Rige la veda total de pesca deportiva en todos los diques de Catamarca
La restricción comenzó este lunes y se extenderá hasta el 31 de octubre de 2026, en coincidencia con el período de reproducción de las especies. El incumplimiento podrá derivar en multas, decomiso de materiales y otras sanciones.

La Dirección de Recursos Forestales, Suelo y Biodiversidad, en su carácter de autoridad de aplicación de la Ley Provincial de Fauna Silvestre N° 4.855, informó el inicio de la veda total de pesca deportiva en todos los diques de jurisdicción provincial.

La medida alcanza a la población en general, pescadores deportivos, clubes de pesca y autoridades de control, quienes deberán cumplir con las disposiciones establecidas durante el período de vigencia de la restricción.

La veda comenzó a regir a partir del 31 de agosto y se extenderá hasta el 31 de octubre de 2026, conforme a lo dispuesto por la Disposición DISPC-2025-74-E-CAT-DRFSB#MAEMA, en sus artículos 2 y 7.

La decisión fue adoptada en coincidencia con el período de reproducción de la fauna ictícola, con el objetivo de garantizar la sustentabilidad del recurso y contribuir a la preservación de las especies presentes en los diques bajo jurisdicción provincial.

Una medida que alcanza a todos los diques provinciales

La disposición establece de manera expresa la veda total de pesca deportiva en todos los diques de jurisdicción provincial, por lo que la restricción comprende la totalidad de estos espacios durante el período informado por la autoridad de aplicación. Los principales aspectos de la medida son los siguientes:

  • Actividad alcanzada: pesca deportiva.
  • Alcance: todos los diques de jurisdicción provincial.
  • Inicio de la veda: 31 de agosto de 2026.
  • Finalización prevista: 31 de octubre de 2026.
  • Autoridad de aplicación: Dirección de Recursos Forestales, Suelo y Biodiversidad.
  • Marco normativo: Ley Provincial de Fauna Silvestre N° 4.855.
  • Disposición: DISPC-2025-74-E-CAT-DRFSB#MAEMA, artículos 2 y 7.
  • Fundamento de la medida: el período de reproducción de la fauna ictícola.
  • Objetivo: garantizar la sustentabilidad del recurso.

La comunicación está dirigida no solamente a quienes practican habitualmente la pesca deportiva, sino también a los clubes vinculados con esta actividad y a las autoridades encargadas de los controles.

El porqué de la restricción

La medida coincide con un período considerado relevante para la reproducción de la fauna ictícola. Por esta razón, la autoridad de aplicación estableció la suspensión total de la pesca deportiva en los diques de jurisdicción provincial durante los meses comprendidos entre el 31 de agosto y el 31 de octubre.

El objetivo expresado es garantizar la sustentabilidad del recurso, preservando la fauna ictícola durante su período reproductivo. La veda constituye así una restricción temporal sobre la actividad de pesca deportiva, establecida específicamente en función del ciclo de reproducción de las especies.

Desde la Dirección de Recursos Forestales, Suelo y Biodiversidad remarcaron la importancia de la colaboración de los distintos sectores alcanzados por la medida para cumplir con las disposiciones vigentes y contribuir a la preservación de la fauna ictícola.

¿Puede haber prórroga o cambios en las fechas?

La disposición contempla que la veda podrá sufrir modificaciones de acuerdo con las condiciones que se presenten. Según se informó, la medida podrá ser prorrogada, modificada o dejada sin efecto, de manera total o parcial, cuando existan condiciones de cualquier índole que así lo ameriten.

Cualquier modificación de estas características deberá realizarse previo informe técnico del área competente.

De esta manera, el período inicialmente establecido, que se extiende hasta el 31 de octubre de 2026, queda sujeto a la posibilidad de una revisión posterior en función de las condiciones y de las evaluaciones técnicas correspondientes.

Sanciones por incumplimiento

La autoridad de aplicación también advirtió sobre las consecuencias que pueden derivarse del incumplimiento de la veda. Quienes no respeten la restricción serán sancionados conforme a lo establecido en la Ley Provincial N° 4.855.

Entre las medidas que pueden aplicarse se encuentran:

  • Multas.
  • Decomiso de materiales de pesca.
  • Las demás sanciones previstas por la normativa vigente.

La advertencia alcanza a todas las personas y sectores comprendidos dentro de la comunicación oficial, incluyendo a pescadores deportivos y a las instituciones relacionadas con la actividad.

El cumplimiento de la veda forma parte de las disposiciones establecidas para preservar la fauna ictícola durante el período determinado por la autoridad de aplicación.