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Por decreto

El Gobierno flexibiliza los requisitos para la designación de jueces de la Corte Suprema

El presidente Javier Milei y el ministro de Justicia, Juan Bautista Mahiques, firmaron un decreto que modifica el sistema de selección de magistrados de la Corte Suprema. La medida elimina instancias de participación ciudadana previstas desde 2003 y reduce los tiempos para cubrir vacantes en el máximo tribunal.

Javier Milei y Juan Bautista Mahiques
Javier Milei y Juan Bautista Mahiques

15 Junio de 2026 07.52

El Gobierno nacional decidió avanzar con una modificación profunda en el procedimiento para la designación de jueces de la Corte Suprema de Justicia. A través de un decreto ya firmado por el presidente Javier Milei y el ministro de Justicia, Juan Bautista Mahiques, la administración nacional flexibilizará una serie de requisitos que regían desde 2003 y que estaban orientados a otorgar mayor visibilidad y transparencia al proceso de selección de magistrados.

La norma, cuya publicación se prevé para las próximas horas, introduce cambios sobre el decreto 222/03 impulsado durante la presidencia de Néstor Kirchner, conocido como decreto de "autolimitación presidencial". Desde la Casa Rosada sostienen que la iniciativa busca simplificar procedimientos administrativos, evitar instancias redundantes y acelerar la cobertura de vacantes en el máximo tribunal.

Sin embargo, los cambios ya generan preocupación en organizaciones vinculadas a la transparencia institucional y la lucha contra la corrupción, que permanecen en estado de alerta a la espera de conocer el texto definitivo para evaluar el alcance de las modificaciones.

El fin de un mecanismo vigente desde 2003

La reforma impulsada por el Gobierno modifica uno de los sistemas que durante más de dos décadas reguló la nominación de candidatos para integrar la Corte Suprema.

El decreto 222/03 establecía que el Poder Ejecutivo debía publicar en el Boletín Oficial y en dos diarios de circulación nacional, durante al menos tres días, los nombres y antecedentes de los postulantes.

Además, los candidatos debían presentar una declaración jurada detallada sobre su patrimonio. Otro de los aspectos centrales del mecanismo consistía en la participación ciudadana. Organizaciones no gubernamentales, colegios profesionales y ciudadanos podían presentar observaciones o impugnaciones fundamentadas ante el Ministerio de Justicia dentro de un plazo de 15 días.

Una vez cumplida esa instancia, el Poder Ejecutivo remitía el pliego al Senado, donde el postulante enfrentaba nuevas instancias de evaluación, audiencias públicas y la necesidad de reunir una mayoría de dos tercios de los votos de los senadores presentes para obtener la aprobación.

Qué cambios introduce el nuevo decreto

La nueva normativa elimina varias de las etapas contempladas por el decreto de 2003. Entre las modificaciones más importantes figuran:

• La eliminación del mecanismo de impugnaciones y observaciones ciudadanas ante el Ministerio de Justicia.

• La supresión del plazo de 15 días destinado a la presentación de objeciones.

• El fin de la obligación de publicar la candidatura en diarios de circulación nacional.

• La reducción de los plazos administrativos vinculados a la difusión de antecedentes.

• La eliminación de las recomendaciones relacionadas con diversidad de género, especialidad profesional y procedencia regional de los candidatos.

Desde el Gobierno explicaron que la eliminación de la etapa de observaciones ciudadanas responde a que dicha instancia guarda similitud con mecanismos que posteriormente se desarrollan en el Senado. Según indicaron fuentes oficiales, existe una "duplicación de instancias administrativas" relacionadas con la publicación de antecedentes y la recepción de observaciones dentro del ámbito del Ministerio de Justicia.

Como consecuencia de estos cambios, los tiempos requeridos para concretar una designación en la Corte Suprema se reducirán de manera significativa.

Cambios en las declaraciones patrimoniales

La reforma también alcanza los requisitos vinculados a la información económica de los candidatos. El decreto establece un régimen uniforme para la presentación de información patrimonial y para acreditar el cumplimiento de obligaciones impositivas y previsionales.

Asimismo, incorpora nuevos plazos para distintos organismos involucrados en el procedimiento.

Entre ellos se destacan:

• Un plazo para que ARCA informe sobre el cumplimiento de las obligaciones tributarias de los postulantes.

• Un período de cinco días para la presentación de las declaraciones juradas contempladas en la Ley de Ética Pública.

Desde la Casa Rosada sostienen que estas modificaciones buscan modernizar los procedimientos administrativos y adaptarlos a las herramientas tecnológicas actuales.

El argumento oficial

El Gobierno rechaza las interpretaciones que señalan que la reforma podría implicar una disminución de la transparencia en el proceso de designación de magistrados. Las fuentes oficiales aseguran que los mecanismos de publicidad, control y participación ciudadana continúan garantizados a través del trámite legislativo que se desarrolla en el Senado.

Además, argumentan que la modernización del sistema incluye nuevas formas de difusión de la información, entre ellas la publicación de antecedentes en la página oficial del Ministerio de Justicia.

La administración nacional considera que los cambios permitirán reducir tiempos burocráticos y agilizar la cobertura de vacantes judiciales.

Las vacantes en la Corte 

La decisión se produce en un contexto en el que el Gobierno busca acelerar la cobertura de cargos vacantes dentro de la Justicia Nacional y Federal. Según se informó, ya fueron enviados al Senado más de cien pliegos de candidatos que superaron las evaluaciones correspondientes en el Consejo de la Magistratura y se obtuvo acuerdo para 74 de ellos.

Ahora resta que el presidente firme los decretos correspondientes para formalizar esas designaciones. En paralelo, vuelve a cobrar fuerza el debate sobre las dos vacantes existentes en la Corte Suprema, que actualmente funciona con tres de los cinco integrantes previstos por ley. Hasta ahora, Javier Milei había manifestado su preferencia por cubrir esos cargos después de 2027, convencido de que un eventual triunfo electoral le permitiría reunir los dos tercios necesarios en el Senado sin necesidad de negociar con sectores opositores.

Los nombres que aparecen en las conversaciones

Sin embargo, dentro del propio ámbito judicial existen sectores que consideran posible avanzar antes con nuevas postulaciones.

Según se informó, el ministro Juan Bautista Mahiques entiende que podría comenzar a analizarse la cobertura de las vacantes. Como antecedente menciona el caso de su padre, Carlos "Coco" Mahiques, cuyo acuerdo para continuar como juez de la Cámara de Casación obtuvo 58 votos en el Senado, una cifra superior a la requerida para un integrante de la Corte.