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Coimas en Apelaciones

El tribunal abrió el Jury de Enjuiciamiento y dictó la suspensión funcional a los camaristas Morales y Da Pra

Se los acusa de, supuestamente, recibir coima para otorgar la libertad a un detenido con prisión preventiva. Hasta ayer, los camaristas estaban de licencia. Tras la suspensión, trascendió que podrían renunciar. El fiscal ahora tiene seis días hábiles para iniciar el proceso.

14 Agosto de 2020 01.14

Durante la jornada de ayer, el tribunal del Jury de Enjuiciamiento resolvió suspender de sus funciones a los camaristas Juan Pablo Morales y Raul Da Pra, quienes están denunciados de haber supuestamente recibido dinero para beneficiar a un detenido con prisión preventiva y otorgarle la libertad.  
La sanción disciplinaria fue dispuesta por el tribunal de juicio político, luego de analizar el informe elevado el pasado martes por el fiscal del Jury de Enjuiciamiento, Dr. Miguel Mauvecin, en el que consideró que existían elementos suficientes como para avanzar en el juicio político contra los camaristas.  
Voceros judiciales consultados indicaron que la suspensión en las funciones a los magistrados, quienes actualmente estaban de licencia, es una sanción disciplinaria que puede o no desencandenar en el Jury para destituir a los magistrados, en caso de ser hallados responsables del delito de “cohecho activo”. Es decir, de recibir dinero en concepto de coima para beneficiar por su trabajo a un tercero. Cabe señalar, que en el año 2018, el ahora exfiscal de Instrucción, Roberto Mazzucco,  fue sometido al juicio político.  
Tras nueve días de audiencia, Mazzucco fue destituido de sus funciones.                    

La causa penal   
Por otro lado, en cuanto a la investigación penal que se lleva en paralelo al Jury en contra de los camaristas, esta pareciera estar estancada. Es que la investigación iniciada por la denuncia de la Corte de Justicia en la Fiscalía de Delitos Contra la Administración Pública aguarda aún ser resuelta por la Cámara de Apelaciones, en cuanto a quién debe promover la investigación contra Morales y Da Pra. Es decir, si debe ser el juez de Control de Garantías o la Fiscalía Ordinaria, quien debe promover  la investigación contra los camaristas, entendiendo si poseen o no fueros. Asimismo, resta también determinar la veracidad o no de las imágenes que contiene el video que inició la causa, sobre el cual Morales y Da Pra denunciaron que era “trucho”, que estaba “adulterado” y, por lo tanto, no reunía los requisitos necesarios como para ser tomado como una prueba en contra de ambos. Lo cierto es que desde que se viralizó dicho video, publicado en exclusiva por LA UNIÓN en su plataforma digital, hace ya más de cuarenta días, el expediente penal “salió” de Fiscalía. Fue al Juzgado de Garantías y se encuentra actualmente en stand by ya que un tribunal superior debe resolver las posturas distintas adoptadas por el fiscal y el juez que intervinieron hasta el momento. Para ello, debe conformarse un Tribunal de Alzada, lo que no se logró aún, puesto que los magistrados tanto de la Cámara Penal Uno como de la Cámara Penal Dos se inhibieron argumentando amistad manifiesta con al menos uno de los dos acusados. No habiéndose aún los jueces de la Cámara Penal N° Tres expedirse al respeto.