Bullying en el Pía: la Justicia ordenó que la alumna agresora continúe en el colegio
La jueza Cecilia Mas Saadi hizo lugar a una medida cautelar y dispuso que la estudiante mantenga su condición de alumna regular de sexto año, con continuidad pedagógica a distancia. La institución deberá garantizar el acceso a clases, materiales y evaluaciones, sin contacto presencial ni comunicación directa no autorizada con la alumna afectada.

La Justicia de Catamarca resolvió que la alumna del Colegio Privado Pía Didoménico, investigada por un caso de bullying, continúe su trayectoria educativa en el mismo establecimiento, sin necesidad de ser trasladada a otra institución. La decisión fue adoptada por la jueza de Control de Garantías N° 2, Cecilia Mas Saadi, quien hizo lugar a la medida cautelar presentada por la estudiante.

A través de la resolución, la magistrada dispuso la suspensión provisional de los efectos de la disposición interna del nivel secundario que establecía la reubicación de la alumna en otro colegio y la instrumentación del correspondiente pase escolar. De esta manera, la estudiante podrá permanecer vinculada académicamente al Pía Didoménico, aunque bajo una modalidad de cursado que deberá desarrollarse de manera no presencial.

La resolución judicial establece que el establecimiento deberá mantener su condición de alumna regular de sexto año y garantizar la continuidad de sus estudios mediante una modalidad virtual, a distancia o a través de algún otro dispositivo pedagógico que no implique la asistencia presencial.

La medida tendrá vigencia hasta que se dicte una sentencia definitiva o hasta la finalización del ciclo lectivo 2026, según cuál de esas circunstancias ocurra primero.

La sanción de Educación y Trabajo contra el colegio

La decisión judicial se conoció luego de que este lunes se conociera la sanción impuesta por el Ministerio de Educación y Trabajo al establecimiento educativo. La medida administrativa consiste en seis meses sin aportes estatales, como consecuencia de una investigación que detectó fallas institucionales en el abordaje de situaciones de conflictividad entre estudiantes.

Además de la sanción económica, el colegio deberá implementar un Plan de Mejora de la Gestión Escolar, que estará bajo la supervisión del Ministerio.

En este contexto, la resolución de la jueza Mas Saadi introduce una nueva disposición sobre la situación educativa de la alumna investigada. Aunque la estudiante había sido expulsada y se había establecido su traslado a otro establecimiento, la cautelar suspende provisionalmente esa decisión interna y obliga a la institución a garantizar que pueda completar el ciclo lectivo.

La medida judicial no modifica las condiciones de protección establecidas para la estudiante afectada por los hechos que motivaron la decisión institucional. Por el contrario, la resolución contempla disposiciones específicas para que la continuidad educativa se concrete sin contacto entre ambas alumnas.

Garantizar la continuidad pedagógica

Entre las obligaciones impuestas al Instituto Privado Pía Didoménico, la magistrada estableció un plazo máximo de 24 horas desde la notificación para que se adopten las medidas académicas y organizativas necesarias para asegurar la continuidad pedagógica de la estudiante.

La institución deberá poner a disposición de la alumna todos los recursos educativos indispensables para completar el año escolar. La disposición contempla el acceso a los contenidos curriculares, materiales de estudio, actividades, clases y comunicaciones necesarias para sostener el proceso de aprendizaje.

Asimismo, el colegio tendrá que informarle de manera clara el cronograma de evaluaciones, trabajos prácticos, recuperatorios y las demás instancias académicas que permanezcan pendientes.

Estas actividades deberán desarrollarse en condiciones razonables de igualdad y de acuerdo con las exigencias curriculares correspondientes. La resolución apunta a que la modalidad no presencial permita a la estudiante cumplir con las obligaciones escolares sin que la situación judicial y las disposiciones institucionales impidan la finalización de sus estudios.

En ese marco, el establecimiento también deberá designar un referente institucional que tenga a su cargo la coordinación del proceso educativo. Esa persona será responsable de mantener informada a la alumna sobre las actividades, las instancias de evaluación y las obligaciones académicas que deberá cumplir durante el período de vigencia de la medida.

Sin contacto entre las estudiantes

Uno de los aspectos centrales de la resolución judicial está relacionado con las condiciones en las que deberá desarrollarse el cursado a distancia. La jueza estableció que la continuidad educativa de la alumna investigada deberá garantizarse sin contacto presencial ni comunicación directa no autorizada con la estudiante afectada por los hechos que dieron origen a la decisión institucional.

En consecuencia, el colegio tendrá que adoptar las medidas necesarias para resguardar la privacidad, la intimidad y la integridad de ambas estudiantes. La modalidad pedagógica que se implemente deberá contemplar estas condiciones y evitar cualquier situación que pueda derivar en un acercamiento no permitido.

La magistrada también aclaró expresamente que la cautelar no habilita a la alumna investigada a acercarse a la otra estudiante ni a establecer contacto con ella, ya sea de manera directa o indirecta. La prohibición comprende, además, la divulgación de información, imágenes o datos relacionados con la identidad de la estudiante afectada o con los hechos que se encuentran bajo investigación.