• Dólar
  • BNA $1465 ~ $1515
  • BLUE $1530 ~ $1550
  • TURISTA $1904.5 ~ $1904.5

6 C ° ST 5.99 °

Unión Radio 91.3 en vivo

El Gobierno asegura que CTERA incumplió el piso del 75% durante el paro docente

El Ministerio de Capital Humano inició un expediente administrativo contra la confederación tras analizar los relevamientos realizados durante la huelga nacional del 3 de agosto. El Ejecutivo evalúa posibles sanciones, aunque todavía no definió qué medida aplicará.

12 Agosto de 2026 08.15

El Gobierno nacional sostiene que CTERA incumplió la prestación mínima del 75% establecida para los servicios esenciales durante el paro docente nacional del 3 de agosto y, a partir de esa evaluación, abrió un expediente administrativo contra la confederación.

La decisión fue adoptada luego de que la Secretaría de Trabajo concluyera una primera revisión de los relevamientos realizados durante la jornada de huelga. El análisis derivó en una actuación destinada a determinar si la organización nacional convocante incumplió la obligación de garantizar el nivel mínimo de prestación previsto por la legislación para los servicios considerados esenciales.

En la Casa Rosada todavía no tienen definida cuál será la consecuencia concreta del expediente. Sin embargo, reconocen que una multa aparece entre las posibilidades más fuertes que se encuentran bajo análisis. "Es probable, pero no vamos a adelantar ninguna medida", expresan en Nación. El criterio oficial es aguardar la conclusión de las actuaciones administrativas antes de anunciar una eventual penalidad.

Un acatamiento diferente según cada provincia

El relevamiento realizado durante el paro mostró resultados diferentes de acuerdo con la jurisdicción. Desde el Gobierno sostienen que el nivel de acatamiento fue elevado en las provincias gobernadas por el peronismo, mientras que en otras jurisdicciones aseguran que se alcanzó la prestación mínima exigida por la normativa.

"Fue muy heterogéneo. En las provincias peronistas hubo alto acatamiento. En el resto se cumplió la ley", señalan desde el Ejecutivo.

La Casa Rosada, sin embargo, todavía no cuenta con un porcentaje nacional consolidado de incumplimiento. Tampoco sostiene que el 75% de las clases haya sido interrumpido durante la huelga. La diferencia resulta central para el expediente administrativo. La infracción que el Gobierno atribuye a CTERA no consiste en afirmar que se suspendió el 75% de las clases en todo el país, sino en considerar que la organización no garantizó en parte del territorio nacional el piso del 75% de la prestación normal establecido por la legislación.

La norma que establece el piso obligatorio

La base jurídica del procedimiento se encuentra en el artículo 24 de la Ley 25.877, reformado este año a partir de la reforma laboral. La modificación incorporó expresamente como servicios esenciales al cuidado de menores y a la educación inicial, primaria, secundaria y especial. A partir de esa consideración, la normativa dispone que, durante los conflictos colectivos, la cobertura de esos servicios no puede establecerse por debajo del 75% de la prestación normal.

El régimen también fija un procedimiento específico para las medidas de fuerza. La organización que impulsa un paro debe realizar un preaviso con cinco días de anticipación. Luego, las partes deben acordar ante la autoridad laboral la forma en que se garantizarán los servicios mínimos. Ese acuerdo debe determinar aspectos concretos como:

  • Qué servicios mínimos serán garantizados.
  • Qué personal quedará afectado.
  • Los horarios de prestación.
  • Las funciones que deberán cumplirse.

En caso de que las partes no alcancen un acuerdo o que el esquema presentado resulte insuficiente, la Secretaría de Trabajo puede fijar las condiciones, previa consulta con la Comisión de Garantías.

Cómo se realizó la fiscalización

La Secretaría de Trabajo llevó adelante la fiscalización del paro mediante sus agencias territoriales y recopiló información sobre el funcionamiento de establecimientos educativos ubicados en distintas provincias.

