Elecciones 2025: quiénes están exceptuados de votar este 26 de octubre
Este domingo se celebran las elecciones legislativas nacionales en todo el país, con la implementación inédita de la Boleta Única de Papel. Sin embargo, algunas personas no estarán obligadas a concurrir a las urnas y podrán justificar su inasistencia ante la Justicia Electoral.

El domingo 26 de octubre, los argentinos deberán concurrir a las urnas para participar de las elecciones legislativas nacionales 2025. En esta ocasión se renovarán 127 bancas de Diputados —la mitad del total de 257— y 24 del Senado, lo que representa un tercio del cuerpo.

Además, algunas provincias también desarrollarán comicios locales. Santiago del Estero elegirá gobernador, vice y legisladores; mientras que en La Rioja y Mendoza se votará para cargos legislativos, aunque no ejecutivos. Por primera vez en todo el país, se implementará la Boleta Única de Papel, un nuevo sistema que reemplaza las tradicionales boletas partidarias.

Este formato, impreso por el Estado, reúne todas las listas y candidatos en una sola hoja dividida por categorías. Cada elector deberá marcar con una tilde su preferencia frente al postulante deseado.

Quiénes están exceptuados de votar

Según la legislación vigente, el voto es obligatorio para los ciudadanos de entre 18 y 70 años. Quienes no cumplan con esta responsabilidad podrían enfrentar multas de entre $50 y $500, dependiendo del distrito, o sufrir restricciones para realizar trámites o acceder a cargos públicos.

No obstante, la Cámara Nacional Electoral (CNE) contempla algunas excepciones. Están exceptuados de votar:

Quienes se encuentren a más de 500 kilómetros del establecimiento donde debían sufragar.

Jueces de mesa, fuerzas de seguridad y personal afectado a tareas electorales en funciones.

Personas enfermas o imposibilitadas por razones de fuerza mayor, debidamente justificadas.

Menores de 18 años y mayores de 70 años.

En todos los casos, la ausencia deberá justificarse ante la CNE dentro de los 60 días posteriores a la elección, ya sea de forma online o presencial.

Cómo justificar la inasistencia

Para hacerlo de manera digital, los ciudadanos pueden ingresar al sitio web de la CNE, completar un formulario con sus datos personales, número de mesa y escuela (opcional pero recomendable), detallar el motivo y adjuntar el certificado correspondiente, como un comprobante médico o de viaje.

También se puede presentar la justificación en forma presencial, aunque el trámite suele ser más extenso. En caso de no presentar una causa válida, el elector será incorporado al Registro de Infractores al Deber de Votar.

Menores de 18 y mayores de 70: voto voluntario

Los adolescentes de 16 y 17 años y los adultos mayores de 70 tienen derecho a votar, pero no están obligados a hacerlo. En ambos casos, no se aplican sanciones si no concurren.

En los centros de votación, es habitual que las autoridades de mesa reconozcan su participación con un aplauso: para los jóvenes, por emitir su primer voto; y para los mayores, por mantener el compromiso cívico.