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Caso Rojas: la Justicia rechazó el pedido de nulidad y avaló el ateneo médico

El juez de Control de Garantías N.° 3 de Córdoba desestimó el planteo presentado por la querella y confirmó la validez del ateneo médico forense. La resolución sostiene que el procedimiento cumplió con las formalidades legales, pese a los inconvenientes técnicos registrados durante su desarrollo.

Juan Carlos Rojas
Juan Carlos Rojas

4 Agosto de 2026 00.00

La investigación por la muerte del exministro de Desarrollo Social Juan Carlos Rojas, ocurrida en 2022, sumó una nueva resolución judicial luego de que el Juzgado de Control de Garantías N.° 3 de Córdoba rechazara el pedido de nulidad absoluta presentado por la querella contra el ateneo médico forense realizado en el marco de la causa.

La decisión fue adoptada por el juez Lucas Vaccaroni, quien resolvió desestimar el planteo impulsado por el abogado Iván Sarquís, representante legal de Natalia Rojas, hija del exfuncionario.

Con esta resolución, el magistrado consideró válido el procedimiento desarrollado el 13 de marzo de 2026, así como las conclusiones y dictámenes elaborados durante esa junta médica, una instancia considerada de especial relevancia para el avance de la investigación.

El planteo de la querella

La solicitud de nulidad había sido presentada durante el mes de abril por el abogado Iván Sarquís. El escrito solicitaba la nulidad absoluta del acta de procedimiento del ateneo médico forense, además de todas las conclusiones alcanzadas durante esa reunión interdisciplinaria.

Entre los argumentos expuestos, la querella sostuvo que durante el desarrollo del encuentro existieron "graves irregularidades" que vulneraron principios fundamentales del proceso judicial.

Según el planteo, esas presuntas deficiencias afectaron:

  • El derecho de defensa.
  • La igualdad de condiciones procesales.
  • El debido proceso.

Para la representación de la familia de Juan Carlos Rojas, el ateneo constituía el acto pericial más importante de toda la investigación, debido a que sus conclusiones podían aportar elementos determinantes para sostener la hipótesis de homicidio promovida por la querella.

Los problemas técnicos durante la reunión

Uno de los principales fundamentos del pedido de nulidad estuvo relacionado con los inconvenientes técnicos registrados durante el desarrollo del ateneo.

Sarquís explicó que tanto él como el perito de parte participaron de la reunión de manera virtual y que experimentaron graves problemas de audio, situación que, según afirmó, les impedía escuchar el intercambio entre los especialistas.

De acuerdo con la presentación judicial, esos inconvenientes impidieron que el perito pudiera intervenir activamente en el debate científico y participar en la elaboración de las conclusiones finales.

El abogado sostuvo además que el fiscal de la causa, Hugo Costilla, reconoció en el acta del procedimiento que los problemas respondían a la insuficiencia del equipamiento técnico utilizado durante el desarrollo del encuentro. Pese a esa situación, la reunión no fue suspendida ni reprogramada.

Los cuestionamientos dirigidos a la Fiscalía

En su presentación, la querella también cuestionó la actuación del Ministerio Público Fiscal. Sarquís afirmó que la Fiscalía, como autoridad responsable de dirigir el procedimiento, incumplió su obligación de garantizar una infraestructura técnica adecuada para asegurar la participación remota de todas las partes involucradas.

Desde esa perspectiva, sostuvo que las deficiencias registradas durante el encuentro provocaron un perjuicio concreto para la posición de la querella. Según argumentó, la falta de participación efectiva del perito de parte derivó en conclusiones que perjudican directamente la hipótesis de homicidio sostenida por la familia del exministro y, al mismo tiempo, favorecen la posibilidad de un accidente.

Las conclusiones cuestionadas por la querella

Uno de los aspectos centrales del planteo estuvo relacionado con el contenido de las conclusiones alcanzadas durante el ateneo médico. De acuerdo con la presentación de la querella, los especialistas concluyeron que la agresión, la caída accidental o una caída producida tras un forcejeo resultan escenarios igualmente posibles.

A ello se agregó, según el escrito, la existencia de un deficiente trabajo criminalístico en el lugar del hecho.

El abogado sostuvo que el perito de parte contaba con argumentos científicos específicos para orientar las conclusiones hacia la hipótesis de homicidio. También manifestó que el resultado del ateneo resultó adverso para la posición de la querella en distintos aspectos relevantes de la investigación.

Entre ellos mencionó:

  • La etiología de la muerte.
  • La lesión craneal mortal.
  • El hematoma palpebral izquierdo.
  • La secuencia cronológica de las lesiones.
  • La contaminación de la escena del hecho.

La respuesta del fiscal Hugo Costilla

Los cuestionamientos formulados por la querella fueron rechazados por el fiscal Hugo Costilla. Según consta en la resolución judicial, el representante del Ministerio Público sostuvo que la presentación de la querella contenía errores de interpretación.

Además, acusó a la representación de la familia de haber incurrido en incumplimientos y demoras durante el desarrollo del proceso. Estos argumentos fueron incorporados al análisis realizado por el juez antes de emitir su resolución.

Los fundamentos de Vaccaroni

Al resolver el planteo, el juez Lucas Vaccaroni concluyó que el procedimiento cuestionado cumplió con todas las exigencias previstas por la ley.

En su resolución, sostuvo que el acta del procedimiento del ateneo reúne todas las formalidades legales y destacó que todos los profesionales que participaron conocían previamente la modalidad en la que se desarrollaría la junta médica.

El magistrado reconoció que durante el encuentro existieron "inconvenientes técnicos de sonido involuntarios".

Sin embargo, consideró que esa circunstancia no resultó suficiente para declarar la nulidad del procedimiento. En ese sentido, explicó que, si bien el perito de parte no pudo expresarse de manera directa durante el debate, sí logró hacerlo mediante el envío de mensajes de audio a través de WhatsApp, mecanismo por el cual emitió su opinión sobre los temas analizados.

Para el juez, esa circunstancia permitió considerar que el profesional pudo participar del procedimiento.

Un llamado a mantener la ética procesal

Además de rechazar el planteo de nulidad, el magistrado incorporó una reflexión dirigida tanto al Ministerio Público Fiscal como a la representación de la querella.

En los fundamentos de su resolución pidió a ambas partes que ajusten su actuación procesal conforme a "los más elevados estándares de ética que rige nuestra profesión y el debido respeto a las instituciones republicanas, en este caso del Poder Judicial".

Ese llamado quedó incorporado dentro de la resolución que confirmó la validez del ateneo médico y rechazó el pedido presentado por la querella.