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Aplican sanción económica al Instituto Hood por permitir el ingreso de un arma

La Dirección Provincial de Educación de Gestión Municipal, Privada, Social y Cooperativa resolvió imponer una multa equivalente al 5% del aporte correspondiente a junio de 2026. La medida surge tras un sumario administrativo que detectó deficiencias en los mecanismos de supervisión y control dentro del establecimiento educativo.

18 Junio de 2026 10.50

La Dirección Provincial de Educación de Gestión Municipal, Privada, Social y Cooperativa, organismo dependiente del Ministerio de Educación y Trabajo, resolvió aplicar una sanción administrativa de multa al Instituto Superior Enrique Guillermo Hood, Nivel Secundario, luego de concluir un proceso de investigación administrativa relacionado con hechos ocurridos dentro de la institución educativa.

La medida consiste en una multa equivalente al cinco por ciento (5%) del aporte correspondiente al mes de junio de 2026, y fue adoptada en el marco de un sumario sustanciado conforme a lo establecido por el artículo 24, inciso b), de la Ley Provincial Nº 3.387 de Enseñanza Privada.

La resolución representa la conclusión de una serie de actuaciones iniciadas tras la difusión pública de material audiovisual que generó preocupación y motivó la intervención de las autoridades educativas.

El origen de la investigación

Las actuaciones administrativas comenzaron luego de que circularan en redes sociales y medios digitales imágenes registradas dentro del establecimiento educativo.

El material audiovisual mostraba situaciones desarrolladas en el ámbito escolar y dio lugar a una investigación destinada a determinar las circunstancias en las que se habían producido los hechos. A través del sumario administrativo se estableció que el registro correspondía a un ensayo realizado durante el ciclo lectivo 2025, vinculado con la puesta en escena de la obra teatral "Alma de la Tierra: Mujer Catamarqueña".

Según se determinó en el expediente, la propuesta artística estaba inspirada en textos de autores catamarqueños y en la historia de mujeres que realizaron aportes al desarrollo social y cultural de la provincia.

El planteo de la institución educativa

Durante el desarrollo de las actuaciones, el Instituto Hood sostuvo que la actividad tenía una finalidad esencialmente pedagógica, cultural y artística.

La obra teatral formaba parte de una propuesta educativa orientada a la representación escénica de contenidos vinculados con la identidad provincial y el reconocimiento de figuras femeninas que contribuyeron a la construcción histórica y cultural de Catamarca. Sin embargo, más allá del contexto en el que se desarrolló la actividad, la investigación administrativa se concentró en evaluar los mecanismos institucionales de control, supervisión y prevención implementados por el establecimiento.

Las conclusiones del sumario

Tras analizar la documentación reunida y los antecedentes incorporados al expediente, las actuaciones administrativas concluyeron que existieron falencias en los procedimientos que debían garantizar la seguridad dentro del ámbito escolar.

La resolución determinó que se registraron deficiencias en los mecanismos de supervisión, control y prevención, particularmente frente a la utilización de un elemento con apariencia de arma de fuego dentro de la institución. Según el criterio adoptado por la autoridad educativa, la situación evidenció la necesidad de fortalecer los procedimientos internos destinados a prevenir riesgos y asegurar entornos adecuados para toda la comunidad educativa.

El deber de cuidado y la responsabilidad institucional

La Dirección Provincial de Educación remarcó que el deber de cuidado constituye una obligación inherente a la prestación del servicio educativo.

En ese sentido, la resolución destacó que la responsabilidad de garantizar condiciones de seguridad para estudiantes y miembros de la comunidad educativa se encuentra respaldada por distintos marcos normativos. Entre ellos se mencionan:

  • La Ley Provincial de Educación Nº 5.381.
  • El Código Civil y Comercial de la Nación.
  • La Ley Nº 26.061 de Protección Integral de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes.

La autoridad educativa señaló que las instituciones tienen la obligación de ejercer funciones de vigilancia, resguardo y cuidado permanentes, especialmente cuando se desarrollan actividades que implican el uso de elementos o recursos que requieren controles específicos.

Recomendaciones para los establecimientos educativos

A partir de las conclusiones alcanzadas en el sumario, la Dirección Provincial también formuló una exhortación dirigida a los establecimientos educativos de gestión privada.

El organismo instó a fortalecer los mecanismos de autorización y control relacionados con los materiales utilizados en actividades pedagógicas, talleres, muestras y representaciones artísticas. La recomendación apunta a consolidar procedimientos que permitan garantizar que los espacios escolares continúen siendo ámbitos seguros para estudiantes, docentes y demás integrantes de la comunidad educativa.

Dentro de las acciones señaladas se encuentran:

  • El fortalecimiento de los protocolos de autorización.
  • La mejora de los sistemas de control institucional.
  • La supervisión de materiales utilizados en actividades artísticas.
  • La revisión de recursos empleados en talleres y muestras.
  • La adopción de medidas preventivas orientadas a la seguridad escolar.

Notificación de la resolución

La sanción administrativa fue formalmente notificada a la representante legal del Instituto Superior Enrique Guillermo Hood.

Asimismo, la resolución fue comunicada a distintas áreas del Ministerio de Educación y Trabajo para su conocimiento y registro institucional. Según se informó, tomaron conocimiento de la medida:

  • El Ministerio de Educación y Trabajo.
  • La Secretaría de Gestión Educativa.
  • La Subsecretaría Legal, Técnica y Administrativa de esa cartera.

Con esta decisión concluye el proceso administrativo iniciado tras la difusión del material audiovisual, aunque la resolución deja planteada la necesidad de reforzar los mecanismos de prevención y control dentro de los establecimientos educativos, especialmente en aquellas actividades que involucran recursos o elementos cuya utilización requiere una supervisión rigurosa para preservar la seguridad de toda la comunidad escolar.