La solicitud de los abogados del ex líder de las bandas Viejas Locas e Intoxicados, Cristian "Pity" Álvarez, apuntaba a cancelar las 11 audiencias del debate cuyo inicio está pautado para el próximo lunes 10 de agosto. Para fundamentar este pedido, la defensa se basó en el artículo 353 del Código Procesal Penal, argumentando que dicha normativa impediría el comienzo del proceso judicial por el crimen de un hombre identificado como Cristian Díaz, ocurrido el 18 de julio de 2018 en el barrio Samoré de Villa Lugano, según informó el portal Fiscales.
Frente a este escenario, el fiscal Sandro Abraldes, quien se encuentra interinamente a cargo de la Fiscalía General, consignó formalmente que el planteo de los letrados no puede ser aceptado por los jueces intervinientes. Su argumento central sostiene que el juicio "se trata del escenario para resolver definitivamente las controversias existentes (...)", priorizando de este modo la realización del debate por sobre los recursos interpuestos por la representación legal del músico.
El alcance normativo del debate y el análisis fiscal
Para desestimar la pretensión de la defensa, el fiscal Abraldes profundizó en la interpretación legal del artículo invocado. El funcionario argumentó detalladamente que el artículo citado por los abogados funciona exclusivamente para los recursos presentados durante la etapa de instrucción que se encuentran pendientes de resolución al momento en que el caso es elevado a juicio.
En su explicación técnica, Abraldes remarcó los siguientes aspectos sobre la normativa procesal:
El artículo en cuestión da cuenta de que la existencia de una vía recursiva pendiente "podrá obstar" a la fijación de la audiencia prevista en el artículo 359.
Incluso bajo ese supuesto, la cuestión no puede ser concebida bajo ningún punto de vista como una prohibición legal de avanzar con el proceso.
Por el contrario, la norma debe interpretarse como una facultad jurisdiccional que otorga a los magistrados la potestad de fijar —o no— el debate oral.
De esta manera, la fiscalía desarticula la lectura restrictiva que la defensa intentó imponer sobre el Código Procesal Penal para frenar la convocatoria de los magistrados.
Antecedentes judiciales y el derrotero procesal del músico
El historial judicial de Cristian "Pity" Álvarez acumula diversos hitos y dilaciones temporales marcados tanto por la gravedad de las imputaciones como por su estado de salud mental. El músico había sido detenido en julio de 2018 tras confesar el crimen de Cristian Díaz en el barrio Samoré de Villa Lugano. Si bien el debate oral en su contra estaba inicialmente previsto para comenzar tres años después de su captura, el proceso quedó completamente frenado cuando el Cuerpo Médico Forense concluyó que el cantante presentaba una incapacidad mental que le impedía ser juzgado debido a su cuadro psiquiátrico.
A raíz de este diagnóstico, en el año 2021 se suspendió por primera vez el juicio en su contra. Posteriormente, se fijó una nueva fecha de inicio del debate oral para el año 2023; sin embargo, en marzo de ese año, el proceso se volvió a caer debido a las mismas complicaciones vinculadas a su estado de salud.
Además de los hechos ocurridos en Villa Lugano, la situación judicial de Álvarez contempla otro frente de acusación: el músico está formalmente acusado de amenazar, agredir y privar ilegítimamente de la libertad a su manager y amiga en un hecho registrado en noviembre de 2016. Con la postura firme de la fiscalía ratificada ante los Tribunales Orales, el proceso judicial se mantiene a la espera de la resolución definitiva sobre el inicio de las audiencias programadas.