La Asamblea Nacional de Venezuela postergó para la próxima semana la aprobación en segunda discusión de la denominada Ley de Amnistía para la Convivencia Democrática, impulsada por la presidenta encargada, Delcy Rodríguez, luego de que los diputados no llegaran a un acuerdo sobre el artículo 7 de la norma. Este artículo es clave porque establece cuáles son los delitos que quedan excluidos de la amnistía, y en la sesión de este jueves no fue posible consensuar su redacción final.
El presidente de la Asamblea Nacional, Jorge Rodríguez, anunció durante la sesión que "continuaremos la discusión en la próxima sesión la semana próxima", dando por finalizada la deliberación sin culminar la votación en segunda discusión de la ley. Este anuncio responde a una propuesta formal de diferimiento que fue presentada por Jorge Arreaza Montserrat, quien preside la comisión especial encargada de la consulta del proyecto de ley de amnistía.
La decisión de postergar la votación se fundamenta exclusivamente en la falta de acuerdo sobre uno de los artículos medulares del proyecto, poniendo en evidencia las tensiones internas frente a la interpretación y alcance de la amnistía que busca implementarse.
¿Qué contiene la Ley de Amnistía para la Convivencia Democrática?
La denominada Ley de Amnistía para la Convivencia Democrática consta de 13 artículos, de los cuales los primeros seis fueron aprobados este jueves por el parlamento venezolano en primera parte de la sesión. La aprobación parcial cubre el texto general y diversos aspectos procedimentales de la ley, con especial énfasis en su ámbito temporal y las categorías de delitos que, en principio, se pretende incluir o excluir.
El proyecto, tal como fue debatido durante esta sesión, propone que la amnistía general alcance a todas las personas que hayan sido procesadas o condenadas por la presunta o comprobada "comisión de delitos políticos o conexos" en un periodo que se extiende desde el 1 de enero de 1999 al 30 de enero de 2026. Esta amplitud temporal cubre prácticamente toda la era política contemporánea del país, abarcando varios gobiernos y contextos de conflictividad interna.
Sin embargo, el articulado que genera controversia —el artículo 7— introduce criterios que, para algunos legisladores, podrían limitar injustamente quiénes pueden ser beneficiarios de la amnistía, desatando la discusión y eventual postergación de la aprobación.
El choque por el artículo 7: criterios de inclusión y exclusión
El principal conflicto se centró en el artículo 7 de la ley, que plantea una fórmula normativa para determinar quiénes pueden acogerse a la amnistía. Según este artículo, la ley "abarca a toda persona que se encuentre o pueda ser procesada o condenada por delitos o faltas acaecidos en el marco de los hechos objeto de amnistía, siempre que esté a derecho o se ponga a derecho".
Este redactado ha sido interpretado de múltiples maneras por los diputados, desencadenando el desacuerdo que llevó al diferimiento. La vicepresidenta de la comisión especial a cargo de la ley, la diputada opositora Nora Bracho, señaló ante la prensa que el pedido de diferimiento se debió precisamente a estos desacuerdos en torno al alcance del artículo 7.
Bracho argumentó que, tal como está redactado, el artículo no contempla adecuadamente la situación de muchas personas que se encuentran fuera del país o que no han sido presentadas ante la Justicia, lo cual podría dejar fuera de la amnistía a individuos que, a juicio de algunos sectores, deberían estar cubiertos por la ley.
"Queremos una ley amplia, que acoja a muchos y a quienes se sienten perseguidos", declaró la diputada tras la finalización de la sesión, reflejando la postura de quienes consideran que la normativa debe ser más inclusiva y no condicionar la amnistía a criterios que podrían excluir a personas en escenarios jurídicos particulares.
Implicancias y próximos pasos
Con la postergación de la segunda discusión, la Asamblea Nacional otorga una semana adicional para que las comisiones revisen, negocien y consensúen las redacciones pendientes, especialmente la del artículo 7. La expectativa dentro del parlamento es que, con más reuniones de consulta y diálogo interno entre las distintas bancadas, se pueda alcanzar una versión del texto que convenga a la mayoría.
Este aplazamiento no sólo pone de manifiesto las diferencias internas en torno a la interpretación de la amnistía, sino también la complejidad de abordar temas de justicia transicional, reinserción política y reconciliación democrática en el marco legal venezolano.
La próxima sesión será clave para definir si la Asamblea logra consensuar un texto que permita avanzar con la aprobación en segunda discusión de una ley que, de implementarse, tendría un impacto significativo sobre el panorama político y judicial de Venezuela.