La defensa se opuso a la acusación de “no tener perspectiva de género”

Al finalizar los alegatos de las partes, en la última audiencia del juicio oral en el que finalmente fue condenado Pablo Cornejo a cinco años de prisión por abuso sexual simple agravado por el grave daño en la salud mental de la víctima, la abogada Querellante de la familia de la niña víctima “cargó” contra Cornejo por cómo se refirió a la niña y a su familia y también contra su abogado, el Dr. Victor García, quien era acusado, en declaraciones brindada a LA UNIÓN, de “no tener perspectiva de género” durante la audiencia.
Al respecto, el letrado le respondió e hizo algunas aclaraciones en relación a por qué no estuvo presente al momento del dictado de la sentencia, remarcando que en el recinto estuvo la codefensora de Cornejo.


Respecto del fallo dictado en la Cámara en lo Criminal de Primera Nominación de Pablo Cornejo señaló que “No estuve presente porque coincidía con la lectura del fallo de Romero Tomassi, de homicidio culposo -juicio que se desarrollaba en paralelo en el Juzgado Correccional N 2-.  Lamentablemente, no me dieron los tiempos. Cuando llegué ya se habían retirado, es decir, que no es por ningún otro tipo de situación”.


También agregó: “Quiero referirme que yo no dije que no haya perspectiva de género. No hablé nunca de perspectiva. Yo creo que el género debe estar siempre. Lo que sucede es que estamos juzgando una causa que tiene su origen hace exactamente ocho años atrás y la perspectiva de género u oportunidad de género o lo que tuviera relación con género, en ese momento, solo me referí a esa función de esa situación”.


“La Dra. Barrientos actuó siempre en la causa con un poder que no era el que correspondía ya que era un poder general para juicio sin cláusula especial para la constitución de querellante particular. Cuando me notifican de ese poder, el subscrito planteo y el tribunal con muy buen tino plantea un plazo para que ella presente ese poder cuando debería haber sido excluida del debate y haberse declarado nulidades en todo el procedimiento que ella actuó (?). Sin embargo, el tribunal justamente para que no perdiera el derecho la presunta víctima, hasta ese momento, dio plazo de 48 horas para que se adjuntara ese poder y no me opuse. Como puedo ser, entonces, acusado de que no tengo perspectiva de género; si tuve toda la posibilidad de oponerme a esta situación y; sin embargo, la misma -por la abogada- 48 horas después acerco un poder que debería haber traído tres o cuatro años atrás”, explicó García.


Así también, dijo que “entonces, no puede endilgarme a mí su irresponsabilidad en otras situaciones y prácticamente hoy, que nos encontramos ante situaciones procesales que tiene que ver con perspectiva de género decir muy tranquilo que yo no tengo perspectiva de género”.


Finalmente, el letrado explicó “Yo sí hablé al respecto que es imposible, y también dije que la perspectiva de género colisiona con el estado de inocencia del imputado. Eso es lo que la Justicia tiene que discernir. La condena no está firme, no se conoce los fundamentos, pero eso es lo que se dio dentro del plenario y ella debió haber sido excluida del debate, pero el tribunal dispuso, y reitero, yo no me opuse en ningún momento a esa resolución del tribunal, justamente ese error procesal no hubiera ocasionado el perjuicio, a quien este momento hubiera resultado víctima de todo esto”.