En el marco de la investigación por el homicidio de Ramón Juan Carlos Rojas, la querella avanzó con un planteo de nulidad absoluta contra el Acta del Ateneo Médico Forense realizado el 13 de marzo de 2026 en la ciudad de Córdoba. La presentación fue formalizada por el abogado patrocinante de la familia, Dr. Iván Sarquís, en el expediente Letra "N" N° 398/2022.
El cuestionamiento se centra en lo que la querella considera una irregularidad determinante: la imposibilidad material de participación del perito de parte durante el desarrollo de uno de los actos más relevantes de la investigación. Según sostienen, la Fiscalía de Instrucción de Quinta Nominación de Catamarca permitió que el proceso avanzara hasta sus conclusiones finales pese a que el especialista designado por la familia no pudo intervenir en igualdad de condiciones.
Este punto, de acuerdo con la presentación, compromete la validez del acto pericial y pone en discusión el valor probatorio de sus conclusiones dentro del proceso.
Qué es el Ateneo Médico Forense
El Ateneo Médico Forense fue convocado por el fiscal Hugo Leandro Costilla con el objetivo de responder interrogantes centrales del caso. Se trató de una instancia técnica que reunió a más de veinte médicos legistas, forenses y especialistas provenientes de Catamarca, Córdoba, Buenos Aires y Santiago del Estero.
El encuentro tenía como finalidad abordar aspectos determinantes para la causa como es el establecer cómo murió Ramón Rojas, determinar si se trató de un homicidio o un accidente y explicar el origen de las 23 lesiones registradas en el cuerpo.
Las conclusiones de este ateneo resultan fundamentales, ya que inciden directamente en la posibilidad de que la imputada enfrente un juicio oral. Por ese motivo, la participación de todas las partes en condiciones equitativas constituye un elemento central para garantizar la legitimidad del proceso.
El eje del conflicto
El punto más controvertido del planteo radica en lo ocurrido durante el desarrollo del ateneo. El perito de la querella, Dr. Juan José Fenoglio, participó de manera remota a través de la plataforma WEBEX. Sin embargo, durante toda la jornada enfrentó problemas de audio que le impidieron escuchar las exposiciones y deliberaciones de los especialistas.
Según consta en el acta, el propio fiscal reconoció que los inconvenientes "no pudieron ser solucionados" debido a que los dispositivos disponibles eran los únicos con los que contaba la Fiscalía. A pesar de esta situación, el acto no fue suspendido ni reprogramado.
La etapa de deliberación, considerada el núcleo del ateneo, se desarrolló sin que el perito de la familia pudiera intervenir. Sus aportes, enviados mediante mensajes de WhatsApp, no fueron incorporados al debate ni influyeron en el consenso final. Para la querella, este escenario implicó una exclusión de hecho del proceso decisorio, dejándola fuera del acto que define el rumbo de la causa.
Argumentos de la querella
El abogado Iván Sarquís fue categórico al referirse a lo sucedido. Según expresó, la Fiscalía tenía conocimiento en tiempo real de la imposibilidad de participación de su parte y, sin embargo, decidió continuar con el procedimiento. En ese sentido, sostuvo que no se suspendió ni reprogramó el acto, aún menos se adoptaron medidas para garantizar la participación igualitaria y tampoco se avanzó hacia conclusiones sin control contradictorio.

El letrado calificó la situación como una "violación flagrante del derecho de defensa", aludiendo al Artículo 18 de la Constitución Nacional y a los tratados internacionales de derechos humanos con jerarquía constitucional. Además, afirmó que las conclusiones del ateneo fueron el resultado de una deliberación unilateral, lo que, a su entender, invalida su utilización como prueba en un proceso judicial que aspire a ser justo.
Conclusiones periciales bajo cuestionamiento
El contenido del ateneo no es un aspecto menor en el planteo de la querella. Las conclusiones alcanzadas por los peritos oficiales resultan adversas a la hipótesis de homicidio sostenida por la familia. Entre los principales puntos se destacan:
- La lesión craneal mortal habría sido más probable por una caída sobre el piso.
- Se descartó que un golpe de puño pudiera haber causado la fractura fatal.
- No fue posible integrar las 23 lesiones satélites con el mecanismo de la lesión mortal.
- Se atribuyó esta imposibilidad a la contaminación de la escena del crimen.
Para la querella, estas definiciones benefician la hipótesis accidental que favorece a la imputada y fueron alcanzadas sin la intervención efectiva de su perito. Sarquís remarcó que el contraste entre la participación plena del perito de la imputada y la exclusión del representante de la familia sintetiza lo ocurrido durante el ateneo.
El pedido concreto y los próximos pasos
Ante este escenario, la querella solicitó formalmente la declaración de nulidad absoluta del acta del ateneo, además de la invalidez de todas sus conclusiones y, por consiguiente, la realización de un nuevo ateneo con garantías técnicas adecuadas. El planteo fue presentado ante la Fiscalía de Instrucción de Quinta Nominación. En caso de ser rechazado, la estrategia judicial contempla llevar la nulidad ante el Juez de Control de Garantías.
La causa investiga el homicidio de Ramón Juan Carlos Rojas, en la que la imputada enfrenta cargos de homicidio doblemente calificado por mediar una relación de pareja y con alevosía.
El desenlace de este planteo podría redefinir el peso de la prueba pericial en el expediente y, en consecuencia, el futuro procesal del caso.