Condenan a tres años y un mes de prisión efectiva a un sujeto por abuso sexual simple
La víctima tenía entre cinco y seis años cuando ocurrieron los hechos y la denuncia fue realizada en 2023 por la directora de la escuela a la que asistía. La Justicia impuso una pena de cumplimiento efectivo.

El juez correccional N°1, Marcelo Forner, declaró culpable a un hombre por el delito de "abuso sexual simple continuado" y resolvió imponerle una pena de tres años y un mes de prisión de cumplimiento efectivo.

La decisión fue adoptada luego del desarrollo del juicio, instancia en la que se analizaron los hechos por los cuales el acusado llegó a esta etapa judicial. La resolución estableció no solo la responsabilidad penal y la pena de prisión, sino también una medida vinculada con el tratamiento que deberá recibir el condenado durante su permanencia en el sistema penitenciario.

En ese sentido, el magistrado dispuso que, dentro del tratamiento penitenciario, el condenado reciba abordaje psicológico relacionado con la naturaleza de los hechos. La medida forma parte de las disposiciones establecidas junto con la pena de cumplimiento efectivo.

El fallo fija así una condena de tres años y un mes de prisión, luego de que durante el proceso judicial se formularan distintos planteos respecto de la responsabilidad del acusado y de la pena que correspondía aplicar.

La acusación del Ministerio Público Fiscal

Durante el juicio, la fiscal correccional N°1, Cinthia Romero, mantuvo la acusación contra el hombre y solicitó una pena superior a la finalmente establecida por el juez. El pedido formulado por la representante del Ministerio Público Fiscal fue de tres años y cuatro meses de prisión efectiva. De esta manera, la pretensión de la Fiscalía se ubicó tres meses por encima de la pena finalmente impuesta por el magistrado.

La acusación sostenida durante el debate estuvo vinculada con el delito de abuso sexual simple continuado, calificación bajo la cual Forner declaró culpable al acusado.

Junto con la postura de la Fiscalía se sumó la intervención de la asesora de Menores, Daniela Faerman, quien adhirió al pedido realizado por el Ministerio Público Fiscal. Su posición coincidió, por lo tanto, con la solicitud de una pena de tres años y cuatro meses de prisión de cumplimiento efectivo.

En el otro extremo de las posiciones expresadas durante el juicio se ubicó la defensa particular, que solicitó la absolución del acusado. De este modo, las partes sostuvieron planteos diferentes respecto del resultado que debía tener el proceso: mientras la Fiscalía mantuvo la acusación y reclamó una condena de tres años y cuatro meses, la asesora de Menores adhirió a esa solicitud y la defensa pidió la absolución. Finalmente, el juez resolvió declarar culpable al hombre y fijar una pena de tres años y un mes de prisión efectiva.

El caso

Los hechos por los cuales se produjo la condena ocurrieron entre 2016 y 2017, cuando la víctima tenía entre cinco y seis años.

El paso del tiempo entre el período en que ocurrieron los hechos y la presentación de la denuncia constituye uno de los datos centrales incorporados a la información del caso. La denuncia fue realizada recién en 2023, y estuvo a cargo de la directora de la escuela a la que asistía la víctima.

Así, los hechos investigados judicialmente se remontan a varios años antes de que se efectuara la denuncia. Entre 2016 y 2017, la víctima era una niña de entre cinco y seis años, mientras que la presentación que dio lugar a la denuncia se produjo en 2023.

La información proporcionada establece de manera expresa esa secuencia temporal: primero se ubican los hechos, ocurridos durante 2016 y 2017; posteriormente, en 2023, se concretó la denuncia por parte de la directora de la institución educativa a la que concurría la víctima.

Una condena con tratamiento psicológico

Además de establecer la pena de tres años y un mes de prisión efectiva, el juez Marcelo Forner incorporó una disposición específica respecto del tratamiento penitenciario del condenado.

La resolución ordena que durante ese tratamiento reciba abordaje psicológico relacionado con la naturaleza de los hechos. La medida acompaña la condena y establece una intervención vinculada directamente con el delito por el cual fue declarado culpable.

La disposición queda integrada de este modo al cumplimiento de la pena impuesta por el juzgado Correccional N°1, que determinó la responsabilidad del acusado y fijó el tiempo de prisión efectiva.