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Con la presencia de Sturzenegger, el Senado abre el debate sobre la nueva ley de Sociedades

El oficialismo pondrá en discusión en comisión una reforma profunda de la Ley General de Sociedades. La iniciativa busca reducir la tutela estatal sobre la organización empresarial, habilitar sociedades automatizadas y DAO, y ampliar la digitalización y la autonomía de los socios.

Federico Sturzenegger
Federico Sturzenegger

24 Junio de 2026 07.44

El Senado comenzará este miércoles a debatir en comisión uno de los proyectos de reforma societaria más ambiciosos impulsados por el Gobierno nacional. Se trata de la iniciativa de modificación de la Ley General de Sociedades, un texto que busca redefinir la forma en que se constituyen, organizan y administran las empresas en la Argentina, con un objetivo central: limitar la participación estatal en el armado de las sociedades y ampliar la libertad de los socios para definir sus propias reglas de funcionamiento.

La propuesta será presentada en el marco de una reunión informativa de la Comisión de Legislación General, prevista para las 15.30, y contará con la exposición del ministro de Desregulación, Federico Sturzenegger, principal impulsor del proyecto. La comisión está presidida por la senadora libertaria neuquina Nadia Márquez, y será el ámbito en el que comenzará a analizarse una reforma que modifica la ley vigente desde 1972.

La iniciativa diseñada por Sturzenegger parte de una premisa que atraviesa todo el texto: terminar con la tutela del Estado sobre la forma en que los socios organizan sus negocios. Bajo esa lógica, el proyecto propone que las disposiciones de la ley pasen a tener un carácter supletorio, es decir, que rijan en la medida en que no exista una previsión específica en el estatuto de cada sociedad. En otras palabras, el principio rector de la reforma puede resumirse en una fórmula que atraviesa el espíritu del proyecto: el estatuto manda.

La exposición oficial y los funcionarios que participarán del debate

La apertura formal del tratamiento legislativo estará a cargo de Sturzenegger, quien concurrirá al Senado acompañado por otros funcionarios del Ejecutivo vinculados al diseño y la implementación del nuevo esquema normativo.

Junto al ministro estarán presentes la subsecretaria de Planeamiento Estratégico de la Secretaría Legal y Técnica de la Presidencia de la Nación, Paula Taddei Farfán, y el inspector general de Justicia, Alejandro Ramírez. Los tres expondrán ante los senadores para explicar los alcances de la propuesta, sus fundamentos y el sentido de los cambios planteados sobre el régimen societario.

La convocatoria a esta reunión informativa marca el primer paso formal de una discusión que combina desregulación, nuevas tecnologías, redefinición del control estatal y una ampliación de la autonomía privada en la constitución y funcionamiento de las empresas.

Sociedades automatizadas y DAO

Uno de los puntos más novedosos de la iniciativa es la incorporación de nuevas figuras societarias vinculadas a la economía digital y al desarrollo tecnológico. Entre ellas aparece la "Sociedad Automatizada", una figura que, según el proyecto, podrá operar mediante algoritmos o inteligencia artificial sin requerir empleados para su operación ordinaria.

La incorporación de este tipo societario supone un cambio profundo en la concepción tradicional de la empresa, al contemplar la posibilidad de estructuras cuyo funcionamiento cotidiano no dependa de una operatoria humana permanente, sino de sistemas automatizados capaces de ejecutar tareas y administrar procesos.

Junto con esa figura, la reforma también contempla las DAO, organizaciones total o parcialmente autónomas, con participaciones en tokens y registros en blockchain. La inclusión de estas estructuras dentro del marco legal argentino representa uno de los ejes más disruptivos del proyecto, ya que busca adaptar la normativa societaria a modelos de organización empresarial asociados al ecosistema digital y a nuevas formas de gobernanza.

Menos intervención estatal y más poder para el estatuto

Otro de los ejes centrales de la reforma es la reducción del margen de intervención estatal en la vida societaria. El proyecto establece que las restricciones estatales serán excepcionales y de interpretación restrictiva, una definición que modifica de manera sustancial la lógica de control sobre las empresas.

En ese sentido, la propuesta dispone que los registros públicos no podrán dictar resoluciones que limiten lo que la ley permite, con el objetivo explícito de eliminar trabas burocráticas y reducir el poder regulatorio de esos organismos sobre la constitución y organización de las sociedades.

