La Justicia anuló las elecciones de la UOM e intervino el gremio
La Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo desplazó a Abel Furlán y dispuso un nuevo proceso electoral en la Unión Obrera Metalúrgica. La decisión responde a irregularidades denunciadas en la seccional Campana.

La Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo tomó una decisión histórica al anular la elección nacional de la Unión Obrera Metalúrgica (UOM) y desplazar de su cargo al secretario general, Abel Furlán, quien había sido reelecto en los comicios impugnados. La medida, dictada por la Sala VIII del tribunal laboral, implica también la intervención judicial del gremio por 180 días, período en el que se deberán realizar nuevas elecciones.

La resolución judicial no solo afectó la elección nacional celebrada el 18 de marzo, sino que declaró nulos los comicios de la seccional Campana, que habían generado la causa presentada por la Lista Naranja, fuerza opositora que denunció irregularidades en el proceso electoral desarrollado entre el 2 y el 4 de marzo de 2026.

Según el fallo, las elecciones de Campana y las nacionales eran "inescindibles", lo que significa que la invalidez de la primera arrastró automáticamente la nulidad de la segunda. El juez de Cámara Víctor Arturo Pesino, en su voto, afirmó categóricamente: "Si una es nula, también la otra lo es", postura a la que adhirió la magistrada María Dora González.

Cesación de autoridades y efectos institucionales

La Cámara ordenó el cese inmediato de Furlán como secretario general nacional, junto con el resto de las autoridades electas en marzo. Asimismo, dejó sin efecto las designaciones realizadas por esa conducción desde su asunción, generando un vacío institucional significativo dentro de la organización.

El tribunal declaró la acefalía de la UOM y designó como interventor judicial al abogado Alberto Biglieri, quien tendrá la responsabilidad de convocar a nuevas elecciones en un plazo de 180 días. Esta medida busca garantizar un nuevo proceso electoral transparente y seguro, según la propia sentencia.

Principales irregularidades detectadas

El fallo identificó vulneraciones graves al proceso democrático interno de la UOM, entre las que se destacan:

  • La custodia de las urnas durante tres jornadas consecutivas sin la realización de escrutinios provisorios diarios.
  • La falta de garantías suficientes de inviolabilidad del voto, que comprometieron la objetividad del proceso.
  • El almacenamiento de las urnas bajo custodia de la conducción oficialista en la sede sindical de Campana, considerado por los jueces como una práctica "inaceptable e irrazonable".
  • La exigencia a los opositores de "pernoctar" en la sede sindical para controlar la votación, medida que el tribunal calificó como improcedente.
  • El silencio de la Junta Electoral local y nacional frente a las denuncias presentadas por la Lista Naranja.
  • La desobediencia por parte de la UOM a la medida cautelar del 17 de marzo, que suspendía la elección nacional prevista para el día siguiente. El tribunal subrayó que el sindicato "prefirió desoír a esta Sala y seguir adelante".

Justificación de la intervención judicial

Los magistrados argumentaron que la intervención judicial es esencial para restaurar la legalidad institucional del sindicato. En el fallo se remarcó que:

"La intervención judicial (...) no es un acto discrecional que busca limitar la autonomía sindical, sino una respuesta judicial que se alza como el único remedio posible para restaurarla".

La medida, además de garantizar un proceso electoral transparente, pretende proteger la voluntad de los afiliados y evitar la repetición de irregularidades que afecten la representatividad de la UOM.

Con la nulidad de las elecciones y la intervención judicial, la UOM atraviesa un momento crítico en su historia reciente, marcado por cuestionamientos a la transparencia electoral y la conducción del oficialismo. Durante los próximos 180 días, el abogado Alberto Biglieri deberá organizar un nuevo proceso comicial, con estrictas garantías de seguridad y escrutinio.

La decisión del tribunal pone en evidencia la vigilancia judicial sobre la democracia interna de los sindicatos, y establece un precedente sobre la responsabilidad de las autoridades gremiales y las juntas electorales frente a denuncias de irregularidades. Para la Lista Naranja y otros sectores opositores, la resolución representa un hito de reconocimiento de sus reclamos, mientras que para la conducción desplazada supone un retroceso institucional y político significativo.