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Juicios por jurados

Augusto Barros consideró que la participación del pueblo en la administración de la justicia enriquece la legislación

En este sentido, sostuvo que la propuesta girada a la Legislatura "es de un gran avance en la tan anhelada democratización de la justicia".

Augusto Barros y Mario Juliano.
Augusto Barros y Mario Juliano.

28 Junio de 2021 07.58

El diputado provincial Augusto Barros (FT), tras la decisión del Poder Ejecutivo Provincial de suscribir y enviar a la legislatura el proyecto de Ley que propicia el establecimiento del Juicio por Jurado popular, opinó que "se abre en Catamarca un debate que se viene desarrollando desde hace un tiempo y que como resultado ha significado la aplicación de esta regla de proceso en 9 provincias argentinas y, tal vez, nuestra provincia se inserte transformándose a la vez en la primera del NOA".

Cabe mencionar que la diario La Unión fue pionero en instalar el debate sobre los Juicios por Jurados allá por abril de 2013 en la provincia, cuando organizó el primer simulacro de juicio por jurados, con el fin de demostrar el funcionamiento del sistema judicial con la participación democrática del ciudadano más allá del sufragio. La jornada se realizó en el Cine Teatro Catamarca y contó con la participación de un juez, un fiscal, un abogado defensor y los jurados que integrarán el tribunal.

En aquella oportunidad, La Unión había dialogado con el presidente de la Asociación de Pensamiento Penal, Mario Juliano, quien se había mostrado conforme con la asistencia de público y la participación de los catamarqueños en lo que había sido una prueba piloto. "La participación que hubo en Catamarca es inédita. La mayor concurrencia en este tipo de experiencia que habíamos tenido fue en Neuquén con 400 personas. Hoy, de acuerdo con los datos, en el Cine Teatro hubo 650 personas, lo que pone de relieve realmente la importancia de este tema para la ciudadanía“, había expresado. Este indicó que había presentado un proyecto para que se tenga como base para la discusión, en el que buscaban un jurado popular integrado solo por ciudadanos. 

Posteriormente, el legislador Barros, manifestó: "En mi opinión la discusión, a esta altura, no debería transitar entre la dicotomía de juicio por jurados sí o juicios por jurados no, sino que el debate debe estar centralizado en el enriquecimiento de la legislación que finalmente ponga en marcha este mecanismo constitucional con el que se le otorga al pueblo participación directa en la administración de justicia". 

Y explicó que sistema fue parte de la voluntad de los constituyentes de 1853, regla procesal ratificado en la reforma de 1994 que lo vemos reflejados en los artículos 24, 75 inc. 12 y 118 de nuestra Carta Magna Nacional. "El jurado fue recogido en 8 legislaciones provinciales con el formato clásico, de tipo anglosajón, de un panel de ciudadanos sin la injerencia de jueces técnicos ni profesionales del derecho con el verdadero sentido, a mi criterio, de posibilitar que hombres y mujeres con distintas experiencias de vida alcancen con honestidad un veredicto basado en las evidencias, pruebas y contrapruebas que ofrezcan las partes en el proceso", acotó.

Más adelante señaló que Córdoba, que lleva el crédito de haber sido la primera provincia que estableció el Juicio por Jurados, construyó el sistema a partir de una conformación denominada jurado escabinado donde interactúan jueces técnicos con ciudadanos legos pero sus resultados no han sido los esperados frente a la intromisión de los jueces profesionales que por ese solo hecho generan sujeción de los ciudadanos y condicionan su voluntad, a punto tal que el propio Superior Tribunal de Justicia de esa provincia debió actuar frente a malas conclusiones surgidas como resultado de la importunación de los magistrados a los jurados, emitiendo una acordada que en la práctica pulveriza el modelo escabinado, prohibiendo la participación de los jueces en las deliberaciones de los jurado.

"A partir de estas breves consideraciones que sin duda son apenas una aproximación de la legitimidad y constitucionalidad del sistema que se propugna con un altísimo contenido de democratización de la justicia, quiero referirme a la, tal vez, mayor objeción que proponen quienes no confraternizan con el juicio por jurado popular, cual es la capacidad de los ciudadanos y las ciudadanas que como parte del pueblo se convoquen para ser parte de un jurado", manifestó y agregó que nuestras Constituciones Nacional y Provincial, adoptan para su gobierno la forma representativa, republicana y federal (Art. 1° CN) y representativa, republicana y social (Art. 1° CP), es decir que toda la estructura Institucional de nuestros estados, nacional y provincial, está cimentada en la representación que el pueblo otorga a sus gobernantes.

"Frente al juzgamiento de un ciudadano o una ciudadana, ambas partes del proceso intentaran demostrar, como se dijo, la posición que sustentan. La diferencia que los gobiernos surgen a partir de las mayorías, mientras que las condenas o absoluciones, en la iniciativa de Catamarca, devienen de la unanimidad del jurado y no es poca cosa, por cuanto así como el orden social está en debate, también lo está la libertad individual", puntualizó. 

Por último, dijo que cree con verdadera convicción republicana que la propuesta girada a la Legislatura es de un gran avance en la tan anhelada democratización de la justicia, "es cierto que es un paso nada más, pero es ladrillo sobre ladrillo con se construye un gran edificio que contenga las aspiraciones de todos para que finalmente terminemos con viejos resabios de componentes arcaicos que alejan la administración de justicia de la valoración positiva del pueblo".