Autorizan a "Chiqui" Tapia a viajar a Paraguay en plena investigación por evasión
El presidente de la AFA podrá salir del país entre el 18 y el 20 de marzo para participar de un sorteo de la Conmebol. La autorización judicial quedó condicionada a una caución de $30 millones mientras el juez define su situación procesal.

La Justicia en lo Penal Económico autorizó al presidente de la Asociación del Fútbol Argentino (AFA), Claudio "Chiqui" Tapia, a salir del país entre el 18 y el 20 de marzo para viajar a Paraguay y participar del sorteo de competiciones organizado por la Confederación Sudamericana de Fútbol (Conmebol).

La decisión fue adoptada por el juez Diego Amarante, quien interviene en la causa judicial que investiga al dirigente por presunta retención indebida de aportes de la seguridad social. Como condición para conceder el permiso, el magistrado dispuso que Tapia deposite una caución de $30 millones.

El viaje se producirá en un momento procesal clave para el expediente, ya que la investigación se encuentra en una etapa decisiva en la que el juez deberá determinar la situación judicial del titular de la AFA y de otros dirigentes vinculados al caso.

Una causa que se acerca a una definición

La autorización para el viaje se dictó mientras el expediente judicial avanza hacia una definición. Tras finalizar las rondas de indagatorias y con los escritos de defensa ya presentados, el juez Amarante quedó en condiciones de resolver la situación procesal de los imputados.

Entre ellos se encuentran Claudio "Chiqui" Tapia, presidente de la AFA y Pablo Toviggino, tesorero de la entidad.

En esta etapa del proceso, la legislación prevé tres posibles decisiones judiciales, que el magistrado deberá evaluar dentro de un plazo determinado.

Las alternativas son procesamiento de los imputados; sobreseimiento, lo que implicaría el cierre del caso para los acusados o falta de mérito, una resolución que indica que las pruebas no son suficientes para procesar ni para absolver.

De acuerdo con la normativa vigente, el juez cuenta con diez días hábiles para adoptar una de estas decisiones una vez concluidas las instancias de indagatoria.

El eje de la investigación judicial

La causa judicial se centra en una presunta retención indebida de aportes a la seguridad social por parte de la AFA. Según la acusación, la entidad habría omitido pagar en tiempo y forma una serie de obligaciones impositivas y previsionales durante un período específico. Entre los tributos involucrados se encuentran:

Impuesto a las Ganancias

Impuesto al Valor Agregado (IVA)

Aportes previsionales

El período investigado abarca desde marzo de 2024 hasta septiembre de 2025. En ese lapso, de acuerdo con la acusación, la asociación habría actuado como agente de retención, es decir, habría descontado impuestos y aportes previsionales que luego no fueron ingresados al fisco dentro del plazo establecido.

El monto total involucrado en la causa asciende a $19.300 millones. La normativa vigente establece que el delito se configura cuando vence el plazo para ingresar el impuesto y el pago no se realiza dentro de los 30 días posteriores.

La acusación del organismo recaudador

El expediente incluye la presentación del organismo recaudador ARCA, que sostiene que la conducta investigada se habría repetido durante 19 meses consecutivos. De acuerdo con la documentación incorporada a la causa, el caso contempla 69 hechos que concurren entre sí, vinculados al presunto incumplimiento de las obligaciones fiscales y previsionales.

El organismo también sostuvo que los fondos retenidos no correspondían a recursos propios de la AFA, sino que se trataba de dinero perteneciente a los contribuyentes a quienes se les habían realizado esas deducciones.

Otro de los elementos señalados en el expediente es la capacidad financiera de la entidad durante el período investigado. Según los datos incluidos en la causa, entre marzo de 2024 y septiembre de 2025 ingresaron a la AFA alrededor de $500 mil millones.

La postura de la defensa

La defensa de Tapia y Toviggino sostiene una interpretación diferente de los hechos y niega que haya existido incumplimiento de las obligaciones fiscales. Durante las indagatorias, ambos dirigentes presentaron escritos en los que afirmaron que existía una disposición administrativa que impedía la ejecución fiscal de deudas impositivas en el caso de asociaciones civiles.

Desde esa perspectiva, argumentaron que no estaban obligados a cancelar esas obligaciones en ese momento. Además, la AFA señaló que la deuda ya fue regularizada.

El tesorero de la entidad, Pablo Toviggino, reiteró ese argumento en el documento presentado ante el juez. En su escrito sostuvo: "No existió ardid ni engaño alguno, sino una conducta ajustada a resoluciones administrativas dictadas en el marco de una política estatal de alivio y regularización fiscal".

En el mismo documento agregó: "Está ausente el elemento subjetivo requerido y no puede atribuirse voluntad criminal".