El tío abusador fue condenado a 11 años de prisión de cumplimiento inmediato
Tras ser declarado culpable en un juicio por jurados, el acusado recibió este martes la pena de prisión efectiva por abuso sexual con acceso carnal doblemente agravado. La fiscalía había pedido entre 12 y 20 años, pero el tribunal fijó la condena en un año menos del mínimo esperado.

El caso que conmocionó a la comunidad llegó este martes a una definición judicial. El hombre declarado culpable la semana pasada por abusar sexualmente de su sobrina cuando ella tenía 15 años fue finalmente condenado a 11 años de prisión de cumplimiento efectivo, una pena que se conoció durante la audiencia de cesura. La resolución se dictó a pocos días del veredicto del juicio por jurados, en el que los ciudadanos convocados coincidieron —de forma unánime— en la responsabilidad penal del acusado.

La expectativa inicial de pena rondaba entre 12 y 20 años de prisión efectiva, según habían adelantado fuentes del Ministerio Público Fiscal. Ese era también el escenario que enfrentaba el condenado, quien escuchó el veredicto tras un extenso proceso en el que se evaluaron testimonios, informes periciales y pruebas documentales. Sin embargo, al momento de la fijación de la pena, el tribunal determinó una condena de 11 años, un año por debajo del mínimo previsto dentro del rango estimado por la fiscalía.

El sujeto fue encontrado culpable del delito de abuso sexual con acceso carnal doblemente agravado, agravantes que se aplicaron por su condición de encargado de la guarda de la adolescente y por el grave daño en la salud mental de la víctima, constatado mediante pericias psicológicas. La joven, hoy mayor de edad, brindó su testimonio en una instancia protegida y fue acompañada durante todo el proceso judicial por equipos especializados.

De acuerdo con lo establecido por el tribunal, la pena será de cumplimiento inmediato. Tras darse a conocer la sentencia, se ordenó el traslado del condenado al penal, dejando sin efecto cualquier posibilidad de que permaneciera en libertad mientras se resolvían eventuales recursos. El hombre, que hasta entonces había transitado parte del proceso bajo medidas restrictivas pero sin prisión efectiva, fue esposado en la sala y puesto bajo custodia del Servicio Penitenciario.

Durante la audiencia de cesura, la fiscalía insistió en la gravedad del daño ocasionado a la víctima, destacando no solo la naturaleza del delito sino el vínculo de familiaridad y confianza que el condenado explotó para concretar los abusos. Señalaron también que las consecuencias psicológicas sufridas por la joven fueron "profundas y permanentes", lo que justificaba una pena dentro del tramo más alto previsto para este tipo de delitos.

La defensa, por su parte, intentó plantear atenuantes vinculados a la historia personal del acusado y a su comportamiento durante el proceso, pero estos argumentos no fueron suficientes para reducir significativamente la pena. El tribunal, al fundamentar su decisión, remarcó la necesidad de una sanción proporcional a la gravedad de los hechos y a la posición de poder que ejercía el agresor.