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Jésica Cirio pidió excluir como prueba los videos con fajos de dólares

La defensa de la conductora interpuso un recurso ante la Justicia para invalidar las grabaciones difundidas por la prensa, argumentando fallas técnicas, ausencia de trazabilidad y alteraciones en los metadatos.

10 Agosto de 2026 22.50

La causa judicial que investiga a Jesica Cirio y a su exesposo Martín Insaurralde por supuestos delitos de enriquecimiento ilícito y lavado de dinero atraviesa un momento crucial. En el marco del expediente, la defensa de Cirio solicitó formalmente al magistrado interviniente que las grabaciones periodísticas no sean utilizadas como prueba de cargo en su contra ni de su expareja.

El planteo fue presentado ante el juez federal Luis Armella, quien se encuentra a cargo de manera interina del juzgado federal de Lomas de Zamora. La solicitud fue efectuada por los abogados defensores Claudio Caffarello y Nicolás Urrutia, quienes argumentaron con firmeza que los registros fílmicos no reúnen las condiciones mínimas de fiabilidad probatoria exigidas en un proceso judicial de calidad.

El Núcleo del Conflicto: Los Videos del Vestidor y el Dictamen de la DATIP

El centro de la controversia gira en torno a los videos publicados el 20 de junio pasado por el diario LA NACION, los cuales muestran a Jesica Cirio rodeada de fajos de dólares en un amplio vestidor. Para la defensa de la imputada, el contenido de estas imágenes carece de sustento técnico válido para integrar el universo de evidencias incriminatorias.

Para fundamentar su postura, los letrados se apoyaron en las conclusiones de la pericia llevada a cabo por la DATIP, el área técnica del Ministerio Público Fiscal. Según el dictamen pericial, el material audiovisual presenta serios interrogantes respecto de su autenticidad y de su integridad original, lo que motivó el pedido expreso de exclusión probatoria por parte de los representantes legales de la acusada.

Las Falencias Técnicas: Metadatos en Cero y Ausencia de Código Hash

El análisis técnico aportado por la defensa detalla una serie de irregularidades informáticas que comprometen seriamente la validez de los registros. Entre los puntos más destacados por los peritos se encuentran:

Marcas temporales en cero: Las marcas temporales internas de captura de cada archivo se hallaban "completamente en cero", un indicio de que los videos habrían sido reenviados mediante un servicio de mensajería o sometidos a procesos de edición, transcodificación o transferencia a través de aplicaciones como WhatsApp, Telegram o Signal, las cuales eliminan los datos de origen.

Falta de código hash previo: Ninguno de los siete videos llegó acompañado de un código hash antes de su extracción en la DATIP, es decir, la huella digital indispensable para certificar que un archivo digital no ha sufrido alteraciones. Dicho código recién fue calculado durante el procesamiento pericial, casi dos meses después de que el material ingresara formalmente al expediente.

Discordancia en el soporte físico: El registro interno describía inicialmente un pendrive dentro del sobre de la evidencia, pero en el interior del mismo se encontró en realidad una tarjeta micro SD marca Kingston de 32 GB dentro de su adaptador.

Conclusiones de la Defensa y Próximos Pasos en el Juzgado

A partir de estas inconsistencias técnicas, los abogados Caffarello y Urrutia remarcaron que resulta imposible afirmar que se trate de un documento fidedigno. Sostuvieron que al no poder establecerse la trazabilidad de los archivos, y al no contarse con el sistema de archivos original, se imposibilita determinar fehacientemente el origen, el contexto de producción y la identidad de la persona que generó las imágenes difundidas.

Bajo estos argumentos, la defensa insistió en que tales deficiencias técnicas afectan de manera directa la autenticidad de los elementos aportados a la causa y exigieron formalmente que la prueba sea descartada por completo del universo probatorio de cargo. Ahora, la resolución final sobre la validez y la admisibilidad de estos videos quedará exclusivamente en manos del juez federal de Lomas de Zamora, quien deberá definir si las grabaciones continúan formando parte de la investigación por enriquecimiento ilícito y lavado de dinero.