La actuación que ahora abrió el Gobierno tiene como objetivo determinar la eventual responsabilidad de CTERA como organización nacional convocante. Sin embargo, el propio esquema educativo presenta una particularidad relevante: la prestación educativa y la relación laboral con los docentes dependen principalmente de las jurisdicciones provinciales. La apertura del expediente constituye el inicio del procedimiento administrativo. A partir de ahora, Trabajo deberá establecer si existe responsabilidad de la confederación y, eventualmente, si corresponde aplicar una sanción.

En este proceso, CTERA tendrá derecho a presentar su descargo y aportar pruebas antes de que la Secretaría adopte una resolución definitiva.

Una eventual multa todavía no tiene monto definido

El marco legal habilita la aplicación de sanciones frente a incumplimientos relacionados con los servicios mínimos. Sin embargo, la apertura del expediente no implica automáticamente la imposición de una multa.

Tampoco permite establecer por ahora cuál sería el monto de una eventual penalidad. Antes de determinar una sanción, la autoridad laboral deberá establecer qué conducta concreta se le atribuye a CTERA, cuál fue su gravedad y cuál fue el universo eventualmente afectado.

Por esa razón, el Gobierno mantiene abierta la definición sobre el resultado final del procedimiento. En la Casa Rosada observan antecedentes recientes, aunque remarcan que existen diferencias jurídicas con el caso docente.

El antecedente de La Fraternidad y la UTA

Entre los antecedentes que analiza el Gobierno aparecen los procedimientos iniciados este año contra La Fraternidad y la UTA. En aquellos casos, la Secretaría de Trabajo avanzó porque los gremios habían adherido al paro general mientras tenían conciliaciones obligatorias vigentes. La situación de CTERA presenta, según el propio planteo oficial, un encuadre diferente.

La Fraternidad terminó recibiendo una multa de más de $21.000 millones. En el caso docente, en cambio, la discusión se encuentra centrada en el régimen de prestaciones mínimas para los servicios considerados esenciales.

La diferencia entre ambos antecedentes es uno de los elementos que atraviesan la evaluación que realiza el Gobierno mientras avanza el expediente administrativo contra la confederación docente.

CTERA sostiene una postura contraria

La organización sindical mantiene una interpretación completamente diferente sobre lo ocurrido durante la jornada del 3 de agosto. CTERA aseguró que el paro tuvo un "altísimo acatamiento" y sostiene sus reclamos vinculados con los salarios, el financiamiento educativo, la restitución del FONID y la convocatoria a la negociación nacional.

En este escenario, una eventual sanción contra la confederación podría abrir una nueva disputa administrativa y judicial respecto del alcance de los controles federales sobre un sistema educativo cuya gestión depende de las provincias.

El conflicto, por lo tanto, no se limita a la discusión sobre el nivel de acatamiento de una medida de fuerza, sino que incorpora también la cuestión de las competencias y responsabilidades dentro del sistema educativo y el alcance del régimen de servicios esenciales.

La definición queda ahora en manos de Trabajo

La próxima etapa del conflicto estará determinada por las actuaciones de la Secretaría de Trabajo. El Gobierno considera que detectó un incumplimiento y ya abrió formalmente el expediente contra CTERA, pero todavía debe establecer si los elementos reunidos justifican avanzar hacia un sumario y aplicar sanciones.

La confederación, por su parte, tendrá la posibilidad de ejercer su defensa, presentar su descargo y aportar las pruebas que considere correspondientes antes de una resolución definitiva.

En Balcarce 50 evitan anticipar cuál será la medida que eventualmente adopte el Ejecutivo. La posición oficial es esperar a que termine el procedimiento y quede determinada formalmente la responsabilidad de CTERA.

Así, la disputa por el paro docente del 3 de agosto ingresa en una nueva etapa: mientras el Gobierno sostiene que la confederación no garantizó en parte del país el piso del 75% de prestación normal exigido para los servicios esenciales, CTERA afirma que la huelga tuvo un "altísimo acatamiento" y mantiene sus reclamos salariales y educativos.

La resolución administrativa deberá definir ahora el alcance concreto de los incumplimientos atribuidos, su eventual gravedad y la responsabilidad que corresponda a la organización nacional convocante. A partir de esa determinación, el Ejecutivo deberá decidir si corresponde aplicar una sanción y cuál será su alcance.