• Dólar
  • BNA $1490 ~ $1540
  • BLUE $1520 ~ $1540
  • TURISTA $1937 ~ $1937

21 C ° ST 20.55 °

Unión Radio 91.3 en vivo

Crueldad animal: imputaron al sujeto acusado de maltratar a "Margarita"

Durante la indagatoria, el acusado estuvo asistido por la defensora oficial N°2, Florencia González Pinto, y se abstuvo de declarar. La Fiscalía reunió testimonios, videos, actuaciones policiales y la historia clínica de la perra.

Margarita
Margarita

8 Octubre de 2026 16.35

El fiscal de Instrucción N°8 del Distrito Norte, Juan Manuel Sánchez Ruiz, imputó e indagó a Rolando del Carmen Ovejero por el presunto delito de "crueldad animal", en calidad de autor, a raíz de un hecho ocurrido el 17 de septiembre de 2026.

La acusación se produjo luego de que la Fiscalía avanzara con la recopilación y el análisis de distintos elementos incorporados a la investigación penal preparatoria. A partir de esas actuaciones, el fiscal sustentó la atribución del hecho y comunicó formalmente la acusación al imputado, quien tuvo la posibilidad de ejercer su defensa.

Durante la instancia de indagatoria, Ovejero estuvo asistido por la defensora oficial N°2, Florencia González Pinto, y optó por abstenerse de declarar.

La decisión de no prestar declaración se produjo en el marco de una investigación en la que, antes de formalizarse la imputación, se habían reunido diferentes elementos vinculados con el episodio y con las consecuencias que habría sufrido el animal.

Qué ocurrió en el Parque Adán Quiroga

Según la imputación fiscal, el episodio tuvo lugar durante la tarde del 17 de septiembre, en el óvalo del Parque Adán Quiroga, en la ciudad Capital, cerca de las escalinatas de premiación.

De acuerdo con la descripción incorporada a la acusación, Ovejero se encontraba junto a su perra "Margarita", una ejemplar de raza dachshund, conocida habitualmente como "salchicha", que tenía un año y un mes de edad. El animal se encontraba sujeto mediante collar y correa cuando, según la imputación, se produjo la situación que dio origen a la investigación.

La acusación sostiene que Ovejero habría levantado al animal utilizando la correa, dejándolo suspendido en el aire. Posteriormente, siempre de acuerdo con la descripción del hecho atribuida por la Fiscalía, habría bajado a la perra al suelo para luego propinarle patadas en el cuerpo.

La conducta atribuida habría provocado en "Margarita" sufrimiento innecesario, elemento que forma parte de la imputación por el presunto delito de crueldad animal.

rescatado maltrato
IMAGENES SENSIBLES

Los elementos reunidos por la Fiscalía

La imputación no se sustentó únicamente en una denuncia. Durante la investigación penal preparatoria, la Fiscalía incorporó distintos elementos destinados a reconstruir lo ocurrido y respaldar la atribución del hecho.

Entre las actuaciones y pruebas reunidas se encuentran:

  • La denuncia vinculada con el episodio.
  • Declaraciones testimoniales.
  • Registros de video.
  • Actas de visualización de los registros de video.
  • Un acta de registro domiciliario.
  • Actuaciones de la División de Investigaciones de la Policía de la Provincia.
  • La historia clínica de la perra "Margarita", elaborada por la veterinaria "Mi Granja".
  • Otros elementos incorporados durante el proceso de investigación.

La recopilación de estos elementos precedió a la imputación y a la posterior indagatoria de Ovejero. La Fiscalía realizó el análisis de las actuaciones disponibles antes de comunicar formalmente la acusación.

En ese proceso, los registros de video y sus respectivas actas de visualización forman parte de los elementos utilizados para abordar las circunstancias del episodio, mientras que la historia clínica de "Margarita", elaborada por la veterinaria "Mi Granja", constituye otro de los elementos incorporados a la investigación.

La instancia de indagatoria

Con los elementos reunidos, el fiscal Sánchez Ruiz avanzó con la imputación y citó a Ovejero a la instancia de indagatoria. En esa oportunidad, el imputado contó con asistencia letrada de la defensora oficial N°2, Florencia González Pinto, y decidió abstenerse de declarar.

La indagatoria constituyó la instancia en la que se comunicó formalmente la acusación al imputado, luego de la recopilación y análisis de las pruebas incorporadas durante la etapa de investigación penal preparatoria.

De esta manera, la Fiscalía dejó planteada la atribución del hecho bajo la figura de crueldad animal, en calidad de autor, mientras que Ovejero ejerció su derecho de defensa mediante la decisión de no prestar declaración durante esa instancia.

Qué establece la Ley N°14.346

El caso se encuadra en las disposiciones de la Ley N°14.346, que establece penas para quienes maltraten o hagan víctimas de actos de crueldad a los animales.

La norma contempla penas de prisión de quince días a un año para quienes incurran en esas conductas. En particular, el artículo 3°, inciso 7°, contempla como actos de crueldad, entre otras conductas, lastimar intencionalmente a los animales o causarles torturas o sufrimientos innecesarios.

La referencia a esta normativa forma parte del fundamento jurídico de la imputación formulada en la investigación.

En el caso de "Margarita", la conducta atribuida por la Fiscalía comprende, según la acusación, el momento en que el animal habría sido levantado mediante la correa, quedando suspendido en el aire, y posteriormente las patadas que habría recibido en el cuerpo. La Fiscalía consideró que esos hechos podían quedar comprendidos dentro de la figura de crueldad animal prevista por la legislación vigente.