ARCA flexibiliza la exclusión de retenciones y percepciones de IVA para algunos contribuyentes
El organismo introdujo una modificación que simplifica el trámite para acceder al certificado de exclusión del IVA. La medida alcanza a quienes reciben subsidios estatales o tributan con alícuotas reducidas y busca agilizar los procedimientos administrativos en determinados casos.

La Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA) dispuso una flexibilización en el régimen de exclusión de retenciones, percepciones y pagos a cuenta del Impuesto al Valor Agregado (IVA), a través de la Resolución General 5774/2025, publicada este martes en el Boletín Oficial.

La decisión tiene como propósito agilizar los trámites administrativos y aliviar la carga fiscal de ciertos contribuyentes, en especial aquellos que reciben subsidios, compensaciones tarifarias o fondos de asistencia económica provenientes del Estado Nacional, así como los que aplican alícuotas reducidas en el IVA.

De acuerdo con el texto oficial, en estos casos —y siempre que los beneficiarios no cuenten con un régimen de devolución de saldos técnicos operativo— el juez administrativo competente podrá resolver el recurso sin considerar uno de los requisitos tradicionales establecidos en la normativa vigente.

En concreto, la resolución permite omitir el inciso h) del artículo 4° de la Resolución General 2226, que exige mantener una "relación coherente entre los débitos y créditos fiscales declarados en cada período", de modo que no se genere un saldo técnico a favor del fisco de manera reiterada, salvo las excepciones previstas. Este cambio reduce la rigidez del sistema y acelera la emisión del certificado de exclusión, documento clave para quienes buscan quedar exceptuados de las retenciones y percepciones de IVA en sus operaciones.

La normativa además dispone que, una vez que el organismo resuelva a favor del contribuyente, el certificado de exclusión será publicado en el sitio web institucional de ARCA y tendrá efectos a partir del mismo día de la publicación. Esto implica que los beneficiarios podrán gozar de la exclusión de manera inmediata, sin necesidad de esperar plazos adicionales.

El organismo justificó la medida en "razones de administración tributaria" y como parte de las "acciones de alivio fiscal impulsadas por el Poder Ejecutivo Nacional". En esa línea, ARCA consideró necesario introducir una mayor flexibilidad en la obtención del Certificado de Exclusión de Retención y/o Percepción del IVA, especialmente en contextos donde los contribuyentes presentan particularidades derivadas de su relación con programas estatales o regímenes especiales.

Asimismo, la resolución aclara que la nueva disposición entra en vigencia a partir del 21 de octubre de 2025 y será aplicable incluso a las disconformidades que se encuentren pendientes de resolución a esa fecha.

Con esta decisión, ARCA busca mejorar la eficiencia en los procesos de exclusión tributaria y adaptar el régimen a las realidades económicas de los sectores alcanzados, en un contexto donde las políticas de asistencia y subsidios mantienen un rol relevante dentro de la estructura fiscal del país.

La medida se enmarca en un conjunto más amplio de iniciativas que buscan modernizar la gestión tributaria y reducir la carga administrativa sobre los contribuyentes, en especial los más afectados por las variaciones de costos y las demoras en los mecanismos de devolución de impuestos.