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Se confirmó la condena a Aníbal Lotocki por los casos de Silvina Luna, Stefi Xipolitakis y otras dos mujeres

La Corte Suprema de Justicia de la Nación rechazó un recurso de Aníbal Lotocki y, con ello, quedó firme su condena a ocho años de prisión.

29 Octubre de 2026 23.03

La Corte Suprema de Justicia de la Nación tomó una decisión definitiva en la causa contra Aníbal Lotocki al rechazar el último recurso presentado por su defensa. De esta manera, quedó firme la condena a ocho años de prisión y diez años de inhabilitación para ejercer la medicina por las lesiones graves provocadas a Silvina Luna, Stefy Xipolitakis, Pamela Sosa y Gabriela Trenchi.

En una primera instancia, el médico había recibido una condena por lesiones graves, aunque había sido absuelto del delito de estafa. Sin embargo, tanto su defensa como las partes acusadoras cuestionaron el fallo: mientras Lotocki buscaba revertir la sentencia, los denunciantes insistieron en que también debía responder por las acusaciones de estafa.

Posteriormente, la Sala III de la Cámara Nacional de Casación en lo Criminal y Correccional revisó la resolución y estableció una pena de ocho años de cárcel y diez de inhabilitación profesional. El tribunal lo consideró responsable de cuatro hechos de lesiones graves y del delito de estafa, en concurso real.

Frente a este escenario, Lotocki intentó nuevamente revertir la decisión judicial, pero la Sala II de la misma Cámara confirmó lo resuelto, garantizando así una segunda revisión de la condena. Tras ese resultado adverso, sus abogados presentaron un recurso extraordinario que fue denegado, por lo que acudieron directamente al máximo tribunal mediante un recurso de queja.

Finalmente, los jueces Horacio Rosatti, Carlos Rosenkrantz y Ricardo Lorenzetti desestimaron la presentación de la defensa amparándose en el artículo 280 del Código Procesal Civil y Comercial de la Nación. Con esta resolución, la sentencia quedó firme y se agotó esta instancia de revisión judicial.

Esta decisión representa la cuarta oportunidad en la que la Corte Suprema interviene en el expediente. En sus dos primeras actuaciones, el tribunal se pronunció sobre las restricciones que se habían dispuesto contra Lotocki antes de que existiera una sentencia definitiva.

La tercera intervención estuvo relacionada con un planteo de la defensa contra la resolución de la Sala III, que también fue rechazado. Ahora, con esta nueva decisión, la Corte puso fin al último intento de Lotocki de modificar la condena por los hechos juzgados.