:
- El producto utilizaba indebidamente una marca registrada.
- Empleaba registros sanitarios pertenecientes a otra firma.
- Carecía de registros sanitarios propios.
- No era posible identificar claramente su origen de elaboración.
Para la ANMAT, estas características configuran un caso de producto apócrifo, situación que motivó la prohibición de su elaboración, fraccionamiento, comercialización y expendio en todo el país.
Productos para piscinas bajo la lupa
La tercera disposición estuvo dirigida a la línea "BICH OVER Piscinas", integrada por diversos productos utilizados para el tratamiento y mantenimiento del agua en piscinas.
Entre los artículos alcanzados por la medida se encuentran:
- Insecticidas.
- Desinfectantes.
- Alguicidas.
- Clarificadores.
- Otros productos destinados al mantenimiento de piscinas.
En este caso, la ANMAT advirtió que los productos carecían de registro sanitario. Además, tampoco se encontraron inscriptos ante el organismo los establecimientos responsables de su fabricación o comercialización.
Las irregularidades fueron detectadas durante tareas de fiscalización desarrolladas por la autoridad sanitaria y a través del monitoreo de plataformas de venta online y otros canales electrónicos donde estos productos eran ofrecidos al público.
De acuerdo con la resolución oficial, los inspectores verificaron que los artículos no contaban con autorización sanitaria válida. Incluso, el organismo señaló que el eventual registro de algunos de estos productos no resultaría viable conforme a la normativa vigente.
Riesgo potencial para consumidores y advertencia sanitaria
La ausencia de información confiable sobre el origen de los productos involucrados aparece como uno de los elementos centrales en las decisiones adoptadas por la autoridad sanitaria.
Según concluyó la ANMAT, la imposibilidad de determinar las condiciones de manufactura y de verificar el cumplimiento de los requisitos regulatorios impide garantizar que estos artículos sean seguros para su utilización.
En consecuencia, el organismo consideró que los productos representan un riesgo potencial para los consumidores, especialmente debido a los rubros en los que se comercializan: higiene personal, alimentación y tratamiento de aguas de uso recreativo.
Finalmente, la ANMAT recordó que la falsificación de productos y el uso indebido de registros sanitarios constituyen infracciones graves. Estas prácticas, advirtió el organismo, pueden afectar la salud pública al introducir en el mercado productos cuya calidad, seguridad y procedencia no pueden ser verificadas mediante los mecanismos de control establecidos por la normativa sanitaria vigente.