En un contexto de crecimiento sostenido del trabajo a través de aplicaciones digitales, la reforma laboral que obtuvo media sanción en el Senado incorpora un régimen específico para repartidores y conductores de plataformas. La normativa define su encuadre como trabajadores independientes y descarta la existencia de relación laboral con las empresas intermediarias.
El nuevo marco se aplicará a quienes presten servicios mediante plataformas como Rappi, Pedidos Ya, Uber y Cabify, entre otras. El proyecto los define como "prestadores independientes de plataformas tecnológicas", es decir, personas que acuerdan la prestación de servicios de reparto o transporte de pasajeros a través de aplicaciones digitales, de manera autónoma.
La regulación incorpora derechos y obligaciones tanto para los trabajadores como para las compañías.
Autonomía y derechos reconocidos
La iniciativa establece que los prestadores podrán conectarse libremente a una o varias aplicaciones disponibles en el mercado. De este modo, podrán elegir sus horarios, el tiempo de conexión y aceptar o rechazar pedidos sin necesidad de justificar su decisión ante la plataforma.
También se reconoce el derecho a definir el medio de transporte utilizado —bicicleta, motocicleta, automóvil u otros vehículos habilitados— siempre que se cumpla con los requisitos legales y reglamentarios vigentes.
En materia de transparencia, las plataformas deberán informar de manera clara y accesible los criterios que utilizan para la agrupación y categorización de servicios, siempre que no se afecte el secreto comercial. Además, estarán obligadas a explicar los motivos de eventuales suspensiones o restricciones, totales o parciales, del acceso a la aplicación. En esos casos, el trabajador podrá interactuar con operadores y ejercer su derecho a réplica.
El texto también garantiza la portabilidad de datos. Los prestadores podrán solicitar su información en un formato estructurado y de uso común, lo que facilitará su utilización en otras plataformas.
Obligaciones de las plataformas
Entre las obligaciones empresariales, el proyecto establece que deberán brindar información suficiente para que el trabajador pueda decidir si acepta o rechaza un servicio; respetar la libertad de conexión; ofrecer información digital sobre normativa de seguridad vial y condiciones de prestación; facilitar el acceso a elementos de seguridad según el vehículo utilizado; y contar con mecanismos digitales de reclamo simples y accesibles para usuarios.
Asimismo, deberán ofrecer canales de atención para que los prestadores reciban asistencia de operadores, cuyo rol será exclusivamente auxiliar.
La norma también incorpora la obligación de brindar capacitaciones gratuitas. La formación inicial deberá incluir el uso de la aplicación, la interacción con usuarios y los aspectos relevantes del trabajo independiente. Además, se prevé un programa específico de seguridad vial, cuya financiación estará a cargo de las plataformas.
En materia de cobertura, el articulado dispone que los prestadores deberán contar con un seguro de accidentes personales provisto por la empresa. La póliza deberá cubrir fallecimiento accidental, incapacidad total o parcial permanente, gastos médicos y farmacéuticos y costos funerarios. El texto aclara que la responsabilidad sobre este seguro será objeto de acuerdo entre las partes y que no implicará relación laboral.
Obligaciones de los trabajadores
Por su parte, los prestadores independientes deberán ser titulares de la cuenta utilizada para operar; estar inscriptos ante la autoridad fiscal correspondiente y cumplir con sus obligaciones tributarias y de seguridad social; realizar los aportes que les permitan acceder a la Prestación Básica Universal, retiro por invalidez o pensión por fallecimiento, además de cobertura de salud; informar CBU o CVU para percibir pagos; y respetar las normas de tránsito.
La normativa precisa que el acceso a estos derechos no configura relación laboral ni subordinación. También establece que los trabajadores podrán conservar el 100% de las propinas, aun cuando el monto sea sugerido por la plataforma.
Se reconoce, además, la autonomía para conectarse sin frecuencia mínima, registrarse sin obligación de aceptar pedidos, interrumpir el uso de la aplicación sin aviso previo —salvo responsabilidades civiles— y elegir la zona y el recorrido más conveniente dentro del área de cobertura.
Un debate con impacto económico
El proyecto será debatido la próxima semana en la Cámara de Diputados.
En paralelo, los ingresos del sector continúan en discusión. Según el "Índice APP" de la Fundación Encuentro, en diciembre de 2025 un repartidor necesitó completar en promedio 454 pedidos para alcanzar el valor de la Canasta Básica Total de un hogar tipo de cuatro integrantes. Si bien el indicador mostró cierta mejora, también evidenció diferencias significativas entre plataformas.
En provincias como Catamarca, donde el trabajo a través de aplicaciones se consolidó como alternativa laboral en los últimos años, el avance de esta reforma podría redefinir las reglas de funcionamiento del sector.