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Maltrato infantil y polémica: cuál fue el descargo de la Justicia de Catamarca

El Poder Judicial explicó las actuaciones realizadas en torno al caso que tomó estado público en las últimas horas. Además, detalló las medidas preventivas adoptadas, aclaró las competencias de los organismos intervinientes y pidió preservar la identidad del menor.

30 Julio de 2026 13.11

El Poder Judicial de Catamarca difundió este jueves un comunicado oficial con el objetivo de aclarar el alcance de las intervenciones realizadas en el caso de un niño de tres años, cuya situación familiar adquirió notoriedad pública durante las últimas horas.

A través del Departamento de Comunicación Judicial, el organismo explicó que los Juzgados de Familia no ordenaron una medida de recuperación o restitución del menor respecto de su madre por presuntos malos tratos, precisando así uno de los aspectos que había generado repercusión tras la difusión del caso.

La aclaración se produjo en el marco de una causa en la que existen diversas actuaciones judiciales vinculadas al grupo familiar y en la que intervienen distintos organismos con competencias específicas. Según informó el comunicado, es en el Fuero de Familia donde se tramitan diferentes actuaciones relacionadas con el grupo familiar.

Se señala que estas intervenciones comenzaron a partir de denuncias presentadas por distintos integrantes de la familia, situación que motivó la actuación de los juzgados competentes. De acuerdo con la información oficial, frente a cada una de las presentaciones realizadas se dispusieron medidas preventivas y de protección, además de la intervención de los organismos correspondientes para abordar las distintas situaciones planteadas.

El Poder Judicial remarcó que las actuaciones desarrolladas forman parte del procedimiento previsto para este tipo de casos y que cada denuncia recibida fue objeto de análisis y de la adopción de medidas de resguardo.

Las medidas preventivas adoptadas

El comunicado detalló una serie de intervenciones dispuestas en el marco de las actuaciones judiciales. Entre las medidas mencionadas se encuentran:

  • Prohibiciones de acercamiento.
  • Intervenciones de la Asesoría de Menores.
  • Evaluaciones del Equipo Técnico Forense.
  • Intervenciones del área de Salud Mental del Hospital San Juan Bautista.
  • Evaluaciones del Centro Integral de Salud.
  • Derivaciones a la Secretaría de Familia.
  • Intervención del Sistema de Protección.

El Poder Judicial indicó que todas estas actuaciones fueron ordenadas conforme a las distintas denuncias incorporadas al expediente y en función de la necesidad de adoptar medidas preventivas destinadas a resguardar la situación del niño.

Medidas tras la difusión de videos en redes sociales

Otro de los aspectos abordados en el comunicado oficial se refiere a la circulación de videos relacionados con el conflicto familiar. Según informó el Departamento de Comunicación Judicial, luego de la difusión de esas imágenes en redes sociales se dispuso la implementación de perímetros digitales respecto de ambos progenitores.

La finalidad de esa decisión fue resguardar al niño y evitar una mayor exposición pública de su situación personal y familiar. La medida se enmarca dentro de las acciones preventivas destinadas a proteger la intimidad del menor frente a la amplia difusión que alcanzó el caso.

La denuncia presentada por el padre

En relación con la presentación más reciente realizada por el padre del niño, el Poder Judicial informó que el Juzgado de Familia de turno adoptó nuevas medidas preventivas. Entre ellas dispuso la exclusión del conviviente de la progenitora, la realización de nuevas evaluaciones y la adopción de otras medidas de resguardo.

No obstante, se aclaró expresamente que esas decisiones poseen carácter preventivo y que no implican que los hechos denunciados se encuentren acreditados. Con esa precisión, el Poder Judicial buscó diferenciar las medidas cautelares adoptadas durante la investigación de una eventual acreditación de los hechos denunciados.

Sobre las competencias

En otro tramo del comunicado se explicó cuál es el alcance de las competencias que corresponden al Poder Judicial en este tipo de situaciones. Según se indicó, la protección de niños, niñas y adolescentes no constituye una responsabilidad exclusiva de la Justicia, sino que también involucra al Sistema de Protección y a la Secretaría de Familia, ambos organismos dependientes del Poder Ejecutivo.

En ese sentido, el organismo explicó que los Juzgados de Familia tienen la facultad de dictar medidas judiciales de protección, ordenar evaluaciones y disponer la intervención de los organismos competentes.

En cambio, las decisiones relacionadas con el seguimiento administrativo y con la definición del ámbito de cuidado del niño corresponden al Sistema de Protección.

Ahora y de acuerdo con la información difundida, el Sistema de Protección intervino recientemente para evaluar distintas alternativas respecto del cuidado inmediato del menor. En ese contexto, la justicia local señaló que se habría acordado la permanencia del niño junto a integrantes de su familia extensa, precisando que esa determinación no fue ordenada por una jueza del Fuero de Familia.

Finalmente, el Poder Judicial formuló un pedido dirigido a los medios de comunicación para que se preserve la identidad, la intimidad y la imagen del niño.

En ese marco, solicitó evitar la difusión de datos que permitan identificar al menor o que contribuyan a profundizar su exposición pública, reafirmando la necesidad de resguardar sus derechos durante el desarrollo de las actuaciones vinculadas con el caso. El comunicado difundido este jueves tuvo como propósito explicar el alcance de la intervención judicial, detallar las medidas preventivas adoptadas y precisar las competencias de cada uno de los organismos que participan en la protección y el seguimiento de la situación familiar del niño.