El Gobierno de Javier Milei volvió a postergar la actualización de los impuestos a los combustibles que debía comenzar a aplicarse a partir del 1° de septiembre y resolvió trasladar su entrada en vigencia al 1° de octubre.
La decisión fue publicada este lunes en el Boletín Oficial y alcanza a los incrementos correspondientes al Impuesto sobre los Combustibles Líquidos (ICL) y al Impuesto al Dióxido de Carbono, aplicados sobre determinados combustibles.
De esta manera, la actualización prevista para el comienzo de septiembre no entrará en vigencia en la fecha originalmente establecida. El Gobierno dispuso una nueva postergación de los incrementos remanentes y fijó octubre como el nuevo momento para su aplicación.
Qué impuestos alcanza la postergación
La norma publicada este lunes estableció el diferimiento de la actualización tributaria para distintos productos vinculados con los combustibles. La decisión alcanza a:
- El Impuesto sobre los Combustibles Líquidos (ICL).
- El Impuesto al Dióxido de Carbono aplicado a la nafta sin plomo.
- El Impuesto al Dióxido de Carbono aplicado a la nafta virgen.
- El Impuesto al Dióxido de Carbono aplicado al gasoil.
El retraso implica que los incrementos que debían comenzar a regir desde el 1° de septiembre fueron trasladados hasta el 1° de octubre.
La medida constituye una nueva postergación de las actualizaciones impositivas pendientes y modifica el cronograma de entrada en vigencia que estaba previsto para el comienzo del nuevo mes.
El argumento expresado en el decreto
En los considerandos del decreto, el Gobierno explicó los motivos de la decisión y señaló que el diferimiento se adopta con el objetivo de continuar estimulando el crecimiento de la economía. El texto sostuvo que la medida fue tomada "con el propósito de continuar estimulando el crecimiento de la economía a través de un sendero fiscal sostenible".
En ese sentido, la norma indicó que "resulta necesario, para los productos en cuestión, diferir los incrementos remanentes originados en las referidas actualizaciones".
Así, el fundamento expresado oficialmente vincula la postergación con el propósito de sostener el crecimiento de la economía dentro de un sendero fiscal considerado sostenible.
La decisión alcanza específicamente a los incrementos que permanecían pendientes de aplicación como consecuencia de las actualizaciones establecidas para los impuestos sobre los combustibles y al dióxido de carbono.
La medida y el impacto sobre la inflación
Según la información disponible, la decisión del Gobierno busca evitar un salto en la inflación. Los incrementos cuya aplicación fue postergada corresponden a distintas actualizaciones acumuladas que no habían entrado en vigencia y que ahora deberán esperar hasta octubre.
En concreto, se trata de actualizaciones pendientes correspondientes a:
- El año 2024.
- El año 2025.
- El primer trimestre de 2026.
- El segundo trimestre de 2026.
La entrada en vigencia de estos incrementos estaba prevista inicialmente para el 1° de septiembre, pero la nueva decisión oficial trasladó esa fecha al 1° de octubre.
La postergación busca evitar que la aplicación de las actualizaciones pendientes produzca un impacto inmediato que se traduzca en un salto inflacionario. Por ese motivo, el Ejecutivo resolvió diferir nuevamente la implementación de los aumentos tributarios. La evolución del Impuesto sobre los Combustibles Líquidos
Un informe del Instituto Argentina Grande (IAG) aportó datos sobre la evolución de la participación del Impuesto sobre los Combustibles Líquidos dentro del precio de la nafta súper.
De acuerdo con el informe, el ICL pasó de representar el 8,9% del precio de la nafta súper en noviembre de 2023 al 19,25% en julio de 2026.
El dato expone el cambio registrado en la participación del impuesto durante ese período y se conoce en el marco de una nueva postergación de los incrementos tributarios pendientes.
Los valores mencionados por el Instituto Argentina Grande son los siguientes:
- Noviembre de 2023: el ICL representaba el 8,9% del precio de la nafta súper.
- Julio de 2026: el ICL pasó a representar el 19,25% del precio de la nafta súper.