La Defensoría del Pueblo de Catamarca informó que, mediante la Resolución N.º 3695/2026, dictada el día anterior por la Secretaría Nacional de Discapacidad, se dispusieron nuevas medidas relacionadas con determinadas Pensiones No Contributivas por Invalidez. La decisión se enmarca en un nuevo avance del Gobierno nacional sobre estos beneficios, con la suspensión de 21.812 pensiones luego de que quedara sin efecto una medida cautelar judicial que había permitido su reactivación.
La disposición fue impulsada por la Secretaría Nacional de Discapacidad y estuvo acompañada por la derogación de distintas resoluciones de la ex Agencia Nacional de Discapacidad (ANDIS). La medida alcanza a un padrón ampliado de beneficiarios que habían quedado comprendidos en una protección judicial establecida durante 2025.
Ante este escenario, la Defensoría del Pueblo de Catamarca comunicó una serie de recomendaciones dirigidas específicamente a las personas que puedan resultar afectadas por la decisión nacional. El organismo provincial puso el foco en los procedimientos disponibles para solicitar la rehabilitación de las pensiones y en los plazos administrativos que deben tenerse en cuenta desde la notificación de la suspensión.
La situación requiere que los beneficiarios alcanzados conozcan las vías habilitadas para presentar la documentación correspondiente y ejercer los recursos previstos. En ese sentido, la Defensoría recordó que existen plazos determinados para solicitar la rehabilitación del beneficio y cuestionar administrativamente las decisiones que los afecten.
El antecedente judicial
El nuevo escenario tiene como antecedente una medida judicial adoptada en septiembre de 2025. En ese momento, el Juzgado Federal de Catamarca N.º 2 ordenó suspender las auditorías que la entonces ANDIS había iniciado un año antes.
La decisión judicial tuvo efectos sobre los beneficiarios comprendidos en el proceso y posteriormente extendió su alcance al conjunto del país. En octubre de 2025, la medida se proyectó a nivel nacional y permitió efectivizar la restitución del beneficio para todos los pensionados que se encontraban registrados hasta entonces.
De acuerdo con la información difundida, el padrón alcanzado por la nueva disposición incluye a personas que habían quedado bajo ese paraguas judicial. La caída de la cautelar abrió el camino para que la Secretaría Nacional de Discapacidad avanzara con la suspensión de 21.812 pensiones y derogara distintas resoluciones de la ex ANDIS.
De esta manera, la Resolución N.º 3695/2026 modifica el escenario para los beneficiarios que habían recuperado sus prestaciones a partir de las decisiones judiciales adoptadas durante el año pasado. La Defensoría del Pueblo provincial intervino mediante la difusión de información sobre los mecanismos que pueden utilizar quienes reciban una notificación relacionada con la suspensión.
Cómo solicitar la rehabilitación
Entre las principales recomendaciones de la Defensoría del Pueblo de Catamarca se encuentra la posibilidad de solicitar la rehabilitación de la pensión dentro de los 60 días corridos posteriores a la notificación de la medida.
Para iniciar el trámite, las personas alcanzadas deberán presentar documentación médica actualizada y los antecedentes correspondientes. Estos elementos forman parte de los requisitos señalados por el organismo provincial para gestionar la rehabilitación del beneficio.
La Defensoría detalló las distintas vías disponibles para realizar la presentación, con el objetivo de que los beneficiarios puedan identificar los canales habilitados para efectuar el trámite. Las opciones informadas son las siguientes:
Oficinas de ANSES, donde se podrá presentar la solicitud correspondiente.
Dependencias habilitadas de la Secretaría Nacional de Discapacidad, como otra alternativa para iniciar el procedimiento.
Plataforma de Trámites a Distancia (TAD), mediante la cual se pueden realizar presentaciones administrativas.
Correo electrónico, mencionado también entre las vías previstas para efectuar el trámite, aunque la información difundida no especifica la dirección correspondiente.
La presentación deberá incluir la documentación médica actualizada y los antecedentes pertinentes. Además, la Defensoría hizo hincapié en la necesidad de considerar la fecha de notificación, ya que desde ese momento comienza a computarse el plazo de 60 días corridos para solicitar la rehabilitación.
Los plazos para presentar recursos administrativos
Además de la solicitud de rehabilitación, el organismo provincial recordó que las personas afectadas pueden interponer los recursos administrativos correspondientes dentro de los plazos establecidos para cada procedimiento. Según precisó la Defensoría, los plazos para estas presentaciones son de 20 o 30 días desde la notificación, dependiendo del recurso que corresponda.
Por ese motivo, resulta importante distinguir entre el plazo de 60 días corridos previsto para solicitar la rehabilitación de la pensión y los términos más breves establecidos para los recursos administrativos. Se trata de procedimientos diferentes, con plazos propios que deben considerarse a partir de la comunicación formal de la medida.
La Defensoría recomendó tener presentes estas alternativas para que los beneficiarios puedan recibir orientación y evaluar las presentaciones que correspondan en función de su situación particular.
En este contexto, el asesoramiento adquiere relevancia para quienes necesiten conocer qué documentación deben reunir, dónde presentar sus solicitudes y cuáles son los plazos aplicables. La información difundida por el organismo apunta a evitar que las personas afectadas desconozcan las vías administrativas disponibles frente a la suspensión de sus prestaciones.
La Defensoría ratificó su compromiso
Desde el organismo provincial señalaron que, aunque una decisión judicial limitó la posibilidad de continuar interviniendo en el amparo colectivo, la institución mantendrá su compromiso con la defensa de los derechos de las personas con discapacidad.
"Aunque la Justicia limitó la posibilidad de que esta Defensoría continúe interviniendo en el amparo colectivo, seguimos comprometidos con la defensa de los derechos de las personas con discapacidad y a disposición de quienes necesiten asesoramiento, orientación y acompañamiento", remarcaron desde la institución.
En el mismo mensaje, reiteraron que continuarán disponibles para brindar asistencia a los ciudadanos que puedan verse afectados por la nueva medida nacional. La aclaración apunta a mantener abierto un canal de consulta para quienes necesiten información sobre las gestiones que pueden realizar ante la suspensión de su pensión.
La Defensoría también subrayó su disposición a acompañar a las personas que requieran orientación durante los procedimientos administrativos, en un escenario marcado por la modificación de las condiciones que habían permitido restituir los beneficios a partir de la cautelar judicial.
Dónde consultar en Catamarca
Las personas que necesiten asesoramiento, orientación o acompañamiento pueden acercarse a la sede de la Defensoría del Pueblo de Catamarca, ubicada en Sarmiento 980, o comunicarse telefónicamente con el organismo.
Los datos de contacto difundidos son:
Dirección: Sarmiento 980, Catamarca.
Teléfono: 3834-791504.
La institución recordó que permanece a disposición de la ciudadanía para atender consultas vinculadas con la suspensión de las Pensiones No Contributivas por Invalidez y orientar a quienes necesiten conocer las alternativas disponibles.