Empleadas domésticas: cuánto valdrá la hora de limpieza desde octubre de 2026
El próximo mes entrará en vigencia el tercer incremento salarial dispuesto por la Resolución 6/2026 de la Comisión Nacional de Trabajo en Casas Particulares. El básico tendrá una suba del 1,7% respecto de septiembre, junto con la incorporación de parte de una suma no remunerativa otorgada en agosto.

El personal de casas particulares tendrá desde octubre de 2026 nuevos valores salariales, de acuerdo con lo establecido por la Resolución 6/2026 de la Comisión Nacional de Trabajo en Casas Particulares.

La normativa determina el tercer aumento salarial previsto y establece, concretamente, una actualización del 1,7% en los salarios básicos, tomando como referencia los valores vigentes durante septiembre. El incremento no será el único cambio que impactará sobre la composición de las remuneraciones. A partir de octubre también se incorporará al salario básico el 50% de la suma no remunerativa otorgada durante agosto.

El monto de aquella suma había variado según la cantidad de horas semanales trabajadas por cada empleado o empleada, con valores que fueron desde $8.000 hasta $20.000.

De esta manera, el nuevo esquema salarial contempla tanto la actualización porcentual del básico como la incorporación de una parte de ese componente no remunerativo.

Cuánto cobrará el personal de tareas generales

Dentro del nuevo cuadro salarial, la categoría de personal para tareas generales comprende actividades habituales del hogar. Entre ellas se encuentran las tareas de limpieza, lavado, planchado, mantenimiento, elaboración y cocción de comidas y, en general, toda otra tarea típica de una vivienda.

Para octubre, los valores establecidos son:

  • Personal con retiro: $4.064,08 por hora.
  • Personal sin retiro: $4.337,53 por hora.
  • Personal con retiro: $498.582,06 mensuales.
  • Personal sin retiro: $548.429,23 mensuales.

La diferencia entre ambas modalidades responde a la distinción entre quienes prestan servicios con retiro y quienes realizan sus tareas bajo la modalidad sin retiro.

Asistencia y cuidado de personas

La categoría de asistencia y cuidado de personas también tendrá nuevos valores a partir de octubre.

Para quienes trabajan con retiro, el salario será de $4.337,53 por hora, mientras que para el personal sin retiro el valor llegará a $4.801,52 por hora. En la modalidad mensual, los montos serán:

  • Con retiro: $548.429,23.
  • Sin retiro: $605.050,00.

Esta categoría contempla al personal comprendido específicamente en tareas de asistencia y cuidado de personas, de acuerdo con el cuadro salarial establecido.

El salario correspondiente a los caseros

En el caso de los caseros, la normativa contempla una modalidad específica. Se trata del personal que realiza tareas inherentes al cuidado general y la preservación de una vivienda en la que habita con motivo del contrato de trabajo.

Para esta categoría, la única modalidad prevista es la sin retiro. El valor establecido para octubre será de:

  • $4.337,53 por hora.
  • $548.429,23 por mes.

Por tratarse de una categoría cuya modalidad es exclusivamente sin retiro, no existe para los caseros un valor diferenciado con retiro dentro del cuadro informado.

Tareas específicas

La categoría de personal para tareas específicas incluye a cocineros y cocineras contratados en forma exclusiva para desarrollar esa labor. También comprende aquellas otras tareas del hogar que requieran una especial idoneidad. En octubre, los valores serán de $4.580,80 por hora para el personal con retiro y de $4.973,38 por hora para quienes trabajen sin retiro.

En el esquema mensual, los montos establecidos son:

  • Personal con retiro: $560.776,33.
  • Personal sin retiro: $618.187,89.

Esta categoría se encuentra por encima de las correspondientes a tareas generales y asistencia y cuidado de personas, de acuerdo con los valores establecidos en el cuadro salarial.

Supervisores: los valores más altos del cuadro

La categoría de supervisor o supervisora tendrá los valores más altos del cuadro salarial de octubre. Comprende las tareas relacionadas con la coordinación y el control de las labores efectuadas por dos o más personas a cargo.

Los nuevos valores serán:

  • Con retiro: $4.805,82 por hora.
  • Sin retiro: $5.215,59 por hora.
  • Con retiro: $599.514,52 por mes.
  • Sin retiro: $661.702,46 por mes.

De esta manera, el máximo valor horario del cuadro corresponderá al personal de supervisión sin retiro, mientras que el máximo valor mensual también se encontrará en esa misma modalidad.

La resolución establece además un criterio para aquellos casos en los que una persona realice tareas correspondientes a más de una categoría. En esas situaciones, el trabajador quedará comprendido en la categoría que resulte principal, de acuerdo con la tarea que desempeñe con habitualidad.

Cómo deben realizarse los pagos

La normativa también establece pautas específicas respecto de la modalidad de pago de las remuneraciones. Como regla, los salarios deben abonarse mediante acreditación en una cuenta sueldo abierta a nombre del trabajador en una entidad bancaria. Sin embargo, si el trabajador solicita recibir el pago en efectivo, el empleador deberá proceder de esa manera.

Cuando el pago sea realizado en efectivo, deberá efectuarse bajo determinadas condiciones:

  • En días hábiles.
  • En el lugar de trabajo.
  • Durante las horas de prestación de servicios.

También existen plazos diferentes de acuerdo con la modalidad de remuneración. El personal mensualizado debe cobrar dentro del cuarto día hábil posterior al vencimiento de cada mes calendario.

En cambio, quienes perciben una remuneración por día o por hora deben cobrar al finalizar cada jornada o cada semana, según lo que haya sido acordado entre las partes.

Recargos por horas extra

La remuneración también contempla condiciones específicas cuando el personal realiza horas extra. En los días comunes, corresponde un recargo del 50%, calculado sobre el salario habitual. El recargo asciende al 100% del salario habitual cuando las horas extra se realizan en:

  • Sábados después de las 13 horas.
  • Domingos.
  • Feriados.

Estos porcentajes determinan el adicional correspondiente sobre la remuneración habitual en función del día y horario en que se realice la prestación extraordinaria.

Adicional por zona desfavorable

El cuadro salarial también contempla un adicional por zona desfavorable para el personal de casas particulares que desarrolla tareas en determinadas zonas del país.

Este adicional equivale al 31% calculado sobre la remuneración informada por el empleador. El beneficio corresponde a las relaciones laborales cuyo domicilio de explotación se encuentre en las provincias patagónicas o en el Partido de Patagones, de la provincia de Buenos Aires.

Las jurisdicciones alcanzadas son:

  • La Pampa.
  • Río Negro.
  • Chubut.
  • Neuquén.
  • Santa Cruz.
  • Tierra del Fuego.
  • Antártida e Islas del Atlántico Sur.
  • Partido de Patagones, provincia de Buenos Aires.

Adicional por antigüedad

A los valores básicos y al adicional por zona, cuando corresponda, se suma el adicional por antigüedad. El personal tiene derecho a percibir un adicional equivalente al 1% por cada año trabajado para el mismo empleador.

Para determinar este adicional, se consideran exclusivamente los años de servicio prestados dentro de esa relación laboral.

Así, el esquema salarial que regirá desde octubre de 2026 combina la actualización del 1,7% de los básicos, la incorporación del 50% de la suma no remunerativa otorgada en agosto y los adicionales previstos según las condiciones de cada relación laboral. A partir de este nuevo cuadro, las remuneraciones varían de acuerdo con la categoría, la modalidad con o sin retiro, la cantidad de horas trabajadas, la antigüedad y, cuando corresponda, la zona desfavorable.