Histórico: deberá pagar $30 millones por llamar a su ex pareja "cornudo"
La Justicia sancionó una campaña sistemática de hostigamiento digital que afectó la salud mental y la carrera de un agente policial. El fallo marca un precedente clave contra la impunidad en redes.

La Justicia de La Rioja dictó una sentencia considerada histórica al condenar a una mujer a pagar 30 millones de pesos por difamar a su ex pareja a través de redes sociales. El caso se convirtió en un punto de inflexión en la jurisprudencia argentina al abordar, con alcance concreto, el fenómeno del escrache digital mediante perfiles personales y falsos.

La decisión judicial pone fin a una situación de hostigamiento sistemático que se originó tras la ruptura de la relación sentimental entre ambas partes, ocurrida durante la pandemia. Según se determinó, la conducta de la mujer estuvo motivada exclusivamente por la negativa a aceptar el fin del vínculo.

La abogada del damnificado, la doctora Celeste Maidana, explicó que el fallo constituye un precedente relevante no solo para La Rioja, sino para todo el país, al no existir antecedentes con semejante nivel de viralización y gravedad en casos de difamación digital.

El alcance de la difamación y los ataques

El expediente judicial acreditó que la mujer llevó adelante una campaña persistente de publicaciones ofensivas, utilizando tanto su perfil personal como cuentas falsas. En ese contexto, el damnificado fue objeto de insultos reiterados y acusaciones sin sustento.

Entre las expresiones utilizadas se encuentran:

  • "Estafador"
  • "Chizito"
  • "Cornudo"
  • "Pito corto"

Estas publicaciones no solo tuvieron un alcance masivo, sino que además incluyeron la difusión de información sensible, como imágenes del domicilio del agente, lo que profundizó el nivel de exposición y vulnerabilidad.

Consecuencias personales y profesionales

El impacto del hostigamiento digital fue significativo en múltiples aspectos de la vida del damnificado, quien se desempeña como agente de la policía provincial.

En el plano personal, las agresiones derivaron en una situación crítica de salud mental. El afectado debió solicitar una carpeta psiquiátrica como consecuencia directa de la presión constante generada por las publicaciones.

En el ámbito laboral, la situación se agravó a partir de una denuncia por violencia de género iniciada por la mujer, que posteriormente fue archivada por inexistente. Sin embargo, la denuncia derivó en un sumario administrativo que afectó su carrera profesional y provocó la paralización de su ascenso durante tres años.

A esto se sumó una carga económica adicional, ya que el agente se vio obligado a contratar defensa legal para enfrentar procesos que, según se acreditó, tenían como objetivo perjudicarlo.

Las medidas de reparación impuestas

El fallo no solo establece una indemnización económica, sino que también incorpora una serie de medidas orientadas a la reparación pública del daño causado. En ese sentido, la Justicia dispuso:

  • Eliminación total de contenido: la mujer deberá borrar todas las publicaciones, insultos e injurias difundidas.
  • Publicación del fallo: deberá compartir el texto completo de la sentencia en su perfil personal y en todos los perfiles falsos involucrados.
  • Difusión institucional: la Función Judicial publicará el fallo en su página de prensa oficial.

Además, se estableció que, en caso de incumplimiento del pago de la indemnización, se procederá al embargo de sueldo y bienes de la condenada.

Un precedente 

La sentencia fue interpretada como un mensaje contundente frente al uso indebido de las plataformas digitales para dañar la reputación de terceros. Según sostuvo la abogada Celeste Maidana, el fallo representa un "freno a este tipo de escraches en redes sociales", marcando un límite claro entre la libertad de expresión y la difamación.

El caso expone cómo el entorno digital puede amplificar conflictos personales hasta niveles que generan consecuencias concretas en la vida real. En este contexto, la resolución judicial subraya que las acciones en redes sociales tienen responsabilidad legal cuando afectan derechos individuales.