Las niñeras y cuidadores de adultos mayores son trabajadores con actividades que requieren una responsabilidad muy importante. Ellos reciben como sueldo en octubre un monto similar a lo percibido el mes anterior, que es la única referencia, debido a que aún no se resolvió la nueva paritaria entre el gremio y las empresas del sector.
Aunque es inminente un nuevo acuerdo, se desconocen los porcentajes de aumento que se aplicarán en el último trimestre del año, por lo que quienes deban liquidar honorarios durante el mes de octubre tienen que tomar como referencia los registros de septiembre, que son los últimos publicados por la Unión Personal Auxiliar de Casas Particulares (Upacp).
Las actualizaciones venideras impactarán en el salario de las niñeras y cuidadores de adultos, que forman parte de la cuarta categoría de empleados de casas particulares y cuyas tareas comprenden la asistencia y cuidado no terapéutico de personas, tales como: personas enfermas, con discapacidad, niño, adolescentes y adultos mayores.
Sueldo por hora de las niñeras en octubre de 2024
Las personas que realizan tareas de cuidado en casas particulares y están contratadas por horas o por jornada les corresponde los siguientes montos, debido a que se toma como referencia la grilla reciente (actualizada hasta agosto), hasta tanto se publiquen los nuevos valores del mes en curso.
- Por hora con retiro: $2825
- Por hora sin retiro: $3159
Estos valores sirven de referencia para quienes trabajen para un mismo empleador menos de 24 horas semanales.
Sueldo mensual de las niñeras en octubre 2024
En octubre, quienes trabajen con un esquema mensual cobrarán nuevos montos, que corresponden a lo trabajo en septiembre.
- Mensual con retiro: $357.350
- Mensual sin retiro: $398.229
Estas cifras están destinadas a los trabajadores comprendidos en el Régimen establecido por la ley N° 26.844, que trabajen 24 o más horas semanales para un mismo empleador, en forma proporcional a la cantidad de horas efectivamente trabajadas.
Los valores precedentes responden únicamente al salario, por lo que el empleador deberá además abonar los conceptos de antigüedad, aportes jubilatorios y obra social.