El Tribunal Oral Federal 5 (TOF 5) confirmó que este viernes 23 de octubre de 2026 comenzará el juicio oral conjunto por las causas Los Sauces y Hotesur, en el que se investigan presuntas maniobras de lavado de activos y otros delitos vinculados con operaciones inmobiliarias y hoteleras de la familia Kirchner.
En el marco de la organización de la audiencia inicial, el tribunal autorizó que los imputados participen por vía telemática durante la lectura de los requerimientos de elevación a juicio. La medida alcanza a la expresidenta Cristina Fernández de Kirchner y al diputado nacional Máximo Kirchner, quienes habían solicitado que se les permitiera intervenir mediante Zoom.
La resolución procura compatibilizar el cumplimiento de la orden de la Cámara Federal de Casación Penal, que dispuso que ambos expedientes sean juzgados en un único debate, con la necesidad de mantener la fecha de inicio que ya estaba establecida. La decisión de unificar las causas había dejado sin efecto el cronograma anterior que contemplaba la realización del juicio por Hotesur en marzo de 2027.
El presidente del tribunal, el juez José Antonio Michilini, fundamentó la modalidad excepcional en las dificultades que generaba el escaso margen temporal entre la decisión revisora y el comienzo del proceso. Según expuso, ese plazo complicaba la posibilidad de garantizar la presencia de todos los acusados, algunos de los cuales tienen domicilio fuera de la jurisdicción.
Los argumentos de Cristina y Máximo
La autorización respondió a los pedidos presentados por los dos principales referentes de la familia Kirchner alcanzados por la medida. En el caso de Máximo Kirchner, el diputado nacional advirtió que necesitaba compatibilizar su participación en la audiencia con sus obligaciones parlamentarias. Su solicitud apuntó a la posibilidad de seguir de manera remota la instancia inicial del debate.
Por su parte, Cristina Fernández de Kirchner pidió evitar el operativo de seguridad que requiere su traslado desde su departamento del barrio de Constitución, donde cumple prisión domiciliaria, hasta los tribunales de Retiro. El tribunal admitió la participación telemática, aunque estableció límites precisos para esa modalidad. La autorización no implica que el juicio vaya a desarrollarse íntegramente a distancia ni que se establezca un sistema híbrido para todas las audiencias.
En la resolución ordenatoria, Michilini fue explícito al delimitar el alcance de la decisión: "debe quedar claro, entonces, que lo aquí dispuesto no importa habilitar la realización de un juicio virtual ni establecer una modalidad híbrida para su desarrollo".
De esta manera, la posibilidad de conectarse por Zoom quedará restringida a la lectura de las piezas procesales correspondientes a los requerimientos de elevación a juicio. Los abogados defensores, en cambio, deberán asistir presencialmente a la sala de audiencias.
Las condiciones para participar de manera remota
El TOF 5 dispuso que se adopten las medidas técnicas necesarias para garantizar que los imputados puedan seguir íntegramente la audiencia. El objetivo es que tengan acceso a la lectura de las piezas procesales y puedan mantener una comunicación reservada y oportuna con sus respectivos defensores.
La disposición contempla, por lo tanto, que la participación a distancia no afecte el seguimiento del procedimiento ni el ejercicio del derecho de defensa durante esa instancia.
Una vez superada la etapa inicial, los acusados deberán comparecer personalmente en los actos posteriores del debate que requieran su presencia. Michilini sostuvo que esa regla responde a la importancia de la asistencia personal para el ejercicio de las facultades procesales, especialmente durante las declaraciones indagatorias.
Los principales puntos establecidos por el tribunal son los siguientes:
Inicio del juicio: viernes 23 de octubre de 2026.
Modalidad remota: autorizada para los imputados durante la lectura de los requerimientos de elevación a juicio.
Defensas: los abogados deberán concurrir presencialmente a la sala de audiencias.
Garantías técnicas: se deberán asegurar el seguimiento íntegro de la audiencia y la comunicación reservada y oportuna entre los imputados y sus defensores.
Etapas posteriores: los acusados deberán presentarse personalmente cuando los actos procesales requieran su presencia, en particular en las instancias de declaraciones indagatorias.
La mayoría del tribunal avaló la decisión
La resolución fue aprobada por mayoría, con la adhesión del juez Fernando Machado Pelloni al criterio de Michilini. Machado Pelloni consideró que las decisiones vinculadas con la organización del debate corresponden legalmente a quien ejerce la presidencia del tribunal. Sobre esa base, respaldó tanto la intervención virtual durante la lectura inicial como la exigencia de presencialidad para las etapas posteriores.
