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Cambios en el régimen y nuevas escalas salariales

Reforma laboral para las empleadas domésticas: qué cambia a partir de ahora en el régimen de casas particulares

La nueva normativa sancionada introduce modificaciones en el período de prueba y la registración administrativa. En paralelo, se acordó una actualización salarial del 3% y el pago de bonos extraordinarios para todas las categorías.

28 Febrero de 2026 10.12

La reforma laboral sancionada anoche por la Cámara de Senadores ha incorporado cambios específicos en el régimen que regula a las trabajadoras de casas particulares, una actividad que cuenta con un marco normativo propio y diferenciado del régimen general de contrato de trabajo. Si bien las modificaciones no alteraron la estructura central del sistema, sí introdujeron ajustes concretos que impactan en la etapa inicial del vínculo laboral y en la formalización administrativa del sector.

El nuevo esquema amplió el período de prueba, reconoció formalmente herramientas digitales para documentar la relación laboral y habilitó alternativas en determinadas obligaciones formales. Al mismo tiempo, el marco legal mantuvo sin cambios los derechos estructurales vinculados a la jornada, los descansos y la indemnización posterior al plazo inicial, garantizando la continuidad de los pilares del régimen especial.

Período de prueba: el cambio más relevante

Uno de los ejes centrales de la reforma fue la extensión del período inicial del vínculo laboral. Hasta ahora, el régimen contemplaba un plazo más acotado; sin embargo, con la nueva normativa, el período de prueba puede alcanzar hasta seis meses, según la modalidad de contratación elegida.

Durante ese lapso, el empleador tiene la facultad de extinguir la relación laboral sin que corresponda el pago de una indemnización por antigüedad. No obstante, se mantiene la obligación estricta de abonar los salarios y realizar los aportes y contribuciones correspondientes mientras dure el vínculo. Esta ampliación del plazo impacta directamente en la estabilidad inicial de la trabajadora, ya que el margen sin obligación indemnizatoria se prolonga considerablemente respecto del esquema anterior.

Medios electrónicos y formalización administrativa

La reforma también introdujo cambios orientados a modernizar la registración del trabajo doméstico y facilitar la trazabilidad de los pagos. Entre los puntos más destacados se encuentran:

  • Transferencia bancaria: Se incorporó el reconocimiento formal de la acreditación en cuenta como prueba suficiente del cumplimiento de la obligación salarial.
  • Recibos electrónicos: Se habilitó la emisión de recibos de sueldo digitales para facilitar la documentación del vínculo laboral.
  • Indumentaria: Si bien persiste la obligación de proveer ropa de trabajo, se habilitó que esta pueda cumplirse mediante una compensación en dinero no remunerativa, previo acuerdo entre las partes.

Además, la reforma incluyó cambios en la actualización de indemnizaciones y créditos laborales en casos de juicios. Según la nueva normativa, estos montos se regirán por las pautas del régimen general de la Ley de Contrato de Trabajo, unificando criterios sobre intereses y límites procesales para garantizar que los cálculos reflejen de manera consistente la antigüedad y los aportes en contextos inflacionarios.

Pilares que se mantienen sin cambios

Más allá de las modificaciones puntuales, la reforma no alteró los fundamentos del sistema que regula el trabajo en hogares. La estructura general del régimen especial continuó vigente y diferenciada del contrato de trabajo general, manteniendo los siguientes derechos:

  • Jornada laboral máxima: Ocho horas diarias o 48 horas semanales para trabajadoras con retiro.
  • Descansos: Se preserva el descanso semanal obligatorio y las licencias por maternidad en los términos previstos por la normativa específica.
  • Indemnización: El pago por antigüedad sigue firme una vez superado el período de prueba.
  • Órgano rector: La Comisión Nacional de Trabajo en Casas Particulares continúa como el ente encargado de la determinación salarial.

Incrementos salariales y bonos extraordinarios

En paralelo a la entrada en vigencia de la reforma, la Comisión Nacional acordó una actualización salarial del 3% para febrero y marzo de 2026, dividida en dos tramos de 1,5% cada uno. Esta suba impactó en todas las categorías incluidas dentro del régimen. Asimismo, se establecieron bonos no remunerativos por única vez, cuyos montos varían según la carga horaria semanal:

  • $8.000 para trabajadoras con menos de 12 horas semanales.
  • $11.500 para quienes trabajan entre 12 y 16 horas por semana.
  • $20.000 para aquellas que superan las 16 horas semanales.

Estos pagos extraordinarios no se incorporan al salario básico ni se computan para el cálculo de aguinaldo, vacaciones o aportes previsionales, funcionando como un refuerzo nominal ante la coyuntura económica actual y alcanzando a todas las categorías contempladas, desde limpieza hasta asistencia y cuidado.