El Banco Central de la República Argentina (BCRA) habilitó la posibilidad de que las empresas paguen salarios en dólares a través de cuentas sueldo abiertas en esa moneda. La decisión modifica la operatoria vigente para las entidades empleadoras y se vincula con los cambios previstos en la reforma laboral.
La medida permite incorporar al dólar estadounidense como una moneda admitida para la captación de depósitos en las denominadas "cuentas sueldo", ampliando de esta manera las alternativas disponibles para el pago de remuneraciones.
La modificación fue formalizada mediante la Comunicación "A" 8460, a través de la cual la autoridad monetaria estableció la incorporación de la moneda estadounidense dentro del esquema de depósitos destinados al pago de salarios.
El cambio alcanza a las empresas que decidan utilizar esta modalidad para abonar remuneraciones y establece, al mismo tiempo, condiciones específicas para la disponibilidad de los fondos depositados en dólares.
Qué establece la Comunicación "A" 8460
La normativa del BCRA dispuso "incorporar al dólar estadounidense como moneda admitida para la captación de depósitos en la 'Cuenta sueldo'".
El nuevo esquema contempla tanto la posibilidad de recibir depósitos en dólares como de retirar efectivo en esa moneda. Sin embargo, la operatoria estará sujeta a las condiciones de disponibilidad de cada sucursal o punto de atención bancaria. La disposición establece que:
- Los bancos deberán atender los depósitos en dólares en efectivo en la sucursal donde esté radicada la cuenta.
- También deberán atender las extracciones de dólares en efectivo en esa misma sucursal.
- En otras sucursales, cajeros automáticos y terminales de autoservicio, la posibilidad de retirar dólares dependerá de la disponibilidad operativa de efectivo de cada entidad.
De esta manera, la normativa establece una diferencia entre la sucursal en la que se encuentra radicada la cuenta sueldo y los demás puntos de atención. En la primera, la entidad bancaria deberá atender las operaciones mencionadas. En las demás sucursales y dispositivos, la disponibilidad estará condicionada a la capacidad operativa de cada banco para contar con efectivo en dólares.
El vínculo con la reforma laboral
Desde el Banco Central explicaron que la modificación responde a los cambios previstos en la reforma laboral y que el nuevo esquema no se limita únicamente a los trabajadores comprendidos dentro del Régimen de Contrato de Trabajo.
La autoridad monetaria señaló que la modificación también abarcará "las eventuales cuentas sueldo en dólares que se utilicen para el pago de remuneraciones de trabajadores no alcanzados por el Régimen de Contrato de Trabajo".
Así, la nueva operatoria contempla la posibilidad de que existan cuentas sueldo en moneda estadounidense destinadas a recibir remuneraciones de trabajadores que no se encuentran alcanzados por ese régimen específico.
La incorporación del dólar como moneda admitida para estas cuentas modifica la forma en que las entidades bancarias deberán instrumentar los pagos salariales cuando las empresas opten por abonar los sueldos en moneda extranjera.
Depósitos y retiros: cómo funcionará
Uno de los aspectos centrales de la medida está relacionado con el acceso al efectivo. La normativa establece que los bancos deberán atender los depósitos y las extracciones de dólares en efectivo en la sucursal donde esté radicada la cuenta sueldo.
Esto significa que la disponibilidad de la moneda extranjera se encuentra directamente vinculada con la sucursal de radicación de la cuenta. En cambio, cuando el trabajador pretenda realizar una extracción en otra sucursal, en un cajero automático o en una terminal de autoservicio, la operación dependerá de que la entidad cuente con la disponibilidad operativa de efectivo necesaria.
El esquema queda, entonces, definido por dos criterios:
- Sucursal donde está radicada la cuenta: el banco debe atender los depósitos y las extracciones de dólares en efectivo.
- Otras sucursales, cajeros automáticos y terminales de autoservicio: la operación dependerá de la disponibilidad de efectivo en dólares de cada entidad.