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Organizaciones de Derechos Humanos repudiaron el fallo que declaró inconstitucional la ordenanza “antiminera”.

Consideraron que ataca el orden democrático local porque la norma fue aprobada por la totalidad de los bloques políticos del Concejo Deliberante andalgalense

Comunicado de diferentes organizaciones y personas vinculadas a la lucha por los
Comunicado de diferentes organizaciones y personas vinculadas a la lucha por los

24 Diciembre de 2020 09.34

Luego de conocerse el fallo en el cual la Corte de Justicia de Juticia de Catamarca declaró la inconstitucionalidad de la ordenanza 029/2016 de Andalgalá, conocida vulgarmente como “antiminera”, diferentes organizaciones de Derechos Humanos repudiaron la decisión del Máximo Tribunal y consideraron que ataca el orden democrático local porque la norma fue aprobada por la totalidad de los bloques políticos del Concejo Deliberante andalgalense.
Entre las organizaciones y personas que firman el comunicado se encuentran el Servicio Paz y Justicia (SERPAJ) cuyo presidente honorario es Adolfo Pérez Esquivel -Premio Nobel de la Paz-, Dialogo 2000 ? Jubileo Sur Argentina, Nora Cortiñas, Madre de Plaza de Mayo L.F, Asamblea Permanente por los Derechos Humanos, La Matanza (APDH La Matanza), Pablo Pimentel defensor de Derechos Humanos, Amigos de la Tierra, Colectivo Yopoy, Asociación Civil Pro Eco Grupo Ecologista (PRO ECO), Conciencia Solidaria y Colectivo de Abogadxs Populares La Ciega.
“Lamentablemente esta sentencia pone en jaque el orden democrático local, dado que la ordenanza municipal dictada como inconstitucional fue aprobada por todos los bloques políticos (Frente de Todos y Cambiemos) del ámbito local y de manera unánime”, remarcan desde las organizaciones. 
En ese marco, consideran que “a simple vista, puede observarse que esta ordenanza ha sido un logro en la férrea defensa del derecho humano al agua y el acceso a ella libre de contaminación, que desde hace más de 11 años viene llevando adelante el Pueblo de Andalgalá. El mismo pueblo que ha denunciado ante todas las autoridades posibles la vulneración de sus derechos, que ha interpuesto un recurso de amparo, dos denuncias penales, una en el ámbito federal y otra en la justicia provincial, que se ha presentado como terceros interesados en cuatro expedientes, que sabe que su vida está ligada al curso del río Andalgalá, que genera proyectos de vida alternativos pensando en sus hijxs y nietxs, que sostiene una radio comunitaria para mantenerse informado, que desde hace una década camina todos los sábados alrededor de la plaza principal por la vida y el derecho a la autodeterminación del pueblo”.
Respecto de los argumentos jurídicos esgrimidos en el fallo que señalan que el Concejo Deliberante no tiene competencia para legislar en materia minera, ya que esa facultad pertenece a la Provincia; y a lo esgrimido por Agua Rica respecto que la actividad minera es una actividad económica lícita, consideran que con estos fundamentos formales fueron utilizados para desoír la voluntad los ciudadanos de Andalgalá. “Ninguno de ellos quiere oír al pueblo de Andalgalá, ni respetar sus derechos humanos a vivir en un ambiente sano y acceder al agua libre de contaminación” insistien y añaden que hay una “falta de compromiso del Estado en el cumplimiento de los Derechos Humanos”. 
Por último, se mostraron expectantes respecto de que la Corte de Justicia admita una apelación que permita que Máximo Tribunal de la Nación se expida al respecto. “Esperamos que esta misma Corte permita el ejercicio del derecho a la doble instancia judicial a los efectos de que sea la Corte Suprema de Justicia de la Nación la que decida sobre la ordenanza que protege los derechos fundamentales del Pueblo de Andalgalá.