El Gobierno nacional oficializó este miércoles la reglamentación de la Ley de Emergencia Nacional en Discapacidad, aprobada por el Congreso en julio de 2025 pero que hasta ahora no había sido aplicada de manera efectiva. La medida fue formalizada a través del Decreto 84/2026, publicado en el Boletín Oficial.
La decisión se adoptó luego de una sentencia judicial que obligó al Estado a poner en marcha la norma, que había quedado frenada por razones presupuestarias. Con la reglamentación, el Ejecutivo estableció el marco operativo de la Ley 27.793, que declara la emergencia en materia de discapacidad y fija nuevas reglas en materia de políticas públicas, prestaciones y pensiones.
La vigencia de la ley se extiende hasta el 31 de diciembre de 2026, con posibilidad de una prórroga por un año.
Por qué se activó ahora la ley de emergencia
Si bien la norma fue sancionada el año pasado, el Poder Ejecutivo había condicionado su aplicación a la disponibilidad de partidas presupuestarias. Esa decisión fue cuestionada judicialmente y, en diciembre, el juez federal de Campana, Adrián González Charvay, declaró inválido el artículo que suspendía su implementación y ordenó su inmediata puesta en marcha.
En su fallo, el magistrado sostuvo que supeditar la vigencia de la ley al presupuesto resultaba incompatible con las obligaciones constitucionales e internacionales del Estado, y advirtió que el desfinanciamiento ponía en riesgo tratamientos esenciales para personas con discapacidad.
El Gobierno apeló la resolución. No obstante, la Justicia habilitó la feria judicial para supervisar el cumplimiento del fallo y exigió al Ministerio de Salud informes sobre los avances en la implementación. A comienzos de enero, la cartera a cargo de Mario Lugones comunicó que había iniciado trámites administrativos, aunque aclaró que la aplicación no podía ser inmediata.
Con la publicación del decreto reglamentario, el Ejecutivo formalizó el proceso y definió los mecanismos concretos para aplicar los puntos centrales de la ley.
Pensiones, auditorías y nuevos controles
Entre los cambios más relevantes se establece un nuevo régimen de pensiones no contributivas por discapacidad. El decreto fija los criterios de acceso, permanencia, incompatibilidades y procedimientos administrativos, además de definir métodos de auditoría para controlar el sistema.
Las pensiones no contributivas otorgadas con anterioridad a la ley serán convertidas de oficio en la nueva Pensión No Contributiva por Discapacidad para Protección Social. Para ello, se iniciará un proceso de identificación y verificación de las prestaciones alcanzadas.
La reglamentación también refuerza el rol de la Secretaría Nacional de Discapacidad, que depende del Ministerio de Salud, y la instruye a convocar al Consejo Federal de Discapacidad para consensuar los criterios de evaluación socioeconómica. Además, fija un plazo de 30 días para presentar un plan de auditorías periódicas, tal como exige la ley.
Participación federal y esquema de implementación
El decreto lleva las firmas del presidente Javier Milei, del jefe de Gabinete, Manuel Adorni, y del ministro de Economía, Federico Sturzenegger. Ratifica los mecanismos de consulta y participación a través del Consejo Federal de Discapacidad, el Sistema de Prestaciones Básicas de Atención Integral, el Comité Asesor, el Consejo de Articulación de Programas y el Observatorio de la Discapacidad.
Asimismo, establece esquemas de cooperación y cofinanciamiento entre la Nación, las provincias y la Ciudad de Buenos Aires, lo que implica una implementación de alcance federal que impactará también en distritos como Catamarca.
En los considerandos, el Ejecutivo aclaró que la reglamentación se dicta "sin reconocer hechos ni derechos" ni consentir los fundamentos de la sentencia judicial, pero con el objetivo de otorgar precisión operativa y administrativa a la norma, ordenar los criterios de aplicación y fortalecer los mecanismos de control.