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Declaran no culpable a un hombre que estaba acusado de abusos sexuales en Catamarca

Tras la deliberación realizada en la Oficina de Gestión de Audiencias (OGA), el jurado popular resolvió declarar no culpable al hombre identificado con la inicial A., quien enfrentaba un proceso por múltiples delitos contra la integridad sexual.

29 Julio de 2026 19.12

El jurado popular reunido este miércoles en la Oficina de Gestión de Audiencias (OGA) resolvió declarar no culpable al hombre identificado con la inicial A., quien era juzgado por una serie de delitos contra la integridad sexual.

La decisión puso fin al proceso judicial desarrollado bajo la modalidad de juicio por jurados, en el que un grupo de ciudadanos tuvo la responsabilidad de evaluar las pruebas presentadas durante el debate y emitir un veredicto sobre la responsabilidad penal del acusado.

El caso había llegado a instancia de juicio con una imputación que comprendía distintos hechos y calificaciones legales, los cuales fueron sometidos a consideración del jurado popular luego de las audiencias correspondientes.

Las acusaciones que enfrentaba el imputado

El imputado había sido llevado a debate acusado del delito de abuso sexual doblemente agravado en relación con el primer hecho atribuido.

De acuerdo con la acusación, ese hecho se encontraba agravado por dos circunstancias específicas:

  • Por configurar un sometimiento gravemente ultrajante para la víctima por las circunstancias de su realización.
  • Por resultar un grave daño a la salud mental de la víctima.

Además de esa imputación principal, el acusado enfrentaba cargos por abuso sexual simple agravado por resultar un grave daño a la salud mental de la víctima, en relación con otros tres hechos que también integraban la acusación.

Desde el punto de vista jurídico, todos los hechos fueron atribuidos en concurso real y en calidad de autor, conformando el marco legal bajo el cual se desarrolló el proceso judicial.

Las imputaciones constituyeron el eje del debate llevado adelante durante el juicio, en el que tanto la Fiscalía como la defensa expusieron sus respectivas posiciones ante el jurado popular.

La integración del tribunal y el desarrollo del debate

El juicio fue presidido por el juez Luis Guillamondegui, quien tuvo a su cargo la conducción del debate y las distintas instancias procesales desarrolladas durante las audiencias.

En representación del Ministerio Público Fiscal intervino el fiscal Augusto Barros, responsable de sostener la acusación durante el juicio.

Por su parte, la defensa del imputado estuvo a cargo de los abogados Víctor García y José Ocampo, quienes asumieron la representación legal del acusado a lo largo de todo el proceso.

La primera audiencia se llevó a cabo una vez concluida la selección de los 14 ciudadanos que integraron el jurado popular, paso previo indispensable para el inicio formal del debate oral.

Los alegatos de apertura y la postura de las partes

Conformado el jurado, las partes realizaron sus alegatos de apertura, instancia en la que cada una presentó la teoría del caso que sostendría durante el desarrollo del juicio.

La Fiscalía mantuvo la postura de que el acusado tenía responsabilidad penal por los hechos que le eran atribuidos, sosteniendo la acusación formulada al momento de la elevación a juicio.

En contraposición, la defensa solicitó la absolución del imputado. Su planteo se apoyó en la consideración de que la prueba reunida no alcanzaba para demostrar los hechos imputados, posición que fue expuesta ante el jurado al comienzo del debate y sostenida durante el proceso.

Estas posturas marcaron el desarrollo del juicio, en el que el jurado tuvo la tarea de valorar los elementos presentados por ambas partes antes de arribar a una decisión.

El acusado decidió no declarar

Durante el desarrollo del debate, el juez consultó al imputado sobre la posibilidad de prestar declaración.

Ante esa instancia procesal, A. hizo uso de su derecho constitucional y decidió no prestar declaración, ejerciendo una facultad prevista dentro del proceso penal.

La decisión formó parte del desarrollo normal del juicio y constituyó uno de los momentos relevantes de las audiencias antes de que el jurado pasara a deliberar.

El veredicto final

Tras la evaluación del caso, el jurado popular emitió su decisión y resolvió declarar no culpable al hombre identificado con la inicial A.

De esta manera concluyó el juicio, luego de un proceso en el que se analizaron las acusaciones formuladas por la Fiscalía, los argumentos presentados por la defensa y las distintas actuaciones desarrolladas bajo la conducción del juez Luis Guillamondegui.

El veredicto representa la resolución alcanzada por los 14 ciudadanos que integraron el jurado popular, quienes, tras escuchar a las partes y valorar el material presentado durante el debate, determinaron la no culpabilidad del acusado respecto de los hechos por los cuales había llegado a juicio.