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La Justicia rechazó el pedido de la CGT para frenar la reforma laboral y la ley seguirá vigente

La Cámara Contencioso Administrativo Federal confirmó el levantamiento de la medida cautelar que suspendía 81 artículos de la Ley de Modernización Laboral. Mientras la Justicia aún debe resolver el planteo de inconstitucionalidad, la norma seguirá en plena vigencia.

9 Julio de 2026 07.34

La reforma laboral impulsada por el gobierno de Javier Milei continuará plenamente vigente luego de que la Cámara Contencioso Administrativo Federal rechazara el pedido presentado por la Confederación General del Trabajo (CGT) para suspender la aplicación de la norma mientras se resuelve el planteo de fondo sobre su constitucionalidad.

La decisión, que se conoció este miércoles, ratificó el levantamiento de la medida cautelar que mantenía suspendidos 81 artículos de la Ley de Modernización Laboral (27.802). Como consecuencia, la legislación seguirá aplicándose en su totalidad hasta que exista una sentencia definitiva sobre el planteo de inconstitucionalidad, trámite que continúa pendiente en la Justicia.

El fallo representa un nuevo capítulo dentro de un proceso judicial iniciado meses atrás y deja a la CGT a la espera de la resolución definitiva sobre la validez constitucional de la norma.

La Cámara confirmó el levantamiento de la cautelar

La resolución fue dictada por la Sala IV de la Cámara Contencioso Administrativo Federal, integrada por los jueces Rogelio Vicenti y Jorge Morán. Los magistrados rechazaron la apelación presentada por la CGT contra la decisión adoptada anteriormente por la jueza Macarena Marra Giménez, quien en mayo había dejado sin efecto la medida cautelar que impedía la aplicación de una parte importante de la reforma laboral.

Con esta resolución, quedó firme el criterio adoptado en primera instancia respecto de la improcedencia de mantener suspendida la ley mientras se desarrolla el proceso judicial principal.

No obstante, el tribunal aclaró que todavía resta resolver la cuestión de fondo, es decir, determinar si la Ley de Modernización Laboral resulta o no compatible con la Constitución Nacional.

Cómo comenzó el conflicto judicial

La disputa en torno a la reforma laboral se inició en marzo, cuando el juez laboral Raúl Ojeda dictó una medida cautelar mediante la cual suspendió el núcleo principal de la reforma. La resolución alcanzó 81 artículos vinculados a distintos aspectos de las relaciones laborales, entre ellos:

  • La antigüedad.
  • La subcontratación.
  • Los despidos.
  • Las vacaciones.
  • El período de prueba.
  • El banco de horas extra.

Posteriormente, el Gobierno apeló esa decisión y consiguió que la Cámara del Trabajo revocara la medida. Tras esa instancia, el expediente pasó al fuero Contencioso Administrativo Federal, donde la jueza Macarena Marra Giménez resolvió dejar sin efecto la cautelar.

En esa oportunidad, la magistrada sostuvo que el planteo impulsado por la CGT comprendía una cantidad de cuestiones cuya complejidad impedía resolverlas mediante una medida cautelar.

En su resolución expresó que: "Dada su complejidad y extensión, el planteo requiere un examen profundo sobre los derechos involucrados, que no puede ser merituado a título cautelar".

Los fundamentos de la Cámara

La Sala IV compartió el criterio sostenido por la jueza de primera instancia y rechazó los argumentos presentados por la central obrera. En su resolución, los camaristas señalaron que la CGT "no pretende conservar el estado de cosas, cuya modificación podría tornar infructuosa la sentencia, sino que pide un anticipo de esta última porque su tardanza le ocasionaría daños irreversibles" a los trabajadores que representa.

Además, sostuvieron que "tampoco se advierte la configuración de un perjuicio en cabeza de la parte actora y de la clase a quien representa, que revista una magnitud y probabilidad de ocurrencia que justifique la alteración del orden normal del pleito".

Para el tribunal, acceder al pedido de suspensión hubiera significado anticipar una definición sobre el fondo del litigio. Los jueces remarcaron que pronunciarse sobre la inconstitucionalidad de la ley al momento de analizar una medida cautelar "significaría adelantar una decisión sobre el fondo del asunto", excediendo el alcance que corresponde a este tipo de resoluciones provisorias.

Asimismo, recordaron que una medida cautelar de estas características solo puede prosperar cuando existen indicios serios y graves acerca de la ilegitimidad de una norma, extremo que, según concluyeron, no pudo acreditarse durante esta etapa preliminar del proceso.

La cuestión de fondo aún permanece pendiente

Otro de los aspectos destacados por la Cámara fue que la jueza Macarena Marra Giménez todavía no se pronunció sobre la constitucionalidad de la Ley de Modernización Laboral.

Los magistrados precisaron que la resolución de primera instancia únicamente analizó la procedencia de la medida cautelar y no el contenido definitivo del planteo impulsado por la CGT.

En ese sentido, también señalaron que "la razonable proximidad del dictado de la sentencia definitiva evidencia la falta de configuración del requisito de peligro en la demora", haciendo referencia a los plazos breves previstos para este tipo de procesos colectivos.

La ley seguirá vigente mientras avanza el proceso

Con este fallo, la jueza Macarena Marra Giménez quedó en condiciones de avanzar sobre el análisis de fondo y determinar si la Ley de Modernización Laboral (27.802) resulta o no constitucional.

Hasta que esa decisión sea dictada, la normativa continuará plenamente vigente, sin la suspensión que había recaído sobre 81 de sus artículos al inicio del conflicto judicial.

La Cámara también remarcó que el juicio colectivo tendrá sentencia "en plazos cortos" y recordó que los trabajadores que consideren afectados sus derechos conservan la posibilidad de iniciar acciones individuales mientras se desarrolla el proceso principal.

De esta manera, la resolución conocida este miércoles mantiene la plena aplicación de la reforma laboral impulsada por el Gobierno nacional y traslada el eje del debate judicial hacia la futura sentencia que deberá definir, de manera definitiva, la constitucionalidad o no de la ley cuestionada por la CGT.