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Caso "Pelado" Leiva: el jurado popular declaró "no culpable" a Cristian Nieva

El acusado había llegado al debate imputado por homicidio simple con dolo eventual por la muerte de José "Pelado" Leiva. El jurado concluyó que Nieva no es responsable del delito que se le atribuía.

18 Septiembre de 2026 17.01

El juicio por jurados para esclarecer las circunstancias vinculadas con la muerte de José "Pelado" Leiva llegó este viernes a su conclusión en la sala de la Oficina de Gestión de Audiencias (OGA) del Poder Judicial. Luego de finalizar la recepción de testimonios, las exposiciones de los alegatos de clausura y la posterior deliberación, los 12 ciudadanos integrantes del jurado popular emitieron su veredicto y declararon "no culpable" a Cristian Nieva, único acusado en el proceso.

Nieva había llegado al debate imputado por el delito de homicidio simple con dolo eventual, en el marco de una causa que buscó determinar las responsabilidades relacionadas con un hecho ocurrido en marzo de 2024, en el barrio Cristo Rey.

Con la decisión adoptada por el tribunal popular, la acusación sostenida durante el juicio no fue considerada suficiente para establecer la responsabilidad penal del acusado por el delito que se le imputaba.

El veredicto se produjo después de una etapa de debate en la que se incorporaron testimonios y se expusieron las diferentes posiciones de las partes. Finalmente, luego de escuchar los argumentos finales y deliberar, los integrantes del jurado resolvieron desestimar la acusación del Ministerio Público Fiscal y de la querella.

El hecho

El proceso judicial tuvo como eje un episodio ocurrido en marzo de 2024 en el barrio Cristo Rey. De acuerdo con la información expuesta durante el debate, José "Pelado" Leiva sufrió una agresión física luego de cometer un presunto robo. Posteriormente, Leiva falleció el 9 de abril, y la causa de muerte consignada fue un tromboembolismo pulmonar derivado de un trauma abdominal cerrado.

Precisamente, la relación entre la agresión sufrida y el posterior fallecimiento constituyó uno de los aspectos centrales sobre los que se desarrolló el juicio. La Fiscalía sostuvo durante el debate que Cristian Nieva había sido quien propinó un golpe fatal en el abdomen, provocando una lesión que finalmente desencadenó el deceso.

La acusación planteó de esta manera la responsabilidad de Nieva en el resultado fatal y lo llevó a juicio por homicidio simple con dolo eventual. Sin embargo, esa versión fue negada tanto por la defensa como por el propio acusado.

La postura de la defensa y del acusado

Durante las audiencias, Cristian Nieva declaró y negó haber sido el autor de los golpes que recibió Leiva.

Por su parte la defensa sostuvo una versión diferente respecto de la participación del acusado en el episodio. Según esa postura, Nieva arribó al lugar cuando la persona ya se encontraba reducida, por lo que negó que hubiera sido quien produjo las lesiones que posteriormente fueron vinculadas con el fallecimiento.

De este modo, el debate judicial presentó dos posiciones contrapuestas respecto de lo ocurrido en el barrio Cristo Rey y, particularmente, sobre la participación que habría tenido Nieva en la agresión.

Por un lado, la Fiscalía sostuvo que el acusado había propinado el golpe en el abdomen que desencadenó el desenlace fatal. Por otro, la defensa y el propio Nieva rechazaron esa atribución y señalaron que el acusado llegó al lugar cuando Leiva ya había sido reducido.

Testimonios contrapuestos

La etapa probatoria del juicio estuvo marcada por la existencia de testimonios contrapuestos, que formaron parte del conjunto de elementos analizados durante el debate. A ello se sumó una cuestión procesal vinculada con una declaración de la propia víctima. La declaración que José "Pelado" Leiva brindó antes de su deceso fue excluida previamente del debate, como consecuencia de una decisión adoptada durante la audiencia de admisión de evidencias.

La medida se dispuso debido a que dicha declaración no había sido notificada oportunamente a la defensa.

Por lo tanto, esa declaración de la víctima no formó parte de los elementos que pudieron ser considerados dentro del desarrollo del juicio popular. La exclusión se había resuelto con anterioridad, durante la instancia destinada a determinar la admisión de las evidencias que serían incorporadas al proceso.

Alegatos y la deliberación

Una vez concluida la recepción de testimonios, las partes expusieron sus alegatos de clausura, instancia en la que presentaron sus argumentos finales ante el tribunal popular.

Luego de escuchar esas exposiciones, los 12 integrantes del jurado pasaron a la correspondiente etapa de deliberación. El resultado fue la declaración de "no culpable" de Cristian Nieva, con lo cual el jurado desestimó la acusación formulada tanto por el Ministerio Público Fiscal como por la querella.

La resolución de los ciudadanos integrantes del tribunal popular determinó así el cierre del debate por la muerte de Leiva y estableció que Nieva no era responsable del delito por el cual había llegado acusado al juicio.

Quiénes intervinieron en el juicio

El debate estuvo dirigido por el juez Mauricio Navarro Foressi. Por parte del Ministerio Público Fiscal intervinieron el fiscal de Cámara N°1, Alejandro Dalla Lasta, y la fiscal de Juicio, Yesica Miranda.

También participaron de las actuaciones el secretario de la Oficina de Juicio por Jurados del Ministerio Público, Dante Coronel, y el secretario de Fiscalía de Cámara, Matías Olmos.

De esta manera, después de la recepción de las pruebas, los testimonios, los alegatos finales y la deliberación de los 12 ciudadanos que integraron el jurado popular, el proceso llegó a su conclusión con un veredicto de no culpabilidad para Cristian Nieva.

La decisión puso fin al debate judicial iniciado para esclarecer la muerte de José "Pelado" Leiva, ocurrida el 9 de abril luego del episodio de agresión registrado en marzo de 2024 en el barrio Cristo Rey.