En vísperas del inicio del Ciclo Lectivo 2026, el Ministerio de Salud de la provincia ha emitido un comunicado oficial con el objetivo de orientar a la comunidad educativa, padres y tutores sobre los procedimientos administrativos y sanitarios necesarios para la matriculación de los alumnos. Esta iniciativa busca, primordialmente, garantizar el derecho a la educación de niños, niñas y adolescentes, eliminando obstáculos burocráticos y evitando confusiones que suelen surgir durante el proceso de inscripción en las instituciones educativas.
La regulación de estos trámites no es arbitraria, sino que responde a lo establecido en la Resolución N°001/2024. Dicho documento fue emitido de manera conjunta por los ministerios de Salud y Educación, lo que asegura una coordinación interdisciplinaria entre las dos carteras más relevantes para el desarrollo infanto-juvenil.
Es fundamental resaltar que, bajo esta normativa, el único documento válido para acreditar el estado de salud del estudiante es la Libreta Sanitaria. Las autoridades han sido enfáticas al aclarar que no son necesarios otros certificados, ya que las exigencias actuales están fundamentadas en la legislación vigente y en evidencias científicas sólidas, contando con el respaldo de la sociedad de pediatría y de la medicina familiar y general.
Para que la inscripción sea efectiva, los responsables deberán presentar fotocopias de secciones específicas de la libreta:
Carátula: Donde constan los datos personales del o la estudiante.
Páginas de exámenes médicos: Donde el profesional registra los controles clínicos.
Calendario de vacunación: Para verificar la inmunización completa.
Un dato clave para la tranquilidad de las familias es la flexibilidad en los tiempos: la presentación de esta documentación podrá realizarse hasta el último día del mes de mayo.
Requisitos específicos por niveles educativos
El Ministerio ha detallado una hoja de ruta técnica que los médicos pediatras, de familia o generales deben completar según la edad y el nivel escolar del alumno.
Ingreso a Nivel Inicial (3/4 años)
Para los más pequeños que inician su trayectoria pedagógica, el control es exhaustivo y multidisciplinar:
Examen Médico-Clínico: Registro de peso, talla, Índice de Masa Corporal (IMC), Frecuencia Cardíaca (FC) y Tensión Arterial (TA).
Evaluaciones específicas: Control del neurodesarrollo, examen del sistema músculo-esquelético-ortopédico y evaluación del lenguaje acorde a la edad.
Laboratorio: Se requiere el estudio de Chagas (par serológico HEMOELISA) y un Coproparasitológico (seriado y escobillado anal), cuyos resultados deben adosarse en la página 60 de la Libreta Sanitaria.
Especialistas: Controles obligatorios de visión (Oftalmología), audición (ORL) y buco-dental (Odontología).
Ingreso a Nivel Primario (5/6 años)
Al comenzar la escolaridad primaria, el foco se mantiene en el crecimiento y la prevención:
Clínica general: Monitoreo de estado nutricional (IMC, peso, talla) y signos vitales (FC, TA).
Desarrollo: Nuevos controles de neurodesarrollo, lenguaje y sistema músculo-esquelético.
Vacunación: Es obligatorio que las vacunas de calendario de 5/6 años estén colocadas al momento del ingreso.
Especialidades: Se repiten los controles de agudeza visual, audición y salud buco-dental.
Para quienes ya transitan el nivel primario (2° a 6° grado), el requisito se simplifica notablemente: solo se exige el certificado de examen clínico en el casillero correspondiente, sin necesidad de nuevos estudios complementarios si los controles de ingreso ya fueron realizados.
La transición al Nivel Secundario y controles de refuerzo
El ingreso a la educación secundaria, que comprende las edades de 11 y 12 años, marca una etapa de cambios biológicos significativos, por lo que los requisitos se actualizan:
Evaluación Clínica: Control de peso, talla, IMC, FC, TA, neurodesarrollo y sistema músculo-esquelético.
Inmunización: Verificación del calendario completo hasta los 11 años.
Laboratorio de Chagas: Se debe realizar nuevamente el par serológico HEMOELISA, adosando el protocolo en la página 63 de la Libreta Sanitaria.
Especialistas: Interconsultas en Odontología, Oftalmología y ORL.
Finalmente, para los años superiores de la secundaria (2° a 6° año), el protocolo dictamina que solo es necesario el examen clínico por médico pediatra, de familia o generalista, sumado al control del calendario de vacunas. En estos casos, se mantiene la premisa de no solicitar estudios adicionales si los controles de ingreso a cada nivel fueron cumplimentados debidamente.
A través de esta organización, el Estado busca optimizar los recursos sanitarios y asegurar que cada estudiante comience sus clases en condiciones de salud óptimas.