La Justicia reconoció que un mensaje de WhatsApp vale como telegrama o carta documento
Un juzgado de Corrientes determinó que un contrato de trabajo se extinguió en la fecha en que el empleado recibió un mensaje de despido por WhatsApp. El fallo sienta precedente sobre el uso de medios digitales como vía válida de notificación laboral.

Un fallo del Juzgado de Primera Instancia en lo Laboral N° II de Corrientes determinó que un mensaje de WhatsApp enviado por un empleador tiene la misma validez legal que un telegrama o una carta documento al momento de notificar un despido. La resolución judicial, que podría marcar un precedente relevante en el ámbito laboral, se dio en el marco de la causa "Olivera Mansilla Santiago Eliel c/ Cabral Guillermo Hernán y otro", informada por la agencia Noticias Argentinas y citada por el portal especializado Microjuris (Cita: MJ-JU-M-157493-AR).

El tribunal consideró que la relación laboral no registrada entre el trabajador y su empleador quedó extinguida el día en que el empleado recibió el mensaje de WhatsApp donde se le comunicaba que prescindían de sus servicios. De esta forma, la Justicia reconoció la plataforma de mensajería como medio válido de notificación, en tanto se pueda comprobar su autenticidad y recepción.

El caso se originó a partir de la demanda de Santiago Olivera Mansilla, quien trabajaba en el local "Raíz Natural Store" y fue despedido por Cristian Alexis Flores, a quien identificó como su empleador. Si bien este último negó la existencia de una relación laboral, el tribunal la dio por acreditada mediante testimonios y una pericia informática que resultó determinante.

El mensaje que definió el vínculo

La pericia informática comprobó que el 25 de agosto de 2022 Flores envió, desde su teléfono, un mensaje al celular del trabajador que decía:

"Hola Santos, soy Cristian de Raíz. Estoy al tanto de tu desempeño, lamentablemente no estamos cómodos trabajando así. Vamos a prescindir de tu servicio."

A partir de esa evidencia, el juez concluyó que la relación laboral se extinguió con la recepción del mensaje, sin que fuera necesario esperar a la posterior notificación formal que el trabajador realizó mediante telegramas. "La relación quedó extinguida con la recepción por parte del actor del mensaje de WhatsApp", sostuvo la resolución, otorgándole validez probatoria y comunicacional al intercambio digital.

Un despido sin causa justificada

No obstante, el fallo también estableció que la decisión del empleador careció de justa causa, ya que los motivos expresados en el mensaje fueron considerados "genéricos e imprecisos". La frase "no estamos cómodos trabajando así" no permitió al trabajador ejercer su derecho a defensa, algo que exige la Ley de Contrato de Trabajo (LCT).

El juez destacó que la normativa laboral requiere que todo despido sea acompañado de una explicación clara y concreta de los motivos, y que la omisión de ese detalle no puede ser subsanada posteriormente durante el juicio. En consecuencia, el tribunal declaró el despido injustificado y condenó al empleador al pago de las indemnizaciones correspondientes.

Implicancias del fallo

El pronunciamiento judicial abre el debate sobre la validez de las comunicaciones digitales en las relaciones laborales y la necesidad de adaptar los criterios legales a los nuevos modos de comunicación. Si bien en este caso el mensaje fue considerado suficiente para acreditar el despido, la Justicia dejó en claro que el contenido de esas notificaciones debe cumplir con los requisitos de forma y de fondo exigidos por la ley.

En el ámbito jurídico, especialistas advierten que esta decisión podría servir de antecedente para futuros casos donde se utilicen plataformas digitales como WhatsApp, Telegram o correo electrónico en reemplazo de los medios tradicionales. Sin embargo, subrayan que la autenticidad del mensaje y la identidad del remitente son condiciones esenciales para su validez.

Con este fallo, la Justicia laboral de Corrientes reconoce el avance de las nuevas tecnologías en las comunicaciones cotidianas, pero también refuerza las garantías del trabajador frente a despidos informales o poco fundamentados.