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Un bebé abortado obtuvo una indemnización histórica por una demanda de muerte ilícita

La demanda, identificada como Wabbington v. Boyd, sostuvo que la madre no podía otorgar un consentimiento informado válido cuando acudió a una clínica en 2020 bajo los efectos de la metanfetamina. La acción judicial terminó con una indemnización de 200.000 dólares, conforme a la ley de Nuevo México sobre muerte ilícita.

6 Octubre de 2026 08.15

Un bebé de Nuevo México, Estados Unidos, que fue abortado durante el tercer trimestre del embarazo, obtuvo una indemnización de 200.000 dólares a partir de una demanda por muerte ilícita presentada contra el profesional que realizó el procedimiento.

El caso, identificado como Wabbington v. Boyd, fue llevado adelante por Mike Seibel, abogado de Albuquerque especializado en negligencia médica. De acuerdo con los términos de la demanda, el bebé por nacer fue descrito jurídicamente como una "persona" que "tenía derecho a igual protección ante la ley".

La acción se desarrolló en el marco de la legislación de Nuevo México sobre muerte ilícita y concluyó con una compensación económica de 200.000 dólares. El caso adquiere particular relevancia dentro de la información proporcionada debido a la afirmación de Seibel acerca de que se trató de la primera oportunidad en la que se demandó a un abortista por la muerte ilícita de un bebé.

Seibel se especializa además en la defensa de mujeres que han sufrido daños a causa del aborto, según se desprende de la información sobre su intervención en el proceso.

La situación de la madre al momento del aborto

Uno de los elementos centrales planteados en la demanda estuvo relacionado con las condiciones en las que se encontraba la madre cuando acudió a una clínica de abortos en 2020.

Según la presentación judicial, la mujer estaba bajo los efectos de la metanfetamina en el momento de acudir al establecimiento. A partir de esa circunstancia, la demanda sostuvo que no se encontraba en condiciones de otorgar un consentimiento informado válido.

Pese a esa situación, siempre según lo planteado en la demanda, se llevó adelante el aborto.

El consentimiento informado constituye en este caso uno de los puntos centrales de la acción judicial, debido a que el reclamo cuestionó que el procedimiento se hubiera realizado cuando la madre, de acuerdo con la demanda, no estaba en condiciones de prestar un consentimiento considerado válido.

La presentación judicial vinculó directamente esa circunstancia con la responsabilidad que se atribuyó a los profesionales que intervinieron en el procedimiento.

El reclamo por la falta de información y derivaciones

La demanda también incorporó otros cuestionamientos vinculados con la atención que recibió la mujer antes del aborto. Según el planteo judicial, los abortistas no le informaron sobre los recursos de apoyo disponibles en el estado de Nuevo México. Además, tampoco la derivaron al Departamento de Niños, Jóvenes y Familias de Nuevo México.

Estos señalamientos formaron parte de los argumentos utilizados en la demanda para cuestionar las circunstancias en las que se produjo el aborto y la actuación de los profesionales involucrados.

De esta manera, el caso no estuvo centrado únicamente en la realización del procedimiento, sino también en las condiciones en las que la mujer llegó a la clínica, su capacidad para brindar consentimiento y la información y asistencia que, según la demanda, no habría recibido.

El planteo jurídico sobre el bebé por nacer

Otro aspecto significativo del expediente fue la caracterización jurídica del bebé. En la demanda, Seibel lo describió como una "persona" y sostuvo que tenía "derecho a igual protección ante la ley".

La utilización de esa definición fue parte del planteo que permitió encuadrar el reclamo bajo la legislación de Nuevo México sobre muerte ilícita.

El proceso concluyó con una indemnización de 200.000 dólares, de acuerdo con la información proporcionada, convirtiendo el caso en un antecedente destacado dentro del planteo formulado por el abogado.

El primer caso contra un abortista

El abogado Mike Seibel afirmó a Live Action News que se trató de la primera vez que se demandaba a un abortista por la muerte ilícita de un bebé.

La declaración ubica al proceso en un lugar particular dentro de la estrategia jurídica desarrollada por el abogado, quien representa a mujeres que, según la información proporcionada, han sufrido daños a causa del aborto.

El caso combina así distintos elementos: la situación en la que se encontraba la madre al momento de solicitar el procedimiento, el cuestionamiento sobre la existencia de un consentimiento informado válido, la supuesta falta de información sobre recursos estatales de apoyo, la ausencia de una derivación al organismo de Nuevo México mencionado en la demanda y la consideración jurídica del bebé por nacer como una persona con derecho a igual protección ante la ley.

El resultado fue una indemnización de 200.000 dólares por muerte ilícita, conforme a la legislación de Nuevo México, en un proceso que el abogado interviniente presentó como un hecho sin precedentes por tratarse, según su declaración, de la primera demanda de este tipo contra un abortista por la muerte ilícita de un bebé.