La Justicia desestimó la denuncia de Victoria Villarruel contra Luis Petri
El fallo del Juzgado Federal Nº 2 rechaza la acusación por calumnias e injurias presentada por la vicepresidenta. La resolución sostiene que las declaraciones del ministro se enmarcan en el debate político y no configuran delito.

El Juzgado Criminal y Correccional Federal nº 2 resolvió hoy desestimar la denuncia presentada por la vicepresidenta Victoria Villarruel contra el ministro de Defensa, Luis Petri, en un caso que expone las tensiones internas dentro del oficialismo y los límites entre la crítica política y la judicialización del discurso público.

La presentación judicial tenía su origen en una serie de declaraciones televisivas realizadas el 2 de marzo por el funcionario del gobierno de Javier Milei. En aquella oportunidad, Petri acusó a la titular del Senado de actuar en detrimento del Ejecutivo, sugiriendo incluso que buscaba posicionarse como alternativa presidencial.

Según Villarruel, esas afirmaciones excedían el terreno de la opinión política para ingresar en el ámbito de los delitos de calumnias, injurias y atentado contra el orden constitucional. Sin embargo, el tribunal rechazó esa interpretación.

Las declaraciones en cuestión

Durante la entrevista televisiva que dio origen a la denuncia, Petri fue categórico en su evaluación del rol de la vicepresidenta dentro del escenario político:

  • Afirmó que Villarruel pretendía "quedarse con la presidencia de la Nación".
  • Sostuvo que fue "funcional a la oposición".
  • La acusó de estar "apostando al fracaso del Gobierno".

En ese mismo contexto, el ministro profundizó sus críticas con declaraciones de alto voltaje político:
"Apostó al fracaso de nuestro gobierno y se ofreció como alternativa y no tengo dudas de que abrió el Senado para que la oposición hiciera de las suyas tratando de quebrar el plan económico".

Además, planteó un interrogante que apuntaba directamente a la responsabilidad institucional de la vicepresidenta:
"Hay que decir las cosas por su nombre... no ha apoyado al gobierno, al contrario, ha apostado a su fracaso y apostar a su fracaso estando segunda en línea de sucesión, ¿en qué te transforma?".

La respuesta judicial de Villarruel

En su denuncia, Villarruel respondió con dureza a los dichos del ministro, asegurando que no podían considerarse meras opiniones. En su presentación, sostuvo que las declaraciones constituían:

  • "Un sinnúmero de agravios".
  • "Mentiras, inventos e información absolutamente falsa".
  • Expresiones "calumniantes y lesivas".

La vicepresidenta enfatizó además el impacto institucional de las acusaciones, señalando:
"No solo me genera aflicciones personales, sino que socava la institución que presido y el cargo que ocupo".

De este modo, la denuncia buscaba no solo reparar un daño personal, sino también establecer un límite judicial frente a lo que consideraba un ataque a la investidura del Senado.

El fallo: sin delito y con respaldo a la crítica política

El tribunal, sin embargo, concluyó que los hechos señalados no configuran ilícito alguno, descartando la existencia de delitos de acción pública. La resolución fue contundente al afirmar que las expresiones de Petri no reúnen los elementos necesarios para afectar el sistema democrático.

En su dictamen, el fiscal Dr. Ramiro González subrayó un punto central: las manifestaciones del ministro deben entenderse dentro del marco del derecho a la opinión y la crítica política, pilares fundamentales en un sistema democrático.

El representante del Ministerio Público advirtió que avanzar con una acción penal en este caso implicaría:

  • Un uso desmedido del poder punitivo del Estado.
  • La criminalización de valoraciones propias del debate público.
  • Un precedente riesgoso para la libertad de expresión en el ámbito político.

El principio de "última ratio" y su impacto

Uno de los ejes más relevantes del fallo es la reafirmación del principio de ultima ratio en el derecho penal. Este concepto establece que el recurso a sanciones penales debe ser la última herramienta disponible, reservada únicamente para los casos de mayor gravedad.

En este contexto, la Justicia priorizó:

  • La libertad de expresión como valor central.
  • La tolerancia al disenso político, incluso cuando adopta formas duras o confrontativas.
  • La necesidad de evitar que el derecho penal intervenga en debates que pertenecen al ámbito público.

El fallo, en definitiva, delimita con claridad la frontera entre el agravio punible y la crítica política, inclinándose por proteger esta última incluso en escenarios de alta conflictividad institucional.