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Condenaron a 9 años de prisión a un hombre por dos hechos de abuso sexual

La jueza directora, Dra. Patricia Raquel Olmi, resolvió imponer la pena de prisión efectiva por abuso sexual con acceso carnal calificado por el vínculo y la convivencia preexistente. El proceso estaba previsto inicialmente para ser gestionado mediante juicio por jurados.

1 Octubre de 2026 13.12

En horas de la mañana se concretó la audiencia en la que se homologó un acuerdo judicial y se resolvió la condena de un hombre en el marco de una causa por dos hechos de abuso sexual.

La audiencia fue presidida por la jueza directora, Dra. Patricia Raquel Olmi, quien, tras la presentación del convenio suscripto por las partes, resolvió condenar al imputado a 9 años de prisión efectiva.

La calificación legal establecida para los hechos corresponde a abuso sexual con acceso carnal calificado por el vínculo y la convivencia preexistente, en ambos casos en concurso real y en calidad de autor. La resolución se produjo luego de que las partes acordaran modificar el procedimiento inicialmente previsto para el desarrollo de la causa.

El acuerdo fue presentado por las partes

Durante la audiencia, el convenio fue presentado y suscripto por ambas partes, dando lugar al procedimiento que finalmente derivó en la condena. En representación del Ministerio Público intervino el Dr. Miguel Andrés Mauvecin, mientras que el imputado participó de la audiencia acompañado por su defensor oficial, Dr. Efraín Morcos, quien se desempeña como abogado de la Defensoría Oficial Penal N° 4.

La participación de las partes permitió avanzar con el acuerdo y someterlo a consideración de la jueza directora, quien finalmente resolvió su homologación y estableció la pena correspondiente.

El juicio por jurados que no fue

La causa presentaba inicialmente otro recorrido procesal. El proceso se encontraba previsto para ser gestionado mediante juicio por jurados, por lo que la resolución adoptada durante la jornada implicó un cambio en la modalidad prevista para su tratamiento.

Para esta jornada estaba programada la audiencia de admisión de evidencia, instancia contemplada dentro de la preparación del proceso que debía avanzar hacia el juicio por jurados. Sin embargo, antes de que esa instancia se desarrollara conforme al esquema originalmente establecido, las partes solicitaron el cambio de procedimiento a juicio abreviado.

La solicitud modificó el curso previsto para la causa y permitió que el expediente fuera resuelto mediante el acuerdo presentado ante la magistrada.

La condena y su calificación

La resolución estableció una pena de 9 años de prisión efectiva para el imputado. La condena corresponde a los dos hechos de abuso sexual contemplados en la causa y fue establecida bajo una calificación que incorpora el acceso carnal y las circunstancias vinculadas con el vínculo y la convivencia preexistente.

La pena fue dispuesta por la Dra. Patricia Raquel Olmi, quien presidió la audiencia y tuvo a su cargo la resolución del acuerdo.

Del juicio por jurados al juicio abreviado

El cambio de procedimiento constituye uno de los aspectos centrales de la jornada, dado que la causa tenía previsto avanzar hacia un juicio por jurados. La audiencia que debía realizarse era la de admisión de evidencia, pero la decisión conjunta de las partes de solicitar un juicio abreviado modificó ese recorrido procesal.

De esta manera, en lugar de continuar con las instancias preparatorias previstas para el juicio por jurados, el acuerdo fue puesto a consideración de la jueza directora. Luego de la presentación y suscripción del convenio, la magistrada resolvió homologarlo y estableció la condena de 9 años de prisión efectiva.

El imputado estuvo presente durante la audiencia acompañado por su defensor oficial, mientras que por el Ministerio Público intervino el Dr. Miguel Andrés Mauvecin.