El cambio de enfoque es profundo. Si en el régimen tradicional la ley y la autoridad registral cumplen un papel central en la fijación de condiciones, límites y requisitos, la reforma propone invertir esa relación y otorgar mayor preeminencia a la voluntad de los socios expresada en el estatuto.

Dentro de esa misma lógica, el proyecto prevé que el objeto social pueda ser amplio, plural y sin obligación de conexidad entre actividades. Es decir, una misma sociedad podrá desarrollar distintas actividades sin necesidad de que guarden relación entre sí, lo que amplía el margen de configuración de los emprendimientos y flexibiliza la estructura societaria.

Conflictos internos, arbitraje y derecho extranjero

La iniciativa también incorpora cambios relevantes en materia de resolución de controversias dentro de las sociedades. Uno de los puntos destacados es que las empresas podrán someter sus conflictos internos al derecho extranjero o al derecho mercantil internacional.

A su vez, el proyecto habilita que los socios incorporen en el estatuto cláusulas arbitrales para resolver controversias sin depender de la justicia ordinaria. El objetivo explicitado en la propuesta es evitar la lentitud del sistema judicial y facilitar mecanismos alternativos de solución de conflictos en el ámbito empresario.

Este punto refuerza nuevamente la orientación general de la reforma: ampliar la capacidad de autorregulación de las sociedades y reducir la dependencia de estructuras estatales, tanto en la organización interna como en la resolución de disputas.

Digitalización plena y nuevas herramientas 

La reforma también propone una digitalización integral del régimen societario. En ese marco, se habilita el uso de domicilio electrónico, sede electrónica, libros y registros digitales, asambleas a distancia, así como la constitución de sociedades mediante firma digital o electrónica.

Además, el proyecto contempla la creación de un legajo digital público para cada empresa, lo que se inscribe dentro de un esquema de modernización de los procedimientos vinculados a la vida societaria.

La incorporación del domicilio electrónico y de la sede electrónica aparece como una de las previsiones relevantes del texto. Según se señala, esta herramienta resulta especialmente importante para sociedades que operan mediante plataformas, estructuras remotas o equipos distribuidos, y permite adecuar el régimen legal a una realidad en la que la presencia física ya no es el único modo de funcionamiento empresario.

En ese sentido, la propuesta busca adaptar la normativa a formas de organización que ya no dependen necesariamente de una sede tradicional ni de estructuras presenciales para desarrollar su actividad.

Nuevas formas de aporte 

Otro de los capítulos centrales del proyecto está vinculado a la ampliación de las alternativas de aportes que pueden integrar una sociedad. La reforma habilita que se puedan aportar bienes, derechos, créditos, activos digitales, prestaciones susceptibles de valoración económica y obligaciones de dar o hacer, conforme al tipo societario y a la regulación aplicable.

El cambio apunta a reconocer dentro del régimen legal el valor económico de activos que no siempre encajan en las categorías tradicionales, en particular aquellos vinculados a la economía digital, tecnológica e intangible.

De acuerdo con los fundamentos del proyecto, esta modificación permite reconocer el valor de activos intangibles, tecnológicos o digitales que en la economía actual pueden resultar esenciales para la actividad empresarial. Se trata de una adecuación normativa que busca acompañar las transformaciones en la forma de crear valor dentro del mundo de los negocios.

Los puntos clave de la reforma que comienza a discutir el Senado

Entre los principales ejes del proyecto se destacan los siguientes puntos:

  • Limitación de la tutela estatal sobre la organización de las sociedades.
  • Conversión de las normas de la ley en disposiciones supletorias, con prioridad del estatuto.
  • Creación de la Sociedad Automatizada, con operación mediante algoritmos o inteligencia artificial.
  • Incorporación de las DAO, con participaciones en tokens y registros en blockchain.
  • Restricciones estatales excepcionales y de interpretación restrictiva.
  • Prohibición a los registros públicos de dictar resoluciones que limiten lo que la ley permite.
  • Eliminación de trabas burocráticas en los registros.
  • Posibilidad de un objeto social amplio, plural y sin obligación de conexidad.
  • Habilitación para someter conflictos internos al derecho extranjero o mercantil internacional.
  • Posibilidad de incluir cláusulas arbitrales en el estatuto.
  • Digitalización plena del funcionamiento societario.
  • Incorporación de domicilio electrónico y sede electrónica.
  • Libros y registros digitales, asambleas a distancia y constitución por firma digital o electrónica.
  • Creación de un legajo digital público para cada empresa.
  • Ampliación de las formas de aporte a bienes, derechos, créditos, activos digitales y prestaciones con valoración económica.