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El Vaticano declaró el cisma de la Fraternidad Sacerdotal San Pío X

El Dicasterio para la Doctrina de la Fe emitió una declaración tras la consagración de cuatro obispos en Ecône sin mandato pontificio. El documento establece la excomunión automática para los responsables de las consagraciones y para los fieles que se adhieran formalmente a la Fraternidad.

Uno de los obispos lefebvrianos
Uno de los obispos lefebvrianos

2 Julio de 2026 15.34

El Dicasterio para la Doctrina de la Fe del Vaticano declaró que la Fraternidad Sacerdotal San Pío X se encuentra en situación de cisma, al tiempo que advirtió que los fieles laicos que decidan adherirse formalmente a esa organización serán considerados cismáticos e incurrirán en la pena de excomunión.

La decisión fue adoptada luego de la reciente consagración de cuatro obispos en Ecône, Suiza, realizada sin el correspondiente mandato pontificio. Ese hecho fue considerado por la Santa Sede como el elemento que motivó la declaración y la adopción de las medidas disciplinarias contenidas en el documento.

La declaración lleva la firma del cardenal Víctor Manuel Fernández y de dos secretarios del Dicasterio para la Doctrina de la Fe, quienes exhortaron tanto a los miembros del clero como a los fieles laicos a no adherirse al cisma de la Fraternidad Sacerdotal San Pío X.

En el texto se expresa que se "amonesta a los clérigos y a los fieles laicos a no adherirse al cisma de la Fraternidad Sacerdotal San Pío X, pues incurrirían ipso facto en la pena de excomunión latae sententiae".

Las consagraciones cismáticas

El documento señala expresamente que los obispos Alfonso de Galarreta y Bernard Fellay realizaron "un acto de naturaleza cismática" al proceder con las recientes consagraciones episcopales sin autorización del Pontífice.

Como consecuencia de esa actuación, el Vaticano determinó que ambos obispos, junto con los cuatro sacerdotes que fueron ordenados ilícitamente, quedan alcanzados por la pena de excomunión automática. Los sacerdotes mencionados en la declaración son:

  • Pascal Schreiber.
  • Michael Goldade.
  • Michel Poinsinet de Sivry.
  • Marc Hanappier.

Según establece el documento, tanto quienes realizaron las consagraciones como quienes las recibieron quedan excomulgados automáticamente conforme a las disposiciones del derecho canónico aplicables a este tipo de situaciones.

Los fundamentos canónicos invocados por la Santa Sede

La declaración fundamenta la decisión en distintas disposiciones del Código de Derecho Canónico, citando expresamente los cánones que regulan este tipo de conductas. El texto menciona el canon 1387, que prevé la pena de excomunión para el obispo que realiza una consagración episcopal sin mandato pontificio y también para quien recibe esa consagración.

Asimismo, hace referencia al canon 1364 § 1, que establece la sanción de excomunión para quien incurre en el delito de cisma. Entre los principales fundamentos jurídicos citados por el Vaticano figuran:

  • Canon 1387, referido a la consagración episcopal sin mandato pontificio.
  • Canon 1364 § 1, que establece la excomunión para el cismático.
  • La reciente consagración de cuatro obispos en Ecône sin autorización pontificia.
  • La consideración de esas consagraciones como un acto formal de naturaleza cismática.

La continuidad con lo señalado en "Ecclesia Dei"

La declaración incorpora además una nota explicativa destinada a contextualizar la decisión adoptada por el Dicasterio. En ese apartado se sostiene que las recientes consagraciones han configurado formalmente el delito de cisma, criterio que, según el documento, mantiene continuidad con lo señalado anteriormente por San Juan Pablo II en la carta apostólica Ecclesia Dei, publicada en 1988.

De acuerdo con esa referencia, la desobediencia manifestada mediante este tipo de consagraciones constituye un rechazo práctico del Primado romano, razón por la cual el acto es calificado como cismático.

Alcances para los fieles laicos 

La declaración también precisa el alcance que tendrá esta decisión respecto de los fieles laicos que mantengan una vinculación formal con la Fraternidad Sacerdotal San Pío X.

En ese sentido, el texto indica que aquellos fieles que se adhieran formalmente a la Fraternidad, conforme a los criterios definidos en 1996 por el Pontificio Consejo para los Textos Legislativos, deberán ser considerados cismáticos y, por lo tanto, quedarán igualmente excomulgados.

Además, el documento establece que las facultades que habían sido concedidas por el Papa Francisco para confesar y asistir matrimonios quedan invalidadas

La disposición a restablecer la plena comunión

Pese a la firmeza de las medidas adoptadas, la Santa Sede expresó en el mismo documento su disposición a recibir nuevamente a quienes decidan abandonar esa situación y regresar a la comunión plena con la Iglesia.

La declaración concluye afirmando que el Vaticano está dispuesto a acoger "con sincero afecto" a todas aquellas personas que manifiesten su voluntad de regresar a la plena comunión eclesial, manteniendo abierta esa posibilidad mientras deja formalizada la declaración de cisma y las consecuencias canónicas derivadas de las recientes consagraciones realizadas en Ecône.