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Se conocieron los fundamentos del juez por los que Nievas esperará el juicio preso

Foto: César Gómez / La Unión

10 Agosto de 2020 01.10

A finales de la semana pasada, en el ámbito de la Justicia Penal Juvenil, se dieron a conocer los fundamentos del juez de Control de Garantías Constitucionales, Fabricio Gershani Quesada, por lo que Elías Nievas, único imputado en el homicidio de Agustín Rasguido, hecho ocurrido en diciembre pasado, en el departamento Santa Rosa, permanecerá detenido hasta tanto se lleve adelante el juicio oral y público en su contra. 
En los fundamentos, según lo indicado por voceros judiciales, el letrado realizó un análisis pormenorizado de todos los elementos de prueba plasmados en el expediente, que no solo reflejan la probable participación de Nievas en el homicidio, sino también los por qué el imputado debe esperar el juicio tras las rejas y no ser beneficiado con la libertad, tal como en cada acto procesal su abogado defensor lo solicitó. 
Con relación a la prisión preventiva solicitada por el Ministerio Público, en contra del imputado Elías Nievas, el magistrado analizó no solo la posible participación de este en los delitos endilgados “Homicidio Agravado por la Alevosía” en concurso real con “Tenencia de Arma de Fuego de Uso Civil” sino, además, la pena que podría caberle en caso de ser declarado culpable, penas conminadas en abstracto que prevén una sanción legal única de prisión perpetua.  
En este caso, indica el magistrado, “concurren circunstancias que aumentan la criminalidad del homicidio y, por ello, el delito se agrava, al igual que su sanción penal; previéndose la respuesta punitiva de mayor intensidad de nuestro ordenamiento legal, la del encierro perpetuo. Toda vez que, en caso de ser encontrado culpable de los delitos que se le atribuyen, no aparece de ninguna forma posible la condena condicional”. 
Además, advierte el juez, la peligrosidad procesal de Nievas, toda vez que existen vehementes indicios de que “el imputado volverá a intentar eludir la acción de la Justicia”. Esto se infiere claramente de la fuga anterior que presenta características cinematográficas, en la cuales intervinieron distintas personas entre amigos engañados o, cuando menos, pocos preocupados y familiares colaborativos con la impunidad.  
Es decir que, “consumado el homicidio, Elías Nievas, mediante una compleja red de ayudas, logró salir de la provincia, llegar a Buenos Aires, esconderse por más de tres meses y evadir varios allanamientos y órdenes de detención que fueron libradas por este magistrado, provocando un enorme gasto al Estado provincial, a fin de dar con su paradero, detenerlo y extraditarlo a nuestra provincia. Costos por los que, oportunamente, y en caso de ser encontrado culpable, deberá responder”, expresa, entre sus conclusiones, el juez. 
En tal escenario, continúa los fundamentos, “la ley establece una presunción de riesgo procesal, al inferir que, en caso de soltura, en orden a la entidad de la amenaza penal (prisión perpetua), el imputado tratará de eludir la acción de la Justicia otra vez o entorpecer la investigación, como de hecho lo hizo, suprimiendo los rastros y eliminando pruebas tales como el celular de Agustín y el arma homicida (?)”. 
En la parte final de los fundamentos, el magistrado dispuso que Elías Nievas permaneciera en su actual lugar de detención,  hasta tanto, el Servicio Penitenciario Provincial se encuentre en condiciones de recibir nuevos internos en atención a los protocolos, normativas y disposiciones de las autoridades de la Provincia, en relación al COVID-19, para llevar adelante su traslado a dicha institución.