La jueza Adriana Palliotti, en cambio, coincidió con la fecha de inicio y con la realización de un único juicio para las dos causas, pero rechazó la aplicación general de la modalidad remota durante la audiencia inicial. Su postura fue que los acusados debían estar presentes en la sala para escuchar la lectura de las piezas procesales y participar de sus declaraciones indagatorias. No obstante, admitió la posibilidad de contemplar excepciones individuales en situaciones justificadas por problemas de salud documentados o por la distancia entre el domicilio del imputado y el tribunal.
Entre los casos mencionados se encuentran los de quienes residen en Río Gallegos, cuya distancia respecto de los tribunales podría ser considerada para evaluar una excepción.
En su voto en minoría, Palliotti también planteó que "corresponderá adecuar la frecuencia de las audiencias a desarrollarse a los fines de dotar a las partes intervinientes en 'Hotesur' del plazo de diez (10) que la norma otorga, si así lo solicitan".
Su posición, por lo tanto, coincidió con la necesidad de mantener la unificación de los expedientes, aunque propuso otro criterio para organizar la participación de los imputados y el desarrollo de las primeras instancias del proceso.
El antecedente de Casación que obligó a unificar los expedientes
La decisión del TOF 5 se produjo después de que la Sala I de la Cámara Federal de Casación Penal resolviera que las causas Los Sauces y Hotesur debían tratarse en un único juicio oral. Para ello, revocó la decisión del tribunal oral que había dispuesto separar ambos debates.
La resolución de Casación dejó sin efecto la fecha que se había propuesto para el inicio del juicio por Hotesur, fijada para el 19 de marzo de 2027, y obligó a reorganizar el calendario para que los dos expedientes fueran tratados de manera conjunta.
La decisión de la Cámara fue adoptada por mayoría. Los jueces Daniel Petrone y Diego Barroetaveña consideraron que el desdoblamiento de los procesos no contaba con fundamentos suficientes. Petrone explicó que la conexidad entre las dos causas respondía a razones jurídicas relacionadas con las reglas que rigen el concurso de delitos y no a una mera conveniencia instrumental. Su argumento puso el foco en los vínculos procesales existentes entre los expedientes.
Barroetaveña adhirió a esa interpretación y advirtió que la decisión del tribunal oral podía afectar la teoría del caso sostenida por el Ministerio Público Fiscal y por la parte querellante, representada por la Unidad de Información Financiera.
Los camaristas señalaron que ambos expedientes comparten imputados, sociedades involucradas, operaciones investigadas y parte de la prueba. A partir de esos elementos, sostuvieron que la separación podía fragmentar la acusación y generar el riesgo de que se dictaran decisiones contradictorias.
El juez Alejandro Slokar votó en disidencia. A su entender, Casación no debía intervenir en una decisión de organización que correspondía al tribunal encargado de llevar adelante el juicio.
Los Sauces: las presuntas maniobras investigadas
En la causa Los Sauces se juzgan presuntas maniobras de lavado de activos mediante el alquiler de propiedades y hoteles pertenecientes a la familia Kirchner a empresas vinculadas con Lázaro Báez, Cristóbal López y Fabián De Sousa.
La acusación comprende, entre otros delitos, asociación ilícita, lavado de activos, dádivas y simulación de operaciones financieras.
El expediente aborda las operaciones relacionadas con el alquiler de inmuebles y establecimientos hoteleros, bajo la hipótesis acusatoria que deberá ser examinada durante el debate oral.
La causa forma parte del juicio unificado cuya apertura está prevista para este viernes, junto con Hotesur. La decisión de tratarlas en conjunto responde, precisamente, a los vínculos entre las personas imputadas, las sociedades involucradas y parte de la prueba reunida.
Hotesur: los hoteles Alto Calafate y Las Dunas
En el expediente Hotesur se investigan presuntas maniobras de lavado de activos relacionadas con la actividad de los hoteles Alto Calafate y Las Dunas, así como el papel de su administradora, Valle Mitre.
De acuerdo con la hipótesis de la acusación, empresas del grupo de Lázaro Báez habrían contratado habitaciones en esos establecimientos. Sin embargo, en algunos casos, la ocupación registrada habría sido insuficiente o incluso inexistente en relación con los montos abonados.
Esos hechos forman parte de los aspectos que serán examinados en el juicio oral, junto con las operaciones investigadas en Los Sauces.
La unificación dispuesta por Casación permitirá que las dos causas sean abordadas dentro de un mismo debate, tal como reclamaron los jueces que votaron por esa solución, debido a los elementos compartidos entre ambos expedientes.
Con el inicio confirmado para el 23 de octubre, el TOF 5 deberá poner en marcha el proceso bajo las condiciones establecidas en su resolución: participación remota de los imputados durante la lectura inicial, presencia física de los defensores y comparecencia personal de los acusados en las instancias posteriores que así lo requieran. La fecha se mantiene, mientras que la modalidad autorizada busca resolver las dificultades organizativas sin convertir el procedimiento en un juicio virtual.